Organización territorial de México

La organización territorial de México es el conjunto de normas y procesos bajo los cuales se dividen y administran las partes integrantes del área geográfica que ocupa el país.[1]​ La actual estructura y su conducción responden a las de una federación, es decir, existen unidades territoriales soberanas; además, el gobierno central es responsable directo de aquellos componentes territoriales que le adjudique la ley (espacio aéreo, mares e islas adyacentes).Sin embargo, fue el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana de 1814, el primer documento que nombró con exactitud las partes integrantes del nuevo país y dedicó un apartado a su administración interna y provisional; en él recogió varias de las propuestas contenidas en la carta magna española.[7]​[8]​[9]​ Los documentos que antecedieron a la consumación de la independencia (Plan de Iguala y Tratados de Córdoba), no trataron sobre la administración interna del territorio, sin embargo sí lo hicieron sobre su conformación, al usar continuamente el término América Septentrional, a la que comenzaron a llamar Imperio Mexicano.Al día siguiente, y bajo disposición de los estatutos antes mencionados, se instaló la Junta Provisional Gubernativa, que como órgano legislativo tendría plena autoridad sobre los asuntos del Imperio.Estos mismos documentos declararon como capital del Imperio a la Ciudad de México, condición que ha conservado desde entonces.También contempló que los diputados provinciales en el Congreso constituyente podían en todo momento intervenir en la administración de su entidad respectiva.Algunos diputados comenzaron a ser encarcelados por su participación en conjuras en contra del Imperio Mexicano y finalmente el emperador Agustín I decidió disolver definitivamente el Congreso, para establecer en su lugar una Junta Nacional Instituyente.Para determinar la división territorial del país se utilizó el criterio de que los estados convocados a fundar la federación: «[...] ni fuesen tan pocos que por su extensión y riqueza pudiesen en breves años aspirar a constituirse en naciones independientes, rompiendo el lazo federal, ni tantos que por falta de hombres y recursos viniese a ser impracticable el sistema.»[31]​[32]​ Entre el transcurso de 1823 y 1824 los diversos Estados Libres que integrarían en un futuro la federación ya habían comenzado la elaboración de sus propias constituciones y otros incluso ya habían instalado sus Congresos constituyentes.El país estaba integrado por 19 estados: Chiapas, Chihuahua, Coahuila y Texas, Durango, Guanajuato, México, Michoacán, Nuevo León, Oaxaca, Puebla de los Ángeles, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora y Sinaloa o Estado de Occidente, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz, Jalisco, Yucatán y Zacatecas.[40]​[6]​ Las entidades que integraban a la República perdieron por lo tanto su autonomía y soberanía, quedando totalmente subordinadas al gobierno central.Sin embargo, la división territorial en sí permaneció igual pues el texto del artículo 8 de esta ley únicamente determinó: El territorio nacional se dividirá en departamentos, sobre las bases de población, localidad y demás circunstancias conducentes: su número, extensión y subdivisiones, las detallaría una ley constitucional.Entre las variantes de la administración interna se encontraban la prohibición a los estados de acuñar moneda y la facultad para resolver disputas territoriales con otros estados, previa aprobación del Congreso.La Asamblea de Notables que ejerció el poder legislativo de manera provisional, promulgó el Estatuto Provisional del Imperio Mexicano, ordenamiento legal que delineaba la organización política del Imperio, el estatuto también establecía, entre otras cosas, las normas para la administración territorial.y Distrito Federal, para usar únicamente el término Ciudad de México.Principalmente por el artículo 42 que establece:[54]​ Las entidades de la Federación Mexicana son libres y soberanas, autónomas en su régimen interno.Igualmente tienen prohibida la acuñación de moneda; gravar mercancía o tránsito de mexicanos y extranjeros; contraer deuda externa; legislar en materia fiscal para aquellos aspectos económicos que son exclusivos del gobierno federal y poseer Fuerzas Armadas propias.A este concepto, que surgiría de la Revolución mexicana se le conoce como municipio libre.[2]​ Al mismo tiempo, los municipios están facultados por las constituciones locales para organizarse territorialmente; la mayoría de ellos denominando Delegaciones a aquellas comunidades situadas fuera del área urbana que constituye la llamada Cabecera municipal.[60]​ También se les faculta para coordinar su organización con aquellos municipios con los que constituya, de acuerdo a la categorización del INEGI, una Zona metropolitana.
Primer Imperio Mexicano . Primera división política en la historia del país.
División territorial de México, conforme la Constitución de 1824.
Movimientos separatistas generados por la instauración del centralismo en 1835.
Mapa de los estados de México con sus respectivas capitales