[4] Como ha señalado la historiadora Carme Pérez Aparicio, «los valencianos, incluidos los borbónicos, fueron conscientes del peligro que los amenazaba y, a lo largo de todo el mes de mayo, se sucedieron las cartas y las súplicas al rey, solicitando el perdón para la ciudad y el nombramiento de un virrey».
La intranquilidad aumentó cuando llegó a la ciudad la noticia de que Joan Baptista Basset había sido puesto en libertad y se dirigía a Valencia para liberarla, aunque su destino era Denia.
El paso siguiente —¿quién podría extrañarse?- sería la abolición de los Furs», ha señalado Carme Pérez Aparicio.
Macanaz también decía en su informe:[10] En ese mismo mes de mayo en una reunión del Despacho se acordó «establecer las leyes que fuera servido con plena libertad y sin limitación alguna, ni atención a los fueros que han tenido por lo pasado».
Otros muchos felipistas, cuya opinión compartían plenamente los austracistas, enviaron cartas al rey o al duque de Orleans y a otros personajes influyentes de la corte para que intercediera ante el monarca y restituyera los Furs, incluso los nuevos cargos nombrados por el propio Felipe V.
Según Joaquim Albareda, la idea tiene su origen en Michael-Jean Amelot quien en el verano de 1707 comunicó al duque de Orleans que el gobierno civil «será subordinado al militar para Valencia».
[22] Así pues, según Enrique Giménez, "pese a los esfuerzos civilistas por imponer en Valencia una administración más racional, pervivió a lo largo del siglo XVIII el modelo [militarizado] impuesto tras la Guerra de Sucesión.
La causa más importante que hizo posible esta prolongada situación se debió a que para el régimen uniformista borbónico, nacido de una victoria militar, el control de la sociedad de los antiguos territorios forales, conformados con peculiaridades propias, siguió siendo prioritario, y para ello era necesario mantener un fuerte dispositivo militarizado, intacto en lo fundamental hasta la tremenda crisis nacional abierta en 1808".
La Audiencia estaba integrada por un regente, máximo magistrado de la misma y que la presidía cuando trataba exclusivamente asuntos judiciales; ocho oidores o jueces civiles, cuatro alcaldes del crimen o jueces de la sala de lo criminal y dos fiscales (uno civil y otro criminal).
Era un cargo, que a diferencia de los otros dos, no tenía antecedentes en la Corona de Castilla y había sido importado por los asesores franceses que se trajo consigo Felipe V aconsejado por su abuelo Luis XIV.
[30] El corregidor que estaba al frente de cada corregimiento tenía atribuciones gubernativas, judiciales y militares, bajo la autoridad suprema del Real Acuerdo.
Estas solo se reunieron 5 veces (solo las ciudades reales y no los otros dos estamentos: 36 ciudades en toda España) y casi exclusivamente para jurar al heredero de la Corona: 1709, las primeras a las que acuden representantes de Zaragoza y de Valencia, convocadas para jurar al heredero Luis I; 1712, en las que Felipe V renuncia a la Corona de Francia y comunica la introducción de la Ley Sálica; 1724, las primeras en que está ya representada Barcelona, para jurar al heredero Fernando VI; 1760; y 1789, para jurar al heredero Fernando VII y para abolir la Ley Sálica.
Debido a que los corregidores solían ser militares con una escasa preparación jurídica, junto a ellos había un alcalde mayor —en Valencia dos—, nombrado al principio por el corregidor pero a partir de 1750 por el Consejo de Castilla entre los profesionales del derecho —siguiendo un sistema de escalafón—, para que les asesoraran en los temas legales y para que los sustituyeran interinamente cuando estuvieran ausentes.
Además los alcaldes mayores actuaban como jueces civiles y criminales por delegación del corregidor.
[35] Como ha destacado Enrique Giménez, los «Alcaldes Mayores suponían el mayor elemento de modernidad en el ámbito burocrático valenciano, ya que su cargo era concebido como función pública, se les exigía una cierta capacitación para su elección, y su promoción se realizaba atendiendo a criterios de eficacia.
[32] La Nueva Planta acabó con la autonomía que tenían los municipios del Reino de Valencia.
«En el orden político, sus deliberaciones eran controladas por los corregidores, fuera en persona o representado por sus alcaldes mayores.
[38] Como ha señalado Enrique Giménez el resultado de estos cambios fue «un ayuntamiento oligárquico, cerrado a las fuerzas más dinámicas de la sociedad valenciana, si bien esta realidad, al no tener una incidencia directa y significativa en la marcha general de la vida económica y social del país, no provocó serios conflictos ni graves resistencias.
[40] De la conversión en una provincia se derivaron otras dos consecuencias no menos importantes.
El abate Miguel Antonio de la Gándara lo expresó así en 1759: «A la unidad de un rey son consiguientemente necesarias otras seis unidades: una moneda, una ley, una medida, una lengua y una religión».
Como ha señalado el historiador valenciano Antoni Furió, a partir de la «Nueva Planta»,[42] El grupo social que mejor aceptó la imposición de la legislación y la lengua castellanas fue sin duda la nobleza, que pronto advirtió las ventajas sociales y políticas que le ofrecía la «Nueva Planta» borbónica.
Por ejemplo, gracias a la institución del mayorazgo que permitía vincular sus bienes, éstos no podían ser intervenidos judicialmente.
Y la administración militarizada también concedía a la nobleza muchas más oportunidades de ocupar cargos en el Estado borbónico.
[43] La castellanización también afectó a las clases populares, aunque en mucha menor medida, mediante el servicio militar impuesto por los Borbones con las levas y las quintas y la labor de la Iglesia que fue utilizando cada vez más el castellano en los sermones, especialmente en las festividades más importantes, y que desde mediados de siglo por orden del arzobispo Mayoral, utilizó el castellano para redactar toda la documentación eclesiástica, incluidos los libros parroquiales donde se transcribieron al castellano los nombres y los apellidos valencianos.
Asimismo jugó un papel importante la enseñanza que se impartió en castellano, incluida la Universidad.