La redención en metálico era un sistema previsto en las leyes que regulaban en España las quintas, sistema de reclutamiento vigente desde la primera mitad del siglo XVIII hasta 1912, por el cual se evitaba la prestación personal del servicio militar, mediante el pago de una cantidad de dinero.[1] El origen de la redención en metálico se encuentra en Francia, en la época posnapoleónica, cuando se concedió la posibilidad, inicialmente limitada a la nobleza, de permutar el servicio militar por el pago al fisco de una determinada cantidad de dinero.Este precepto sirvió posteriormente a las leyes de reclutamiento constitucionales, del que hizo uso la burguesía liberal.Se fijó inicialmente la cantidad a pagar en 6.000 reales que debía ingresarse en el Banco Español de San Fernando y el destino tenía que ser empleado de forma obligatoria en la contratación de sustitutos.[1] La figura de la redención en metálico se suprimió en 1912 con la Ley de Reclutamiento y Reemplazo del Ejército y se sustituyó por la del soldado de cuota, en la que el pago de una cantidad fijada de dinero no suponía librarse del cumplimiento del servicio militar, pero sí que se acortaba su duración y se mejoraban las condiciones en que se desarrollaba el servicio.