Monumento natural (Andalucía)

[1]​[2]​ Los Monumentos Naturales, de acuerdo con el criterio dominante que motive su declaración, se clasifican en:[2]​ Puede ser declarado Monumento Natural cualquier espacio o elemento ligado al medio natural, siempre que cumpla los siguientes criterios:[2]​ La declaración de Monumento Natural se realizará por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.

La declaración supondrá su catalogación e incorporación al Registro Andaluz de Monumentos Naturales y a la Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía.

[2]​ De acuerdo con la Ley, queda prohibido todo acto de menoscabo, deterioro o desfiguración de los Monumentos Naturales.

La declaración de un Monumento Natural conllevará: Las actividades tradicionales que se realicen en los Monumentos Naturales podrán continuar ejerciéndose en los términos que se especifiquen en el Decreto de declaración, siempre y cuando no pongan en peligro los valores que justifican su protección.

a Ampliado en 2019 para incorporar un alcornoque.

Isla Negra.
Encina de la Dehesa San Francisco.
Quejigo del Amo o del Carbón.