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Capítulo Dos de la Constitución de Sudáfrica

El Capítulo Dos de la Constitución de Sudáfrica contiene la Carta de Derechos , una carta de derechos humanos que protege los derechos civiles, políticos y socioeconómicos de todos los habitantes de Sudáfrica. Los derechos que figuran en la Carta se aplican a todas las leyes, incluido el common law , y vinculan a todos los poderes del gobierno, incluidos el ejecutivo nacional, el parlamento, el poder judicial, los gobiernos provinciales y los consejos municipales. Algunas disposiciones, como las que prohíben la discriminación injusta , también se aplican a las acciones de personas privadas.

Historia

La primera carta de derechos de Sudáfrica fue redactada principalmente por Kader Asmal y Albie Sachs en 1988 desde la casa de Asmal en Dublín , Irlanda . [1] El texto finalmente se incluyó en el Capítulo 3 de la Constitución de transición de 1993 , que se redactó como parte de las negociaciones para poner fin al apartheid . Esta "Carta de Derechos provisional", que entró en vigor el 27 de abril de 1994 (la fecha de la primera elección no racial ), se limitaba en gran medida a los derechos civiles y políticos ( derechos negativos ). [2] La actual Declaración de Derechos ( Tswana : molaotlhomo wa ditshwanelo ; Sotho : bili ya ditokelo ; Sotho del Norte : molao wa ditokelo ; Afrikaans : handves van regte ; Zulú : umqulu wamalungelo ; Ndebele del Sur : ivikelamalungelo ; Xhosa : usomqulu wamalungelo ; Swazi : umculu wemalungelo ; Venda : layo wa pfanelo dza vhathu ; Tsonga : nxaxamelo wa timfanelo ), que reemplazó la Declaración de Derechos provisional el 4 de febrero de 1997 (fecha de inicio de la Constitución final), retuvo todos estos derechos y añadió una serie de nuevos derechos económicos, sociales y culturales positivos .

Aplicación de la Carta de Derechos

§7: Esta Carta de Derechos es una piedra angular de la democracia en Sudáfrica. Consagra los derechos de todas las personas de nuestro país y afirma los valores democráticos de la dignidad humana, la igualdad y la libertad. El Estado debe respetar, proteger, promover y hacer efectivos los derechos que se mencionan en la Carta de Derechos. Los derechos que se mencionan en la Carta de Derechos están sujetos a las limitaciones contenidas o mencionadas en el artículo 36 o en otras partes de la Carta.

El alcance de la jurisdicción y la aplicación de la Carta de Derechos está delineado en las secciones 7 y 8, las secciones iniciales del proyecto de ley, que se titulan "Derechos" y "Aplicación", respectivamente. La sección 7 consolida la Carta de Derechos como una "piedra angular de la democracia en Sudáfrica" ​​y exige que el Estado "respete, proteja, promueva y cumpla los derechos que figuran en ella", aunque también señala que los derechos están sujetos a limitaciones ( véase más adelante ).

Titulares de derechos

Personas físicas

Según el artículo 7(1), la Carta de Derechos "consagra los derechos de todas las personas en nuestro país". El texto de disposiciones específicas otorga la mayoría de los derechos a "todos", con excepción de algunos derechos que están expresamente restringidos a grupos más pequeños de beneficiarios (generalmente a los ciudadanos sudafricanos ). En el caso de los derechos otorgados a "todos", el Tribunal Constitucional sostuvo en Khosa v Minister of Social Development que el artículo 7(1) implica que la palabra "todos" debe leerse literalmente, lo que significa que tales derechos se extienden a los ciudadanos extranjeros dentro de Sudáfrica y no solo a los ciudadanos. [i] : 46-7 

Personas jurídicas

Ciertos derechos constitucionales se extienden tanto a las personas jurídicas como a las personas naturales . El artículo 8(4) dispone explícitamente que "una persona jurídica tiene derecho a los derechos de la Carta de Derechos en la medida requerida por la naturaleza de los derechos y la naturaleza de esa persona jurídica". En Ex Parte Presidenta de la Asamblea Constitucional: En re Certificación de la Constitución , el Tribunal Constitucional escuchó que la extensión de los derechos constitucionales a las personas jurídicas disminuiría los derechos de las personas naturales. Sin embargo, rechazó esa objeción en los siguientes términos:

Muchos "derechos fundamentales universalmente aceptados" sólo serán plenamente reconocidos si se conceden a las personas jurídicas y a las personas físicas. Por ejemplo, para que la libertad de expresión tenga el efecto adecuado, debe concederse a los medios de comunicación, que a menudo son propiedad de personas jurídicas o están controlados por ellas. Si bien es cierto que algunos derechos no son apropiados para el disfrute de las personas jurídicas, el texto del artículo 8(4) reconoce específicamente esto. El texto también reconoce que un tribunal puede tener en cuenta la naturaleza de una persona jurídica al determinar si un derecho particular está disponible para dicha persona o no. [ii] : 57 

En lo que respecta a la primera consideración constitucional, la naturaleza del derecho, ciertos derechos –como el derecho a la vida y el derecho a la integridad física– protegen condiciones personales que sólo poseen las personas físicas. [3] : 36  Por el contrario, ciertos derechos son evidentemente aplicables a las personas jurídicas, como el derecho de los sindicatos a organizarse. En el caso de otros derechos, la situación es menos clara y requiere una mayor interpretación caso por caso. Por ejemplo, considerando el artículo 14 del derecho a la privacidad, el Tribunal Constitucional sostuvo en Dirección de Investigación: Delitos Económicos Graves contra Hyundai Motors que las personas jurídicas "gozan del derecho a la privacidad, aunque no en la misma medida que las personas físicas", porque "la privacidad es un derecho que se vuelve más intenso cuanto más se acerca a la esfera personal íntima de la vida de los seres humanos". [iii] : 18  Más recientemente, considerando el derecho a la dignidad del artículo 10, el tribunal sostuvo en Reddell v Mineral Sands Resources que las personas jurídicas no tienen un derecho constitucional a la dignidad, porque, en una lectura intencional , el artículo 10 pretendía proteger el "valor propio intrínseco" de los seres humanos. [iv] : 58–63 

Respecto de la naturaleza de la persona jurídica que se afirma que tiene un derecho constitucional, la jurisprudencia existente sugiere que los objetivos o el propósito de la persona jurídica son un factor decisivo, en parte porque pueden revelar una relación entre la persona jurídica y las personas naturales que "están detrás" de ella y la utilizan para el ejercicio colectivo de sus derechos fundamentales. [3] : 37  En FNB v Commissioner for the South African Revenue Services , que afirmó que las empresas privadas tienen los derechos de propiedad protegidos en la sección 25, el Tribunal Constitucional era consciente de que, en casi todos los casos, las acciones de las empresas privadas se transfieren "en última instancia" a las personas naturales y que "los derechos de propiedad de las personas naturales solo pueden realizarse plena y adecuadamente si tales derechos se conceden a las empresas así como a las personas naturales". [v] : 43–45  Por el contrario, en SITA v Gijima , la Corte Constitucional sostuvo que las entidades estatales no son beneficiarias del derecho de la sección 33 a una acción administrativa justa, porque los derechos son necesariamente correlativos y el Estado es en sí mismo el portador de la obligación impuesta por ese derecho. [vi] : 27–29 

Exención

Según Iain Currie y Johan de Waal, los individuos pueden renunciar al derecho a ejercer algunos derechos constitucionales: dicha renuncia no garantiza la validez de una conducta que de otro modo sería inconstitucional, sino que consiste en el compromiso del individuo de no invocar la invalidez constitucional de esa conducta. Currie y de Waal sugieren que el efecto de la renuncia depende de la naturaleza y el propósito del derecho en cuestión –a diferencia de las libertades negativas , los derechos a la dignidad y a la vida no pueden ser objeto de renuncia–, pero que, en todos los casos, los tribunales pueden considerar la renuncia (junto con la responsabilidad de la víctima en términos más generales) al evaluar y remediar las violaciones de derechos. [3] : 38–40 

Titulares de deberes

Efecto vertical

Afirmando el valor de la supremacía constitucional arraigada en la sección 2 de la Constitución, la sección 8(1) sostiene que "la Carta de Derechos se aplica a todas las leyes y vincula al poder legislativo , al ejecutivo , al judicial y a todos los órganos del estado ". Como lo confirmó el Tribunal Constitucional en Pharmaceutical Manufacturers Association: In re Ex Parte President , esta disposición, leída junto con las disposiciones habilitantes en otras partes de la Constitución, es la base de un amplio sistema de revisión judicial en Sudáfrica . La sección 7(1) obliga además al estado a respetar y cumplir los derechos constitucionales. Por lo tanto, está bien establecido en la Constitución que la Carta de Derechos tiene efecto vertical , y los derechos de las personas privadas crean obligaciones exigibles para el estado.

