Para el discurso jurídico la paternidad nunca se redujo al patrimonio genético y ahora que es posible constatarlo, paradójicamente, muchos menos.
Un varón puede reconocer como suyo un niño que no es su hijo biológico y ser considerado su padre sin incurrir en delito (no sucede lo mismo en el caso de la mujer que si inscribe un niño ajeno como propio comete un delito grave).
Se producían monstruosidades cuando la materia femenina era defectuosa para el fin en cuestión y resistía a la forma masculina.
En la época medieval los varones estaban convencidos de que la simiente femenina no cumplía ninguna función en la formación del embrión.
La determinación de los lugares atribuidos al padre o a la madre han sido imposiciones sociales y culturales que también fueron cambiando con el tiempo.
[14] Dado que el único parentesco conocido era la maternidad, se denomina a estas sociedades matrilineales.
Muchas etnias actuales o recientemente extintas mantienen ideas sobre la paternidad vinculadas a tiempos paleolíticos.
Al colocar a los animales en cautiverio, se observó que, en ausencia de machos, las hembras no parían.
Este alzamiento podía realizarlo con un niño que no fuera de su propia sangre, como en la «adopción», y los resultados eran los mismos.
Podía declararlo heredero y amo de la casa a su muerte aunque tuviera otros hijos nacidos dentro del matrimonio.
Si el pater no había levantado en brazos, el bebé recién nacido iba a terminar expuesto en un santuario o en un basurero público para que muriera o para que se lo llevara cualquiera, generalmente un mercader de esclavos.
[20] El matrimonio era un asunto exclusivo de casta y un problema contractual cuya principal preocupación era garantizar los derechos del padre.
[20] En la Edad Media con la aparición del padre cristiano convivieron distintos modelos de paternidad según el patrimonio en juego.
La estructura familiar de la Alta Edad Media todavía recordaba a la que se manifestaba tanto en la sociedad romana como germánica al estar integrada por el núcleo matrimonial -esposos e hijos- y un grupo de parientes lejanos, viudas, jóvenes huérfanos, sobrinos y esclavos.
El adulterio en las mujeres -toda relación sexual sin consentimiento del padre, aun siendo viudas o solteras- era castigado con la muerte.
Esta regla persiste hasta nuestros días en muchos países, y es preciso hacer un juicio por paternidad si es necesario modificarla.
Leonardo da Vinci, Giorgione, el Aretino, los Borgia eran tan hijos del amor como Bocaccio.
Apareció por primera vez la idea de que los niños tienen derecho a tener una familia, sean nacidos o no dentro del matrimonio.
[27] En Francia, muchos reaccionaron contra la revolución buscando restaurar el buen orden político real del Padre Rey.
El derecho de castigo corporal se atribuía exclusivamente al padre, único que ejercía la autoridad.
El matrimonio burgués se asociaba al amor romántico, al sentimiento amoroso entre los cónyuges y hacia sus hijos y aparecía en la época victoriana la prohibición del placer sexual fuera del matrimonio no solo para la mujer sino también para el varón.
Los maestros reemplazaron al padre en la enseñanza apareciendo la profesionalización de las funciones paternas en educadores, pedagogos, psicopedagogos, psicólogos, pediatras, puericultores, trabajadores sociales, sociólogos, antropólogos, psiquiatras y jueces.
Apareció la noción de coparentalidad, el varón ya no detentó en exclusividad la patria potestad sobre los hijos.
Esto abrió nuevas posibilidades: las parejas homosexuales, tanto varones como mujeres, accedieron a estos métodos para tener descendencia.
[cita requerida] En el siglo XXI nos encontramos con familias pluriparentales, multiparentales, co-parentales, biparentales, monoparentales, homoparentales, etc.
Los estudios realizados por la CEPAL en 2001 mostraron que los varones tienden a no utilizar métodos anticonceptivos y a restringir su uso por parte de las mujeres, se involucran en múltiples experiencias sexuales pero desconocen su responsabilidad en los embarazos no deseados - los cuales quedan a cargo exclusivamente de las mujeres, en su mayoría adolescentes - y evaden su participación durante los distintos momentos del nacimiento y la crianza de los hijos.
En este campo, la paternidad responsable hace referencia a las contribuciones de tiempo que los hombres pueden aportar para la reproducción y sostenimiento emocional del núcleo familiar.
En esos casos corresponde al juez decidir quien ejerce la paternidad del niño independientemente de la realidad genética.
Todo niño nacido dentro de un matrimonio es considerado legalmente hijo del esposo y si este no fuera el caso es necesario realizar un juicio para modificar su filiación.
Los atributos tradicionalmente considerados femeninos como la ternura, la afectuosidad, la sensibilidad, la vulnerabilidad, los cuidados corporales, la escucha y la presencia pueden aplicarse también a la paternidad sin que por eso se vea cuestionada la masculinidad.