Inicialmente se restaura desde las antiguas magistraturas romanas, como un comisario regio itinerante, similar a un Justicia mayor del Rey.
Desde 1500 hasta 1516 se habían proveído aproximadamente 82-84 corregimientos permanentes en la corona de Castilla.
[6] Ejercían una inspección gubernativa sobre todo lo político y económico en los pueblos del territorio o partido que le estaba asignado.
Las genuinas competencias del corregidor fueron las referidas a la administración de justicia, este magistrado ejercía jurisdicción civil y criminal a nivel regio, conocían la primera instancia y apelación en todas las causas, eran propiamente dichos veedores del rey, estando obligados a visitar, al menos una vez, todos los lugares habitados de su corregimiento.
Un título militar comúnmente asociado al corregidor y característico suyo era el de Capitán a Guerra.
Asimismo, controlar que las mismas se hicieran con los presupuestos de costes razonados y votados en el seno del concejo.
Desde que se instituyó el cargo de corregidor americano (siglo XVI), comenzaron a cumplir diversas funciones: eran representantes del rey en las provincias, tenían intervención en asuntos judiciales y debían proporcionar ayuda militar a los españoles cuando fuera necesario.
Sin embargo, está institución llego a ser muy odiada entre los americanos por la fuerte corrupción que poseían.
Lo que se hizo mayormente a través del Repartimiento de mercancías.
Al ser un funcionario real, el corregidor recibía un sueldo que estaba vinculado a la capacidad impositiva de la provincia en que residía, no estándole permitido practicar actividades comerciales ni poseer ningún otro tipo de actividad privada.
Como pronto se evidenció que los sueldos eran muy bajos para disponer de personal eficiente en ese cargo, los gobiernos coloniales se vieron obligados a permitirles el repartimiento o reparto de efectos, que les otorgaba el monopolio exclusivo del comercio con los indígenas.
Si bien el arancel establecía que debía imponerse sólo a los campesinos indígenas, con la rápida expansión del volumen repartido en los años siguientes todos los sectores populares pauperizados de las provincias fueron afectados por el reparto de efectos.
De hecho, entre 1754 y 1780 se llegó a triplicar el volumen del reparto inicial fijado legalmente en el arancel.
[10] En muchos distritos de las colonias españolas, se produjeron notorios enfrentamientos con los corregidores, funcionarios generalmente venales, insolentes y atropelladores, frecuentemente endeudados con la corona en los principales impuestos que recaudaban y haciendo gala de su poder gracias a las tropas milicianas bajo su mando.
[7] Finalmente, durante las Reformas borbónicas, se les reemplazaría con el Intendente, mucho mas controlados por la Corona.
[12] Al comisariado de los Missi Carolingios y los Bailío itinerantes sucedió la similar figura del corregidor francés «enquêteurs-reformateurs» o «reformateur» que fue reemplazada en Francia durante el siglo XVI por la del intendente.
Donde ya estaban nombrados subsistieron ambos destinos, como en las ciudades de Murcia, Burgos, Valladolid, Guadalajara y Zaragoza, aunque todos debían observar la instrucción regia.
Durante la regencia, 1833-1840, se remodelan los oficios públicos de ayuntamientos, que afectarán al cargo de corregidor y demás oficiales, mediante el Real decreto para el arreglo provisional de los ayuntamientos del reino publicado por Juan Álvarez Guerra se anuncia: Esto dará lugar al sincretismo alcalde-corregidor, como lo fueron Joaquín Vizcaíno y otros en las principales ciudades.