Efecto horizontal

La sección 8 también permite que la Carta de Derechos tenga efecto horizontal , en la medida en que la sección 8(2) dispone que "Una disposición de la Carta de Derechos vincula a una persona natural o jurídica si, y en la medida en que, sea aplicable, teniendo en cuenta la naturaleza del derecho y la naturaleza de cualquier deber impuesto por el derecho". La sección 8(3) requiere que, cuando un tribunal aplique la Carta de Derechos de esta manera, pueda desarrollar el derecho consuetudinario en consecuencia. Khumalo v Holomisa y Ramakatsa v Magashule son casos destacados que involucran la aplicación horizontal de derechos constitucionales específicos a disputas privadas . [4] [5] En Khumalo , el tribunal encontró que la "aplicación horizontal directa" era necesaria por "la intensidad del derecho constitucional en cuestión, junto con la posible invasión de ese derecho que podría ser ocasionada por personas distintas del estado u órganos del estado". [vii] : 33  Además de estos factores, Currie y de Waal sugieren que el propósito de una disposición dada puede ser importante para determinar si es aplicable a la conducta privada o no, y ciertos derechos –como el derecho a no ser víctima de violencia del artículo 12(1) y el derecho a no ser víctima de discriminación injusta del artículo 9(4)– son explícitamente vinculantes para la conducta privada. [3] : 50 

Derechos enumerados

Igualdad

§9(1)–(2): Todos son iguales ante la ley y tienen derecho a igual protección y beneficio de la ley. La igualdad incluye el goce pleno e igual de todos los derechos y libertades. Para promover el logro de la igualdad, se podrán adoptar medidas legislativas y de otra índole destinadas a proteger o promover a las personas o categorías de personas desfavorecidas por una discriminación injusta.

El primer derecho protegido por la Carta de Derechos es el derecho a la igualdad, ubicado en la sección 9 de la Constitución, que contiene fuertes disposiciones sobre igualdad jurídica y social y prohibiciones explícitas contra la discriminación injusta . En el nivel más amplio, la sección 9(1) establece la igualdad universal ante la ley . La sección 9(2) amplía esta disposición, estipulando que "La igualdad incluye el disfrute pleno e igualitario de todos los derechos y libertades". Sin embargo, la sección 9(2) también establece que "Para promover el logro de la igualdad, se podrán adoptar medidas legislativas y de otra índole destinadas a proteger o promover a las personas o categorías de personas desfavorecidas por una discriminación injusta". La sección 9(2) se aplicó para defender las medidas de acción afirmativa en los casos Ministro de Finanzas v. Van Heerden y Servicio de Policía Sudafricano v. Barnard . [6]

Los apartados 9(3) a 9(5) tratan expresamente de la discriminación injusta. La conducta o la legislación discriminatorias se tratan de forma diferente según los motivos de la discriminación en cuestión y, en particular, según constituyan discriminación sobre la base de uno de los "motivos enumerados" enumerados explícitamente en el apartado 9(3). [7] [8] Estos denominados motivos enumerados son la raza , el género , el sexo , el embarazo , el estado civil, el origen étnico o social, el color , la orientación sexual , la edad , la discapacidad , la religión , la conciencia, las creencias, la cultura, el idioma y el nacimiento.

La discriminación injusta basada en un motivo enumerado es inadmisible, independientemente de que sea directa o indirecta , y de que la lleve a cabo el Estado (en contravención del artículo 9(3)) o una persona (en contravención del artículo 9(4)). Además, se presume que la discriminación basada en un motivo enumerado es injusta: en términos del artículo 9(5), dicha discriminación es "injusta a menos que se establezca que la discriminación es justa". Por otra parte, en los casos de discriminación basada en cualquier otro motivo no enumerado, el umbral constitucional es más alto, porque solo es aplicable el artículo 9(3): en virtud de esa disposición, el Estado "no puede discriminar injustamente, directa o indirectamente, contra nadie" por ningún motivo, pero, en el caso de motivos no enumerados, la discriminación debe demostrarse que es injusta.

El artículo 9(4) dispone además que se debe promulgar legislación nacional "para prevenir o prohibir la discriminación injusta"; la legislación promulgada fue la Ley de Promoción de la Igualdad y Prevención de la Discriminación Injusta 4 de 2000 , más conocida como la Ley de Igualdad, que es ejecutable en el Tribunal de Igualdad . [9]

Dignidad humana

§10: Toda persona tiene dignidad inherente y derecho a que ésta sea respetada y protegida.

El artículo 10 establece que "toda persona tiene dignidad inherente y derecho a que se respete y proteja su dignidad". Este derecho a la dignidad es uno de los varios lugares en los que la dignidad figura en la Constitución y el derecho constitucional sudafricanos y, aunque a menudo se considera junto con otros derechos, rara vez es un elemento dispositivo por sí solo. [7] Así, en Dawood v Minister of Home Affairs , la jueza Kate O'Regan escribió para un Tribunal Constitucional unánime que:

La dignidad humana... informa la interpretación y la adjudicación constitucional en diversos niveles. Es un valor que informa la interpretación de muchos otros derechos, posiblemente todos... Sin embargo, el artículo 10 deja en claro que la dignidad no es sólo un valor fundamental de nuestra Constitución, sino que es un derecho justiciable y exigible que debe ser respetado y protegido. Sin embargo, en muchos casos en que se ofende el valor de la dignidad humana, la principal violación constitucional ocasionada puede ser de un derecho más específico, como el derecho a la integridad física, el derecho a la igualdad o el derecho a no ser sometido a esclavitud, servidumbre o trabajo forzado. [viii] : 35 

No obstante, el propio Dawood es emblemático de una categoría importante de excepciones a esta regla general, en la que la dignidad misma ha operado como una regla dispositiva de primer orden; estas excepciones se relacionan en gran medida con asociaciones íntimas como el matrimonio , y el tribunal Dawood sostuvo que el derecho a la vida familiar está protegido implícitamente por la sección 10 en la medida en que las relaciones familiares son de "significado definitorio" para muchos individuos. [7]

Vida

§11: Toda persona tiene derecho a la vida.

El artículo 11 protege el derecho universal a la vida . Se asocia principalmente con la abolición de la pena capital en Sudáfrica , que fue el resultado de la sentencia del Tribunal Constitucional en S v Makwanyane . Aunque Makwanyane se decidió en virtud de la Constitución provisional , el Tribunal Constitucional confirmó posteriormente la sentencia en virtud de la Constitución de 1996, incluso en Mohamed v President . El artículo 11 también está implicado en el uso de la fuerza letal en el arresto o en defensa propia , como lo consideró el Tribunal Constitucional en Ex Parte Minister of Safety and Security: In re S v Walters .

Como lo sugiere la ratio Makwanyane , el derecho a la vida es universal y no se pierde por una conducta ilícita o criminal. [7] Sin embargo, en Christian Lawyers Association v Minister of Health , el Tribunal Superior de Transvaal estableció que los fetos no tienen derecho a la vida en términos del artículo 11.

Libertad y seguridad personal

§12: Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad de su persona, que incluye el derecho a no ser privada de su libertad arbitrariamente o sin causa justa; a no ser detenida sin juicio; a no ser objeto de ninguna forma de violencia, ya sea pública o privada; a no ser torturada en forma alguna; y a no ser tratada o castigada de manera cruel, inhumana o degradante. Toda persona tiene derecho a la integridad física y psicológica, que incluye el derecho a tomar decisiones sobre la reproducción; a la seguridad y el control de su cuerpo; y a no ser sometida a experimentos médicos o científicos sin su consentimiento informado.
§13: Nadie puede ser sometido a esclavitud, servidumbre o trabajo forzado.

