Decretos de Nueva Planta

Como escribió Luis XIV en sus memorias: «Con el fin de afianzar mis conquistas con una unión más estrecha a mis territorios ya existentes intenté establecer en ellas las costumbres francesas».[1]​ En 1700 la monarquía hispánica[2]​ de los Austrias, que Joseph Pérez denomina la monarquía católica,[3]​ continuaba siendo un conglomerado dinástico de diversos «Reinos, Estados y Señoríos» unidos según la fórmula aeque principaliter, bajo la cual los reinos constituyentes continuaban después de su unión siendo tratados como entidades distintas, de modo que conservaban sus propias leyes, fueros y privilegios.[4]​ La consecuencia de todo ello era que el rey católico no tenía los mismos poderes en sus Estados.El proyecto fue aprobado, aunque sin entusiasmo y rebajado, por las Cortes del Reino de Valencia y las Cortes del reino de Aragón, no así por las Cortes catalanas que no llegaron a concluirse en dos ocasiones, 1626 y 1632.En el testamento Carlos II establecía dos normas de gran importancia y que el futuro Felipe V no cumpliría.[11]​ En principio Felipe V cumplió el primer requisito del testamento —no así el segundo cuando Luis XIV reconoció sus derechos al trono de Francia—.Poco después inauguraba las Cortes catalanas en las que hizo importantes concesiones —como la creación del Tribunal de Contrafacciones—, reforzándose así la concepción pactista de las relaciones entre el soberano y sus vasallos.Como recordó un memorial presentado por las instituciones catalanas: «en Cataluña quien hace las leyes es el rey con la corte» y «en las Cortes se disponen justísimas leyes con las cuales se asegura la justicia de los reyes y la obediencia de los vasallos».Las Cortes del reino de Valencia nunca llegaron a convocarse.[13]​ La primera reforma que introdujo Felipe V fue en la corte de Madrid.En ese mismo mes de mayo en una reunión del Despacho se acordó «establecer las leyes que fuera servido con plena libertad y sin limitación alguna, ni atención a los fueros que han tenido por lo pasado».En el caso de Aragón la asimilación de la lengua castellana fue menos traumática, puesto que el idioma propio, el aragonés, había sido sustituido en la administración por el castellano.El decreto mantiene el derecho civil, penal y procesal, al igual que el Consulado del Mar y la jurisdicción que este ejercía, y no afectó al régimen político-administrativo del Valle de Arán por lo que este no fue incorporado a ninguno de los nuevos corregimientos en que se dividió el Principado de Cataluña.[23]​ Los batlles locales, que ayudaban a los regidores, eran nombrados cada año por la Audiencia.El presidente, como presidente de Castilla, es el segundo magistrado después del Rey, preside las Cortes y el Consejo de Órdenes, y, hasta Carlos III, el cargo tiene carácter vitalicio.Las reuniones celebradas en el siglo XVIII, como cortes generales el reino, solo se hicieron para hacer las peticiones que el rey deseaba y para jurar al heredero del reino.Desaparece la legislación de Cortes y el derecho se crea solo a través de Reales Órdenes y Decretos, desapareciendo poco a poco las pragmáticas.Con todo ello se produjo, según Joaquim Albareda, "la conclusión política de la decadencia española".[40]​ A nivel interno Felipe V puso fin a la Corona de Aragón por la vía militar y abolió las instituciones y leyes propias que regían los estados que la componían, instaurando en su lugar un Estado absolutista, centralista y uniformista, inspirado en la Monarquía absoluta de su abuelo Luis XIV y en algunas instituciones de la Corona de Castilla.[40]​ Según el historiador Ricardo García Cárcel, la victoria borbónica en la guerra y la aplicación de los Decretos de Nueva Planta supuso el «triunfo de la España vertical sobre la España horizontal de los Austrias», entendiendo por ‘España horizontal’, la «España austracista», la que defiende «la España federal que se plantea la realidad nacional como un agregado territorial con el nexo común a partir del supuesto de una identidad española plural y “extensiva”», mientras que la ‘España vertical’ es la «España centralizada, articulada en torno a un eje central, que ha sido siempre Castilla, vertebrada desde una espina dorsal, con un concepto de una identidad española homogeneizada e “intensiva”».
Retrato del conde-duque de Olivares pintado por Velázquez en 1635
Melchor Rafael de Macanaz , al que se atribuye la redacción de Decreto de Nueva Planta de Aragón y de Valencia, aparece retratado con el plano de la Colonia de San Felipe que se tenía que edificar sobre la destruida Játiva .
Retrato de Felipe V del Museo de l'Almudí ( Játiva ), expuesto cabeza abajo por haber incendiado la ciudad en 1707.