En filosofía, lógica y matemática, una propiedad es un atributo o cualidad de un objeto.
Las propiedades se expresan mediante un concepto universal,[1] que significan formalmente una clase desde el punto de vista lógico.
[8] Lo que según Duns Scoto hace necesaria una haecceitas o principio de individuación como principio esencial, que no depende de la materia (materia signata quantitate) como determinaba la escolástica y el mismo Santo Tomás.
[11] La crítica empirista a la noción de sustancia y el planteamiento analítico del método racionalista hizo concebir a Leibniz que las sustancias no eran más que una colección de propiedades y modos.
Volveríamos al realismo de los conceptos sin "entidad empírica" cuyo referente estaría en un "mundo platónico".
Tales términos lingüísticos, como conceptos: Las propiedades como tales no se presentarían como "hechos del mundo" sino como un concepto universal cuyo significado Este último caso dejaría el hecho lingüístico como expresión cognoscitiva completamente mermado de contenido, como en algún momento pensaron los neopositivistas.
Ahora bien, el significado, referente y sentido con que usemos esas expresiones en un «uso concreto de lenguaje» dependerá de la ontología en la que nos situemos o estemos aceptando como situación común con el interlocutor.
En otros casos la cuestión es de sinonimias en las definiciones que, en último término acaban planteando la problemática del caso anterior, pues es el "uso" y el "contexto" en definitiva el que establece las significaciones adecuadas a sus referentes.