El artículo 12 protege dos conjuntos de libertades personales universales . En primer lugar, en virtud del artículo 12(1), protege el derecho a la "libertad y seguridad de la persona", incluido el derecho a "no ser privado de la libertad arbitrariamente o sin causa justa" y el derecho a estar protegido contra la detención sin juicio ; contra la tortura ; contra el trato cruel, inhumano o degradante ; y contra "toda forma de violencia de fuentes públicas o privadas". Stuart Woolman considera que el artículo 12(1) proporciona "tanto protección sustantiva como protección procesal para cualquier privación de la libertad física". [7] En segundo lugar, el artículo 12(2) consagra el derecho a la integridad corporal y la integridad psicológica, incluido el derecho de un individuo "a tomar decisiones sobre la reproducción", "a la seguridad y el control de su cuerpo" y "a no ser sometido a experimentos médicos o científicos sin su consentimiento informado ". Relacionado con esta familia de derechos del artículo 12 está la protección del artículo 13 contra ser sometido a esclavitud , servidumbre o trabajo forzado .

Muchos de estos derechos desempeñaron un papel importante en la jurisprudencia temprana del Tribunal Constitucional, en particular en la medida en que fueron "refractados a través del prisma de la dignidad" por el tribunal. [7] La ​​sección 12 en última instancia tuvo particular importancia para la responsabilidad del Estado bajo la ley sudafricana de delitos y para el tratamiento del Estado de las personas detenidas y condenadas. [7] Entre las sentencias pertinentes del Tribunal Constitucional a este respecto se incluyen De Lange v Smuts , S v Dodo , Zealand v Minister of Justice y Mohamed v President.

Más directamente, las protecciones para la libertad reproductiva , ubicadas en la sección 12(2)(a), aseguran el estatus legal del aborto en Sudáfrica . En Christian Lawyers Association v Minister of Health II , el juez del Tribunal Superior de Transvaal Phineas Mojapelo confirmó la Ley de Elección sobre la Interrupción del Embarazo 92 de 1996 sobre la base de que la sección 12(2) protegía el derecho al aborto ; por lo tanto, la legislación que consagraba este derecho no solo estaba constitucionalmente permitida sino que, "en cierto sentido", constitucionalmente requerida. [ix] También es probable que, de manera similar, la sección 12(2)(a) implique un derecho de acceso a la anticoncepción . [7]

Privacidad

§14: Toda persona tiene derecho a la privacidad, que incluye el derecho a no ser registrada su persona o su domicilio, ni sus bienes, ni sus posesiones, ni se viole la privacidad de sus comunicaciones.

El artículo 14 protege el derecho universal a la privacidad . Además del derecho general a la privacidad, las disposiciones protegen cuatro aspectos específicos de la privacidad, relacionados respectivamente con los registros y las incautaciones y las comunicaciones privadas: prohíbe los registros del domicilio, la persona o la propiedad de una persona; la incautación de sus posesiones; o las infracciones a "la privacidad de sus comunicaciones".

El Tribunal Constitucional, al considerar por primera vez el contenido del derecho a la privacidad, sostuvo en Bernstein v Bester que el alcance del derecho a la privacidad se extiende únicamente a los contextos en los que un individuo tiene una expectativa legítima de privacidad (similar a la prueba estadounidense ). [x] : 75  Además, según el juez Laurie Ackermann , el tribunal sostuvo que el derecho tiene más fuerza en contextos más personales:

Es sólo el santuario interior de una persona, como su vida familiar, su preferencia sexual y su entorno doméstico, lo que está protegido de la erosión por los derechos conflictivos de la comunidad... La privacidad se reconoce en el ámbito verdaderamente personal, pero a medida que una persona pasa a las relaciones y actividades comunitarias, como los negocios y la interacción social, el alcance del espacio personal se reduce en consecuencia. [x] : 67 

Otros casos importantes relacionados con el derecho a la privacidad incluyen Mistry v Interim National Medical and Dental Council of South Africa , Investigating Directorate: Serious Economic Offences v Hyundai Motor Distributors , Case v Minister of Safety and Security , De Reuck v Director of Public Prosecutions y Minister of Justice and Constitutional Development v Prince , todos ellos fallos en derecho penal o procedimiento penal .

Libertad de religión y de pensamiento

§15(1): Toda persona tiene derecho a la libertad de conciencia, religión, pensamiento, creencia y opinión.

El artículo 15(1) establece el derecho universal a la libertad de conciencia , la libertad de religión y la libertad de pensamiento , creencia y opinión. El derecho a la libertad de religión ha generado el mayor corpus de jurisprudencia, incluidos casos como Christian Education South Africa v Minister of Education y Minister of Home Affairs v Fourie . En Christian Education , así como en el asunto anterior de S v Lawrence; S v Negal; S v Solberg , el Tribunal Constitucional adoptó la definición de libertad de religión de la Corte Suprema de Canadá , tal como se articuló en R v Big M Drug Mart . [10] Según esta definición, la libertad de religión "incluye tanto el derecho a tener una creencia como el derecho a expresar dicha creencia en la práctica". [xi] : 19  Además, el derecho a practicar la propia religión y formar asociaciones religiosas está protegido explícitamente en otras partes de la Carta de Derechos ( véase más adelante ). [11]

Los artículos 15(2) y 15(3) aclaran el alcance y las implicaciones de las libertades protegidas en el artículo 15(1). El artículo 15(2) dispone que “ las celebraciones religiosas pueden llevarse a cabo en instituciones estatales o subvencionadas por el estado, siempre que: dichas celebraciones sigan las reglas establecidas por las autoridades públicas competentes; se lleven a cabo sobre una base equitativa; y la asistencia a ellas sea libre y voluntaria”. Los negociadores constitucionales aparentemente incluyeron esta disposición en un esfuerzo manifiesto por impedir un debate sobre la oración en las escuelas públicas . [7] Mientras tanto, el artículo 15(3) se refiere al derecho de familia sudafricano y la posible codificación del derecho consuetudinario en esta área: dispone que se puede promulgar legislación para reconocer “los matrimonios celebrados bajo cualquier tradición, o un sistema de derecho religioso , personal o familiar ; o sistemas de derecho personal y familiar bajo cualquier tradición, o a los que se adhieran personas que profesen una religión en particular”, siempre que dicho reconocimiento sea coherente con la Constitución.

Libertad de expresión

§16(1): Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión, que incluye: la libertad de prensa y otros medios de comunicación; la libertad de recibir o difundir información o ideas; la libertad de creación artística; y la libertad académica y la libertad de investigación científica.

El artículo 16(1) protege el derecho universal a la libertad de expresión , incluidas protecciones explícitas para la libertad de prensa , la " libertad de creatividad artística " y la libertad académica . Sin embargo, el alcance de la libertad de expresión está expresamente limitado por el artículo 16(2), que dispone que el derecho a la libertad de expresión "no se extiende" a la propaganda en favor de la guerra , la incitación a la violencia inminente o la "apología del odio que se basa en la raza, la etnia, el género o la religión y que constituye una incitación a causar daño".

En el caso de la Convención de Unidad Islámica contra la Autoridad de Radiodifusión Independiente , el Tribunal Constitucional confirmó que las categorías de expresión enumeradas en el artículo 16(2) quedan fuera del ámbito de la libertad de expresión protegida por la Constitución; sin embargo, también sostuvo que el artículo 16(1) protege cualquier expresión que no esté específicamente excluida en virtud del artículo 16(2), y cualquier regulación de dicha expresión limita el derecho del artículo 16(1). [xii] Por lo tanto, de acuerdo con la Convención de Unidad Islámica , los tribunales sudafricanos han interpretado la libertad de expresión de manera amplia. [7] En particular, el Tribunal Constitucional sostuvo en el caso De Reuck contra el Director del Ministerio Público que la pornografía infantil es una forma de expresión protegida, aunque "tiene poco valor", "no implica los valores fundamentales del derecho" y "se encuentra en la periferia del derecho". [xiii] : 59  El Tribunal Supremo de Apelaciones sostuvo que el discurso comercial también constituye una expresión protegida. [12]

La Ley de Igualdad de 2000 contiene prohibiciones legales sobre el discurso de odio que son más amplias que las limitaciones implícitas en el artículo 16(2). En Qwelane v South African Human Rights Commission , el Tribunal Constitucional examinó si esas prohibiciones legales son compatibles con el derecho a la libertad de expresión consagrado en el artículo 16. [13]

Asamblea y protesta

§17: Toda persona tiene derecho a reunirse, a manifestarse, a hacer piquetes y a presentar peticiones, pacíficamente y sin armas.

El artículo 17 establece el derecho universal de reunión , manifestación, piqueteo y presentación de peticiones, siempre que en cada caso el derecho se ejerza "pacíficamente y sin armas". El Tribunal Constitucional ha sostenido con frecuencia que estos derechos del artículo 17 tienen por objeto promover la libertad de expresión en una sociedad democrática. [7] También ha considerado directamente el contenido de los derechos del artículo 17 en casos como South African Transport and Allied Workers Union v Garvas , [14] Pilane v Pilane , [15] y Mlungwana v S. [16]

Libertad de asociación

§18: Toda persona tiene derecho a la libertad de asociación.

