Este concepto se expresaba en la igualdad de poderes del "Reyno" y el Rey.El fallecido rey había cometido graves atropellos a los fueros del reino y la llegada del nuevo rey fue acogida con reservas y exigencias por las Juntas de Infanzones de Obanos, imponiendo al nuevo rey el Fuero General de Navarra, muy prolijo y detallista en las limitaciones del poder real.Las Cortes fueron el órgano legislativo del reino y principal fuente de fuero, ya que tienen esa consideración todas las leyes aprobadas durante su existencia.Con el paso del tiempo se hicieron necesarias Compilaciones Legislativas, aunque sólo tenían validez aquellas que eran aprobadas por las Cortes y el Rey.Hay otras opiniones contrarias a este concepto, ya que en esencia es una ley emanada de la soberanía de las Cortes españolas y, por tanto, derogable o modificable por esa misma soberanía.Las principales familias de fueros navarros son, según expresa un Códice del Fuero General de Navarra»:[6] Tudela Corella Cintruénigo Araciel Monteagudo Cascante Pedriz Tulebras Urzante Caichetas Barillas Buñuel Ribaforada Cortes Fustiñana Cabanillas Murillo Valtierra Gallipienzo Pamplona Sangüesa Lumbier Roncesvalles Larrasoaña Villava Lanz Echarri Villafranca Estella Olite Puente la Reina Tiebas Monreal Tafalla Torralba Urroz Huarte-Araquil Viana Laguardia San Vicente Labraza Aguilar La Población Marañón Bernedo Torres del Río Sanzol Valdefuentes Funes Milagro Peralta Falces Villanueva Marcilla Caparroso Rada Murillo el Cuende Lerín Azagra Cárcar Andosilla Rocaforte Valle del Roncal Valle de Salazar Navascués Ustés Vioçál Castillo Nuevo Aibar Artajona Mendigorría Larraga Miranda Berbinzana Cáseda Peña Carcastillo Mélida Murillo el Fruto
El Monumento a los Fueros de Navarra, símbolo e identidad de un pueblo