Con el establecimiento del servicio militar obligatorio aprobado en 1912 por las Cortes a propuesta del Gobierno de José Canalejas se pretendió acabar con esta discriminación al ponerse fin a la redención en metálico y a la sustitución, pero los hijos de las clases acomodadas siguieran eludiendo el servicio militar (aunque no totalmente) con los llamados soldados de cuota, figura que no sería suprimida hasta 1936, bajo la Segunda República Española.
Al parecer la primera quinta se decretó mediante una Real Cédula de 1730 que debía alcanzar los 4806 hombres.
Sin embargo, como sucedió en otros países, se establecieron dos formas de exención del servicio militar: la redención en metálico y la sustitución.
Fueron establecidas en la Ordenanza sobre quintas aprobada en 1837 por el gobierno del liberal progresista José María Calatrava, en plena guerra carlista.
En la Ordenanza se abolían las exenciones gratuitas (nobles, clérigos, ciertas profesiones, etc.) pero se permitía la conmutación por dinero del servicio militar: la redención en metálico que suponía un desembolso de entre quinientas a mil pesetas, una cantidad considerable para la época, o la sustitución que permitía pagar a un sustituto, lo que podía costar entre las quinientas y las mil doscientas cincuenta pesetas.
Las familias modestas que pudieron permitírselo recurrieron a los seguros contra las quintas, que pagaban mediante cuotas desde el momento del nacimiento de un hijo varón para así librarlo del servicio militar.
Hasta entonces entre un veinte y un veinticinco por ciento de los quintados habían conmutado el servicio militar por dinero.