El artículo 18 protege el derecho universal a la libertad de asociación . Al igual que los derechos del artículo 17, estos derechos se han vinculado con frecuencia a la libertad de expresión. En un escrito para el Tribunal Constitucional en Pilane , el juez Thembile Skweyiya comentó:

Me parece que el ejercicio del derecho a la libertad de expresión puede verse reforzado por la asociación de grupos. Del mismo modo, los derechos asociativos pueden verse reforzados por la mayor transmisibilidad de la identidad y el propósito de un grupo, expresados ​​a través de su nombre, emblemas y etiquetas. Estos derechos están interconectados y son complementarios. La participación política, impulsada por el ejercicio legítimo de estos derechos, puede y debe ayudar a garantizar la rendición de cuentas en todas las formas de liderazgo y a fomentar la buena gobernanza. [xiv] : 69 

El Tribunal Constitucional analizó extensamente la libertad de asociación en New Nation Movement v President , en el que el juez Mbuyiseli Madlanga sostuvo que el derecho a la libertad de asociación implica no sólo un derecho positivo a ser libre de formar una asociación, sino también un derecho negativo que protege "la libertad de no asociarse en absoluto, si esa es la elección del individuo". Sobre esta base, el Tribunal Constitucional sostuvo que el artículo 17, leído junto con el artículo 19(3)(b) sobre el derecho a presentarse a un cargo, creaba un derecho a presentarse a un cargo como candidato independiente en lugar de como miembro de un partido político . [17]

Derechos de los ciudadanos

Derechos políticos

§19: Todo ciudadano es libre de tomar decisiones políticas, lo que incluye el derecho a formar un partido político; a participar en las actividades de un partido político o a reclutar miembros para él; y a hacer campaña a favor de un partido o causa política. Todo ciudadano tiene derecho a elecciones libres, justas y regulares para cualquier cuerpo legislativo establecido en términos de la Constitución. Todo ciudadano adulto tiene derecho a votar en las elecciones para cualquier cuerpo legislativo establecido en términos de la Constitución, y a hacerlo en secreto; y a presentarse como candidato a cargos públicos y, si es elegido, a ejercer el cargo.
§20: Ningún ciudadano puede ser privado de la ciudadanía.

El artículo 19 otorga un conjunto detallado de derechos políticos a los ciudadanos sudafricanos. El artículo 19(1) protege la libertad de los ciudadanos de "tomar decisiones políticas", incluido el derecho a formar un partido político, participar en las actividades de un partido político y hacer campaña a favor de un partido o una causa política. El artículo 19(2) protege el derecho de los ciudadanos a elecciones libres, justas y regulares para todos los órganos legislativos. Por último, el artículo 19(3) protege el derecho de los ciudadanos adultos a votar en secreto en las elecciones para cualquier órgano legislativo, así como el derecho a presentarse como candidato a un cargo público y, si es elegido, a ejercer el cargo.

Estos artículos están estrechamente relacionados con la historia de Sudáfrica en materia de sufragio racial y privación generalizada de derechos ; por lo tanto, también están estrechamente relacionados con el artículo 20, que establece que "Ningún ciudadano puede ser privado de su ciudadanía". En Ramakatsa v Magashule , el Tribunal Constitucional dijo lo siguiente sobre el artículo 19:

El alcance y el contenido de los derechos consagrados en esta sección pueden determinarse mediante un proceso de interpretación que debe tener en cuenta el contexto histórico y constitucional. Durante el régimen del apartheid, a la mayoría de la población de nuestro país se le negaron derechos políticos de los que disfrutaba una minoría... Se prohibieron muchas organizaciones cuyos objetivos eran promover los derechos e intereses de la población negra. Entre estas organizaciones se encontraba la actual ANC . La participación en las actividades de estas organizaciones constituía un delito penal grave que conllevaba una pena severa. El propósito de la sección 19 es evitar que esta negación generalizada de los derechos políticos a los ciudadanos del país vuelva a ocurrir. [xv] : 64 

El Tribunal Constitucional cuenta con un amplio corpus jurisprudencial sobre la interpretación de los derechos políticos, incluida una gran cantidad de jurisprudencia sobre derecho electoral. Además de New Nation Movement y Ramakatsa , entre los casos importantes se incluyen UDM v President , New National Party v Government , August v Electoral Commission y Minister of Home Affairs v NICRO .

Derechos civiles

§21(3)–(4): Todo ciudadano tiene derecho a entrar, permanecer y residir en cualquier lugar de la República. Todo ciudadano tiene derecho a un pasaporte.

Bajo el título de "Libertad de movimiento y residencia", el artículo 21(3) establece que los ciudadanos tienen "el derecho a entrar, permanecer y residir en cualquier lugar de la República", y el artículo 21(4) establece el derecho de los ciudadanos a un pasaporte . Estas protecciones están estrechamente relacionadas con las antiguas leyes de pases y la Ley de Áreas de Grupo , ambas detestaban las políticas del apartheid; [7] esta última fue una nueva adición a la Constitución de 1996, que no tiene análogo en la Constitución provisional. [18] El uso más directo de los derechos del artículo 21 en un litigio constitucional fue en Geuking v President , donde se sostuvo que el derecho del artículo 21(3) a "permanecer en" Sudáfrica debe considerarse cuando el estado asiente a la extradición de un ciudadano en virtud de la Ley de Extradición 67, 1962; sin embargo, el tribunal rechazó esa afirmación. [xvi]

§22: Todo ciudadano tiene derecho a elegir libremente su oficio, profesión o actividad. El ejercicio de un oficio, profesión o actividad podrá ser regulado por la ley.

El artículo 22 consagra el derecho de los ciudadanos a la libertad de comercio, la libertad de ocupación y la libertad de profesión. También dispone que la práctica de un oficio, ocupación o profesión puede ser regulada por ley. Los derechos del artículo 22 se han litigado con mayor frecuencia en casos que involucran acuerdos restrictivos del comercio . [7] [19] En ese contexto, en Reddy v Siemens , el juez de apelación en funciones Frans Malan sugirió, en nombre de un Tribunal Supremo de Apelaciones unánime, que la libertad de contrato es "una parte integral" del derecho del artículo 22. [xvii] : 15  Del mismo modo, el presidente del Tribunal Supremo Pius Langa escribió en Phumelela Gaming and Leisure v Gründlingh que:

La Carta de Derechos no promueve expresamente los principios de competencia , pero el derecho a la libertad de comercio, consagrado en la sección 22 de la Constitución, es, en mi opinión, coherente con un régimen competitivo en materia de comercio y el reconocimiento de la protección de la competencia como algo que redunda en beneficio del público. [xviii] : 36 

El antecesor del artículo 22 en la Constitución provisional no estaba restringido en su aplicación a los ciudadanos sudafricanos y, por lo tanto, podía incluir de manera plausible a los no ciudadanos e incluso a las personas jurídicas en las protecciones que ofrece. [7] Durante el proceso de certificación constitucional, el Tribunal Constitucional consideró una impugnación a esta limitación del alcance, pero la rechazó sobre la base de que el artículo 22 seguía siendo coherente con los instrumentos internacionales de derechos humanos. [xix] : 17–18 

Libertad de movimiento

§21(1)–(2): Toda persona tiene derecho a circular libremente. Toda persona tiene derecho a salir de la República.

Mientras que los artículos 21(3) y 21(4) se limitan a los ciudadanos sudafricanos, los artículos 21(1) y 21(2) no lo son. Prevén, respectivamente, un derecho universal a la libertad de movimiento y un "derecho a salir de la República" universal. En Affordable Medicines Trust v Minister of Health , el Tribunal Constitucional consideró la aplicación del derecho a la libertad de movimiento a un sistema de licencias en virtud del cual las licencias farmacéuticas solo podían ejercerse en determinados locales; en ese caso, sostuvo que "el derecho a decidir dónde se ejercerá la profesión" está sujeto a regulación en virtud del artículo 22 de la Constitución, ya que es un derecho relacionado con el ejercicio de una profesión. [xx] : 102 

Relaciones laborales

§23(1)–(3): Toda persona tiene derecho a prácticas laborales justas. Todo trabajador tiene derecho a: formar y afiliarse a un sindicato; a participar en las actividades y programas de un sindicato; y a hacer huelga. Todo empleador tiene derecho a formar y afiliarse a una organización de empleadores; y a participar en las actividades y programas de una organización de empleadores.

El artículo 23 establece varios derechos laborales , tanto de naturaleza individual como asociativa, y que se aplican tanto a los empleadores como a los empleados. Los artículos 23(1) y 23(2) se refieren a los derechos universales de los trabajadores . El artículo 23(1) establece el derecho a "prácticas laborales justas", mientras que el artículo 23(2) establece el derecho de huelga y el derecho a formar, afiliarse y participar en las actividades de un sindicato . De manera similar, en virtud del artículo 23(3), todo empleador tiene derecho a formar, afiliarse y participar en las actividades de una organización de empleadores . El artículo 23(4) establece que todo sindicato y organización de empleadores tiene derecho a "determinar su propia administración, programas y actividades; a organizarse; y a formar y afiliarse a una federación", mientras que el artículo 23(5) establece que todo sindicato, organización de empleadores y empleador tiene derecho a participar en la negociación colectiva . El Tribunal Constitucional ha interpretado estos derechos en casos como SANDU v Minister of Defence I , SANDU v Minister of Defence II , NEHAWU v University of Cape Town y NUMSA v Bader Bop .

El artículo 23 concluye con las disposiciones, en el artículo 23(5) y el artículo 23(6), respectivamente, de que se puede promulgar legislación nacional para regular la negociación colectiva y reconocer los acuerdos de seguridad sindical contenidos en los convenios colectivos. En consecuencia, en una declaración temprana de su principio de subsidiariedad , el Tribunal Constitucional sostuvo en SANDU II que los litigantes que buscan hacer cumplir su derecho a la negociación colectiva en virtud del artículo 23(5) deben basar sus reclamos en cualquier legislación (incluida la legislación subordinada ) promulgada para regular el ejercicio de ese derecho, en lugar de basarse directamente en el texto del artículo 23(5).

Ambiente

§24: Toda persona tiene derecho a: a un medio ambiente que no sea nocivo para su salud o bienestar, y a que el medio ambiente esté protegido, en beneficio de las generaciones presentes y futuras, mediante medidas razonables, legislativas y de otro tipo, que: impidan la contaminación y la degradación ecológica, promuevan la conservación, y aseguren un desarrollo y un uso ecológicamente sostenibles de los recursos naturales, promoviendo al mismo tiempo un desarrollo económico y social justificable.

El artículo 24 establece dos derechos ambientales universales . El primero, previsto en el artículo 24(a), es el derecho de las personas "a un medio ambiente que no sea perjudicial para su salud o bienestar". El segundo, previsto en el artículo 24(b), es el derecho "a que se proteja el medio ambiente, en beneficio de las generaciones presentes y futuras, mediante medidas legislativas y de otro tipo razonables"; dichas medidas deben "prevenir la contaminación y la degradación ecológica ; promover la conservación ; y asegurar el desarrollo y el uso ecológicamente sostenibles de los recursos naturales, promoviendo al mismo tiempo un desarrollo económico y social justificable".

En el caso Eskom v Vaal River Development Association , el Tribunal Constitucional sostuvo que las restricciones al suministro eléctrico, aplicadas por Eskom en los municipios locales de Lekwa y Ngwathe , vulneraban el derecho de los residentes en virtud del artículo 24(a), porque las restricciones tenían un efecto adverso en el tratamiento de las aguas residuales y, por lo tanto, en la calidad del suministro de agua. El juez Madlanga comentó: "Si el vertido de heces crudas en el río Vaal no viola el derecho a un medio ambiente que no sea perjudicial para la salud o el bienestar, no sé qué lo es". [xxi] : 288 

Propiedad

La sección 25, llamada cláusula de propiedad, explica los derechos constitucionales de propiedad . En términos internacionales comparativos, es inusualmente detallada [7] , y los derechos de propiedad fueron muy disputados durante las negociaciones constitucionales, en parte debido a la importancia simbólica de la reforma agraria en el contexto posterior al apartheid [20] . En junio y septiembre de 1993, por ejemplo, hubo marchas en Kempton Park y Pretoria por parte de comunidades que exigían el reconocimiento constitucional de su derecho a regresar a la tierra de la que habían sido desposeídas; al mismo tiempo, otras comunidades estaban decididas a que la sección 25 afianzara y protegiera los derechos a la propiedad privada [21] .

§25(1)–(2): Nadie puede ser privado de su propiedad, excepto en los términos de una ley de aplicación general, y ninguna ley puede permitir la privación arbitraria de la propiedad. La propiedad puede ser expropiada solamente en los términos de una ley de aplicación general, por un propósito público o en interés público, y sujeta a una compensación, cuyo monto y el tiempo y la forma de pago han sido acordados por los afectados o decididos o aprobados por un tribunal.

El núcleo de los derechos constitucionales de propiedad son los incisos 25(1) y 25(2), que protegen a las personas contra la privación de la propiedad y la expropiación de la propiedad respectivamente. Según estas disposiciones, la privación o expropiación de la propiedad sólo es permisible cuando se lleva a cabo "en términos de la ley de aplicación general". Además, el artículo 25(1) añade que la privación de la propiedad no puede ser arbitraria , y el artículo 25(2) añade que la expropiación de la propiedad debe ser "para un propósito público o en interés público" y "sujeta a una compensación, cuyo monto y el momento y la forma de pago hayan sido acordados por los afectados o decididos o aprobados por un tribunal". En FNB v Commissioner for the South African Revenue Services , un caso temprano sobre la interpretación de la cláusula de propiedad, el Tribunal Constitucional sostuvo que el propósito primordial de estas disposiciones es "lograr un equilibrio proporcionado" entre la protección de los derechos de propiedad y el interés público. En el mismo caso, el tribunal se negó a definir la propiedad de manera exhaustiva, pero sostuvo que el artículo 25 ciertamente se aplicaba a la propiedad de bienes corporales, muebles y tierras. [xxii] : 50–1 

§25(3): El monto de la compensación [por la propiedad expropiada] y el tiempo y la forma de pago deben ser justos y equitativos, reflejando un equilibrio equitativo entre el interés público y los intereses de los afectados, teniendo en cuenta todas las circunstancias relevantes, incluyendo: el uso actual de la propiedad; el historial de adquisición y uso de la propiedad; el valor de mercado de la propiedad; el alcance de la inversión estatal directa y el subsidio en la adquisición y mejora de capital beneficiosa de la propiedad; y el propósito de la expropiación.

El artículo 25(3) proporciona más orientación sobre las circunstancias en las que se permite la expropiación. Exige que "el monto de la compensación y el momento y la forma de pago deben ser justos y equitativos, reflejando un equilibrio equitativo entre el interés público y los intereses de los afectados, teniendo en cuenta todas las circunstancias pertinentes". Los apartados 25(3)(a)–(e) proporcionan una lista no exhaustiva de cinco factores que se consideran "circunstancias pertinentes". La interpretación del requisito del artículo 25(3) de "compensación justa y equitativa" ha sido muy controvertida. [22] En particular, en el contexto de las propuestas de políticas para expropiar tierras sin compensación , ha habido un debate importante sobre si el artículo 25(3) autoriza la expropiación cuando el monto de la compensación se establece en cero. [23] [24] [25] En 2021, el Parlamento consideró y rechazó el Proyecto de Ley de la Decimoctava Enmienda de la Constitución, que enmendaría el artículo 25 y autorizaría explícitamente la expropiación sin compensación. [26]

Las disposiciones restantes del artículo 25 se refieren a la aplicación de los derechos de propiedad a la reforma agraria por parte del Estado, proporcionando así un marco constitucional para la reforma agraria. [7] La ​​base general de este marco es el artículo 25(8), que dispone que "Ninguna disposición de este artículo podrá impedir que el Estado adopte medidas legislativas o de otra índole para lograr la reforma agraria, hídrica y afines, a fin de reparar los resultados de la discriminación racial pasada". Además, el artículo 25(4) dispone que "el compromiso de la nación con la reforma agraria y con las reformas para lograr un acceso equitativo a todos los recursos naturales de Sudáfrica" ​​es un elemento del "interés público" tal como se despliega en los artículos 25(2) y 25(3).

Las otras disposiciones, más específicas, sobre la reforma agraria se han entendido como la concesión de derechos socioeconómicos relacionados con la tierra. [7] El inciso 25(5) se refiere a la redistribución de la tierra : obliga al Estado a "adoptar medidas legislativas y de otro tipo razonables, dentro de los recursos de que disponga, para fomentar las condiciones que permitan a los ciudadanos acceder a la tierra de manera equitativa". El inciso 25(6) se refiere a la reforma de la tenencia de la tierra : dispone que "una persona o comunidad cuya tenencia de la tierra sea legalmente insegura como resultado de leyes o prácticas racialmente discriminatorias pasadas tiene derecho, en la medida prevista por una ley del Parlamento, a una tenencia que sea legalmente segura o a una reparación comparable". Además, el artículo 25(9) obliga al Parlamento a promulgar esa legislación. Finalmente, el inciso 25(7) prevé la restitución de tierras: "Una persona o comunidad desposeída de una propiedad después del 19 de junio de 1913 como resultado de leyes o prácticas racialmente discriminatorias pasadas tiene derecho, en la medida prevista por una ley del Parlamento, a la restitución de esa propiedad o a una reparación equitativa", siendo el 19 de junio de 1913 la fecha en que se promulgó la Ley de Tierras Negras 27 de 1913 .

Alojamiento

§26: Toda persona tiene derecho a tener acceso a una vivienda adecuada. El Estado debe adoptar medidas legislativas y de otro tipo razonables, dentro de los recursos de que disponga, para lograr la realización progresiva de este derecho. Nadie podrá ser desalojado de su vivienda ni demolido sin una orden judicial dictada tras considerar todas las circunstancias pertinentes. Ninguna legislación podrá permitir desalojos arbitrarios.

El artículo 26 otorga dos derechos universales a la vivienda : "el derecho a tener acceso a una vivienda adecuada" y el derecho a la protección contra el desalojo arbitrario . El derecho de acceso a la vivienda, establecido en el artículo 26(1), se complementa, en el artículo 26(2), con una responsabilidad positiva del Estado de adoptar medidas razonables para lograr la "realización progresiva" de ese derecho. Este par de disposiciones fue interpretado por el Tribunal Constitucional en el caso emblemático de Gobierno v Grootboom , que sostuvo que el derecho a la vivienda es justiciable y exigible. [27]

El artículo 26(3), sobre el derecho al debido proceso en los desalojos, establece en parte que "nadie podrá ser desalojado de su hogar, ni se podrá demoler su hogar, sin una orden judicial dictada después de considerar todas las circunstancias pertinentes". En Jaftha v Schoeman , el Tribunal Constitucional determinó que este derecho busca corregir la historia del apartheid de desalojos forzosos mediante la protección de la seguridad de la tenencia . Los derechos de las personas que enfrentan un desalojo están protegidos de manera más directa por la Ley de Extensión de la Seguridad de la Tenencia 62 de 1997 y la Ley de Prevención del Desalojo Ilegal y la Ocupación Ilegal de Tierras 19 de 1998 . Sin embargo, el Tribunal Constitucional ha aplicado la Constitución a los desalojos en casos como Port Elizabeth Municipality v Various Occupiers , President v Modderklip Boerdery , Residents of Joe Slovo Community v Thubelisha Homes y Occupiers of 51 Olivia Road, Berea Township and 197 Main Street Johannesburg vs City of Johannesburg ; muchos de estos casos implican desalojos de tierras ocupadas ilegalmente . [7]

Según Jaftha v Schoeman , los derechos de vivienda tienen implicaciones significativas para el procedimiento civil sudafricano , en particular en lo que respecta a la concesión de órdenes de ejecución contra las viviendas de los deudores. Entre los casos que tratan las consecuencias de Jaftha se incluyen Menqa v Markom , Standard Bank v Saunderson y Gundwana v Steko Development . [28]

Servicios básicos y seguridad social

§27: Toda persona tiene derecho a tener acceso a: servicios de atención de la salud, incluida la atención de la salud reproductiva; a alimentación y agua suficientes; y a la seguridad social, incluida, si no puede mantenerse a sí misma ni a las personas a su cargo, una asistencia social adecuada. El Estado debe adoptar medidas legislativas y de otro tipo razonables, dentro de los recursos de que disponga, para lograr la realización progresiva de cada uno de estos derechos. A nadie se le puede negar un tratamiento médico de urgencia.

El artículo 27(1) consagra otros tres derechos socioeconómicos universales , que David Bilchitz sugiere que se consideren juntos porque son interdependientes: cada uno carece de valor sin el otro. [7] Como en el caso del derecho a la vivienda, se le otorga al Estado la responsabilidad positiva de tomar medidas razonables para lograr la "realización progresiva" de cada derecho, establecido en el artículo 27(2).

El primer derecho del artículo 27(1) es el derecho de acceso a los servicios de atención de la salud , incluido el acceso a la atención de la salud reproductiva ; además, el artículo 27(3) establece explícitamente que "a nadie se le puede negar un tratamiento médico de emergencia ". Entre los casos importantes que litigan este derecho se incluyen Soobramoney v Minister of Health, KwaZulu-Natal y Minister of Health v Treatment Action Campaign No. 2. Soobramoney también estableció que el derecho del artículo 27(3) al tratamiento médico de emergencia debe interpretarse de manera estricta, como si cubriera las condiciones médicas agudas que surgen de eventos repentinos o inesperados; en particular, no incluye el tratamiento continuo de enfermedades crónicas , incluso si dicha enfermedad es potencialmente mortal.

El segundo derecho del artículo 27(1) es el derecho de acceso a alimentos y agua suficientes. El derecho de acceso a los alimentos rara vez se litiga, aunque a veces se toma en consideración en casos en los que se desaloja a personas de tierras que utilizaban como recurso para producir alimentos. [7] El derecho de acceso al agua fue considerado por la Corte Constitucional por primera vez en Mazibuko v City of Johannesburg . [29] El acceso al agua y al saneamiento también se ha considerado como un elemento del acceso a una vivienda adecuada que está protegido en el artículo 26(1), como en Residents of Joe Slovo Community . [7]

Por último, el artículo 27(1) establece el derecho de acceso a la seguridad social , incluido el derecho a una "asistencia social adecuada" para las personas que "no pueden mantenerse a sí mismas ni a sus dependientes". El caso emblemático sobre la interpretación de este derecho es Khosa v Minister of Social Development , sobre la exclusión de los no ciudadanos de los programas gubernamentales de bienestar social en Sudáfrica . [i] El derecho a la asistencia social también estuvo estrechamente implicado en Black Sash Trust v Minister of Social Development , sobre el fracaso del Departamento de Desarrollo Social para garantizar la administración ordenada de las subvenciones sociales durante la crisis de subvenciones de 2017.

Derechos de los niños

§28(2): Los intereses superiores del niño son de suma importancia en todos los asuntos que lo conciernen.

El artículo 28 establece una serie de derechos de los niños , y el artículo 28(3) define a los niños como personas menores de 18 años. Quizás lo más importante es que el artículo 28(2) establece la primacía del interés superior del niño , un principio importado de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y desarrollado ampliamente en la jurisprudencia sudafricana. [30] [31] Además, el artículo 28(1) enumera nueve derechos que son exclusivos de los niños.

En lo que respecta a la vida doméstica y familiar, los niños tienen derecho "a un nombre y una nacionalidad desde su nacimiento; a cuidados familiares o parentales, o a cuidados alternativos apropiados cuando se los separa del entorno familiar; a una nutrición básica, alojamiento, servicios básicos de atención de la salud y servicios sociales; [y] a estar protegidos contra malos tratos, abandono , abuso o degradación". Otros dos derechos se refieren al trabajo infantil : los niños tienen derecho "a estar protegidos contra prácticas laborales explotadoras" y "a no ser obligados ni permitidos a realizar trabajos o prestar servicios que: sean inapropiados para una persona de su edad; o pongan en peligro su bienestar, educación, salud física o mental o su desarrollo espiritual, moral o social".

En el procedimiento penal, los niños tienen derecho a "no ser detenidos, salvo como medida de último recurso". Un niño detenido "sólo podrá ser detenido durante el período más breve que proceda y tendrá derecho a estar separado de las personas detenidas mayores de 18 años y a ser tratado de una manera y mantenido en condiciones que tengan en cuenta su edad". En el procedimiento civil, los niños tienen derecho a "que el Estado les asigne un abogado, a expensas del Estado, en los procedimientos civiles que les afecten, si de lo contrario se produciría una injusticia sustancial". Por último, los niños tienen derecho a "no ser utilizados directamente en conflictos armados y a ser protegidos en tiempos de conflicto armado".

Educación

El artículo 29 consagra el derecho universal a la educación y define las responsabilidades positivas del Estado a este respecto. Se lo ha descrito como un "derecho híbrido": mientras que el artículo 29(1) protege un derecho socioeconómico, los artículos 29(2) y 29(3) se refieren a los derechos civiles . [32] En general, se considera que el artículo 29 emana directamente del contexto del apartheid en el que se negoció la Carta de Derechos: el derecho a la educación tenía una dimensión "restitutiva", dados los efectos del sistema de educación bantú , pero también una dimensión protectora para quienes apreciaban el afrikáans como medio de instrucción o eran reacios a someterse al control estatal de la educación. [7]

§29(1): Toda persona tiene derecho a la educación básica, incluso para adultos, y a la educación permanente, que el Estado, mediante medidas razonables, debe hacer progresivamente disponible y accesible.

En virtud del artículo 29(1)(a), existe un derecho universal a la educación básica , incluida la educación básica para adultos , y en el artículo 29(1)(b) se establece un derecho universal a la educación superior . En el caso de la educación superior, como en el caso de la vivienda y los servicios básicos, la obligación del Estado es adoptar "medidas razonables" para que el recurso "esté progresivamente disponible y sea accesible". El derecho a la educación básica no se califica de esa manera; en el caso Governing Body of the Juma Musjid Primary School v Essay , el Tribunal Constitucional confirmó que es "inmediatamente realizable", a diferencia de algunos de los otros derechos socioeconómicos. [xxiii] : 37 

Sin embargo, la redacción del artículo 29(1)(a) no implica que la educación básica deba ser gratuita , [7] y, en ese sentido, es menos fuerte que la Declaración Universal de Derechos Humanos , que prevé la educación básica gratuita. [32] Sin embargo, los tribunales han interpretado que el derecho a la educación básica del artículo 29(1)(a) se extiende al acceso al equipo necesario para dicha educación: [33] en el caso Minister of Basic Education v Basic Education for All , el Tribunal Supremo de Apelaciones confirmó que el artículo 29(1)(a) daba derecho a todos los alumnos de las escuelas públicas "a recibir todos los libros de texto prescritos para su grado antes del comienzo de la enseñanza del curso para el que se prescribe el libro de texto". [xxiv]

El artículo 29(2) dispone además que “toda persona tiene derecho a recibir educación en el idioma o idiomas oficiales de su elección en instituciones educativas públicas donde dicha educación sea razonablemente factible”. Para hacer efectivo este derecho, el Estado debe “considerar todas las alternativas educativas razonables, incluidas las instituciones de un solo medio , teniendo en cuenta la equidad, la viabilidad y la necesidad de reparar los resultados de leyes y prácticas racialmente discriminatorias del pasado”. Dada la diversidad lingüística de Sudáfrica y la sensibilidad de la política lingüística, esta disposición ha sido objeto de litigio a menudo; [7] entre los casos relacionados decididos por el Tribunal Constitucional se incluyen el Departamento de Educación de Mpumalanga contra Hoërskool Ermelo. [xxv]

Por último, el artículo 29(3) establece un derecho universal de las personas "a establecer y mantener, a sus propias expensas, instituciones educativas independientes que no discriminen por motivos de raza; estén registradas ante el estado; y mantengan estándares que no sean inferiores a los estándares de instituciones educativas públicas comparables". Según el artículo 29(4), esta disposición "no excluye los subsidios estatales para instituciones educativas independientes". El Tribunal Constitucional examinó la aplicación del artículo 29(3) en AB v Pridwin Preparatory School . [xxvi]

Cultura, lengua y comunidades

§30(1): Toda persona tiene derecho a utilizar la lengua y a participar en la vida cultural de su elección.

Los artículos 30 y 31 contemplan otros derechos culturales , religiosos y lingüísticos . El artículo 30(1) dispone que “toda persona tiene derecho a utilizar el idioma y a participar en la vida cultural de su elección”. Esta libertad se aplica tanto en la esfera privada como en la pública , ya que su aplicación no se limita a ningún contexto específico; [34] el Tribunal Constitucional determinó en la sentencia de certificación que el derecho a utilizar el idioma de la propia elección “se extendería a las comunicaciones con el gobierno, sujetas a limitaciones razonables cuando estuvieran justificadas”. [xxvii] : 213 

§31(1): A las personas pertenecientes a una comunidad cultural, religiosa o lingüística no se les puede negar el derecho, junto con los demás miembros de esa comunidad, a disfrutar de su cultura, practicar su religión y utilizar su idioma; y a formar, unirse y mantener asociaciones culturales, religiosas y lingüísticas y otros órganos de la sociedad civil.

El artículo 31 se aplica a las "personas pertenecientes a una comunidad cultural, religiosa o lingüística", a las que "no se les puede negar el derecho... a disfrutar de su cultura, practicar su religión y utilizar su idioma; y a formar, unirse y mantener asociaciones culturales, religiosas y lingüísticas y otros órganos de la sociedad civil". La disposición se extiende a la libertad de un miembro individual de la comunidad de ejercer estas libertades "con otros miembros de esa comunidad", lo que deja algo de ambigüedad en cuanto a si los derechos del artículo 31 son derechos grupales o derechos individuales . Generalmente se los denomina "derechos asociativos", [7] y el juez Sandile Ngcobo escribió para la minoría en Prince v President of the Law Society que el artículo 31 "enfatiza y protege la naturaleza asociativa de los derechos culturales, religiosos y lingüísticos", que están protegidos a nivel individual en el artículo 30(1) y, en el caso de la religión, en el artículo 15(1). [xxviii] : 39 

En Educación cristiana , el juez Albie Sachs señaló, para un tribunal unánime, que la sección 31 "es muy similar" al artículo 27 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos , excepto que se refiere a "comunidades" en lugar de " minorías ": por lo tanto, "el interés protegido por la sección 31 no es estadístico y depende de un contrapeso de números, sino cualitativo basado en el respeto por la diversidad". [xi] : 23–25 

Tanto el artículo 30 como el artículo 31 concluyen con limitaciones internas en el artículo 30(2) y 31(2) respectivamente; en cada caso, la limitación es la condición de que los derechos a los que se hace referencia no puedan ejercerse "de una manera incompatible con cualquier disposición de la Carta de Derechos". Con respecto al artículo 31(2), Sachs encontró en Educación Cristiana que la limitación buscaba "reconocer expresamente la supremacía de la Constitución ", impidiendo que los derechos asociativos "se utilizaran para 'privatizar' prácticas grupales constitucionalmente ofensivas" o para proteger "características opresivas de las relaciones internas principalmente dentro de las comunidades en cuestión". [xi] : 26  Vistas desde esta perspectiva, estas limitaciones internas adoptan una postura clara sobre la llamada paradoja de la tolerancia . [7]

Acceso a la información

§32(1): Toda persona tiene derecho de acceso a: cualquier información en poder del Estado; y cualquier información que esté en poder de otra persona y que sea necesaria para el ejercicio o la protección de cualquier derecho.

El artículo 32 establece un derecho universal de acceso a la información de dos tipos: "cualquier información en poder del Estado", en virtud del artículo 32(1)(a), y "cualquier información en poder de otra persona que sea necesaria para el ejercicio o la protección de cualquier derecho", en virtud del artículo 31(b). Se trata de una de las disposiciones más avanzadas de este tipo en cualquier constitución del mundo. [35]

En la sentencia de certificación , el Tribunal Constitucional sostuvo que el artículo 32 preveía el acceso a la información estatal como un medio para "un propósito más amplio, a saber, garantizar que haya una administración abierta y responsable en todos los niveles de gobierno"; [xxvii] : 83  en la jurisprudencia posterior en tribunales inferiores, se vinculó de manera similar con los valores constitucionales fundacionales de "rendición de cuentas, capacidad de respuesta y apertura". [7] El Tribunal Constitucional afirmó esta conexión en My Vote Counts v Minister of Justice , en el que también sostuvo que el acceso a ciertos tipos de información -en este caso, información sobre las fuentes de financiación de los partidos políticos- era esencial para el ejercicio efectivo de los derechos políticos protegidos en el artículo 19. [36]

El artículo 32(2) de la Constitución exige la promulgación de una legislación nacional sobre libertad de información para hacer efectivo el derecho de acceso a la información, con la debida previsión "de medidas razonables para aliviar la carga administrativa y financiera del Estado". La legislación promulgada fue la Ley de Promoción del Acceso a la Información 2 de 2000 (PAIA). El Tribunal Constitucional sostuvo en My Vote Counts v Speaker que, en virtud del principio de subsidiariedad, los derechos del artículo 32 son en adelante justiciables como reclamaciones en virtud de la PAIA o impugnaciones a la misma.

Sólo una acción administrativa

§33(1)–(2): Toda persona tiene derecho a una acción administrativa que sea legal, razonable y procesalmente justa. Toda persona cuyos derechos se hayan visto afectados negativamente por una acción administrativa tiene derecho a recibir explicaciones por escrito.

Bajo el título de "Ley Administrativa Justa", el artículo 33 establece el debido proceso administrativo . El artículo 33(1) establece un derecho universal "a una acción administrativa que sea legal, razonable y procesalmente justa ", mientras que el artículo 33(2) requiere que "toda persona cuyos derechos hayan sido afectados negativamente por una acción administrativa tiene derecho a recibir explicaciones por escrito". Los requisitos tripartitos del artículo 33(1) eran conocidos en el derecho administrativo sudafricano como principios de derecho consuetudinario, pero recibieron una nueva base constitucional gracias a la Carta de Derechos. [37] En una trilogía temprana de casos - Fedsure Life Assurance v Johannesburg , President of the Republic of South Africa v South African Rugby Football Union y Nel v Le Roux - el Tribunal Constitucional definió gradualmente el alcance de la "acción administrativa", sosteniendo que excluye la acción legislativa , la acción ejecutiva y la acción judicial . [38]

El artículo 33(3) exige la promulgación de legislación nacional para dar efecto a los derechos del artículo 33, añadiendo que dicha legislación debe "prever la revisión de la acción administrativa por un tribunal o, cuando corresponda, un tribunal independiente e imparcial; imponer al Estado el deber de dar efecto a los derechos de los apartados (1) y (2); y promover una administración eficiente". La legislación así promulgada fue la Ley de Promoción de la Justicia Administrativa 3 de 2000 .

Acceso a los tribunales

§34: Toda persona tiene derecho a que cualquier controversia que pueda resolverse mediante la aplicación de la ley se decida en una audiencia pública justa ante un tribunal o, en su caso, otro tribunal o foro independiente e imparcial.

Bajo el título “Acceso a los tribunales”, el artículo 34 consagra el derecho universal a una audiencia justa de las controversias jurídicas. Dispone que “toda persona tiene derecho a que cualquier controversia que pueda resolverse mediante la aplicación de la ley se resuelva en una audiencia pública justa ante un tribunal o, cuando corresponda, ante otro tribunal o foro independiente e imparcial”. Junto con los artículos 32 y 33, el artículo 34 se ha considerado como una categoría de “derecho de influencia”, una garantía principalmente procesal que permite a los litigantes hacer valer o reivindicar sus otros derechos (sustantivos). [7]

En el contexto histórico, la sección 34 responde a la parálisis de la revisión judicial de la era del apartheid bajo las cláusulas de expulsión y la soberanía parlamentaria , así como al sistema judicial racialmente bifurcado creado por la Ley de Administración Negra 38 de 1927. [ 7] Además, en Chief Lesapo v North West Agricultural Bank , la jueza Yvonne Mokgoro comentó que el derecho de la sección 34 está estrechamente relacionado con el valor constitucional del estado de derecho y es, en particular, "un baluarte contra el vigilantismo y el caos y la anarquía que causa". [xxix] : 22 

El tribunal sostuvo en S v Pennington que el artículo 34 no se aplica a los procedimientos penales , que en cambio están regulados por el artículo 35. [xxx] : 46  Otros casos que involucran la interpretación y aplicación del artículo 34 incluyen Barkhuizen v Napier , Beinash v Ernst & Young , Metcash Trading v Commissioner for the South African Revenue Service , Armbruster v Minister of Finance y Mphahlele v First National Bank . [7] Además, en President v Modderklip Boerdery , el Tribunal Constitucional consideró la naturaleza de las obligaciones positivas del estado para dar efecto al artículo 34. [xxxi]

Arresto, detención y juicio

La sección más larga de la Carta de Derechos, la sección 35, comprende una lista detallada de derechos que protegen el debido proceso en los procedimientos penales. La sección 35(1) describe los derechos de las personas "arrestadas por la presunta comisión de un delito", mientras que la sección 35(2) describe el derecho de las personas "detenidas, incluido todo preso condenado". La sección 35(3) garantiza el derecho de toda persona acusada a un juicio justo , incluyendo, entre otros , el derecho a ser notificada de la acusación, el derecho a un juicio público , el derecho a un juicio rápido , el derecho a la representación legal , el derecho a ser presumido inocente , el derecho a guardar silencio , el derecho a no autoincriminarse , el derecho a no ser juzgado dos veces (llamado ne bis in idem en la legislación sudafricana) y el derecho de apelación o revisión.

El artículo 35(5) establece una regla de exclusión , según la cual, " La evidencia obtenida de una manera que viole cualquier derecho de la Carta de Derechos debe ser excluida si la admisión de esa evidencia haría que el juicio fuera injusto o de otra manera sería perjudicial para la administración de justicia". El Tribunal Constitucional ha interpretado esta disposición en casos como S v Basson . [39] Otros casos emblemáticos que involucran el artículo 35 incluyen S v Dzukuda; S v Tshilo , S v Singo , S v Thebus y S v Bogaards . [7]

Limitación de derechos

Los derechos contenidos en la Carta de Derechos no son absolutos y pueden limitarse mediante cláusulas de limitación específicas en las que los derechos individuales están sujetos a limitaciones establecidas en las secciones individuales, por ejemplo, la sección 9 sobre la igualdad. Además, la Constitución establece una cláusula de limitación general en la sección 36, que dispone que todos los derechos de la Carta de Derechos se limitarán en términos de la ley de aplicación general y que "las limitaciones deben ser razonables y justificables en una sociedad abierta y democrática basada en la dignidad humana, la igualdad y la libertad". Por lo tanto, cualquier limitación debe ser razonable y solo puede hacerse con una buena causa. Las limitaciones también deben ser menos restrictivas.

Los órganos del Estado, como el poder judicial, el legislativo o el ejecutivo, pueden limitar invariablemente los derechos en el ejercicio de sus funciones. Por ejemplo, limitando la libertad de un preso. Además, debido a la aplicación horizontal de la Carta de Derechos, los derechos pueden verse limitados por las acciones o decisiones de otras personas. Los tribunales están facultados para comprobar la validez de la limitación en los términos del artículo 36.

El artículo 36 establece ciertos factores que los tribunales deben tener en cuenta al determinar si una limitación es razonable y justificable:

Estos factores no son absolutos y también pueden tenerse en cuenta otros factores que el tribunal considere necesarios. Cuando se considera la naturaleza del derecho, los tribunales tendrán que tener en cuenta el contenido del derecho, la importancia del derecho y el interés que se protege. Por ejemplo, es muy difícil limitar justificadamente el derecho a la vida, como sostuvo el Tribunal Constitucional en S v Makwanyane , donde se abolió la pena capital. La promoción y protección de un interés público permisible o legítimo será importante al considerar la limitación y su propósito. Además, la Constitución exige que se considere un medio menos restrictivo, en lugar de limitar los derechos de un individuo, para lograr ese propósito. [40]

Comparación con otros instrumentos de derechos humanos

La cláusula de limitaciones del artículo 36 se ha comparado con cláusulas similares del Convenio Europeo de Derechos Humanos . En concreto, hay límites a los derechos de privacidad (artículo 8(2)), "salvo en la medida en que esté de acuerdo con la ley y sea necesario en una sociedad democrática ", límites a la libertad de pensamiento y religión (artículo 9(2)), "sujeto únicamente a las limitaciones que prescriba la ley y sean necesarias para una sociedad democrática", etc. En Canadá, la Carta Canadiense de Derechos y Libertades se adoptó en 1982. El artículo 1 de esa Carta , al igual que el artículo 36 de la ley sudafricana, establece que los derechos están "sujetos únicamente a los límites razonables prescritos por la ley que puedan justificarse demostrablemente en una sociedad libre y democrática". [41]

Estados de excepción

La sección 37 de la Carta de Derechos se refiere expresamente a los estados de emergencia y a la consiguiente derogación de derechos.

Aplicación de la Carta de Derechos

Los artículos 38 y 39 tratan de la "ejecución de los derechos" y de la "interpretación de la Carta de Derechos", respectivamente. En lo que respecta a la interpretación, el artículo 39(1) dispone que la interpretación de la Carta de Derechos debe promover "los valores que fundamentan una sociedad abierta y democrática basada en la dignidad humana, la igualdad y la libertad", debe tener en cuenta el derecho internacional y puede tener en cuenta el derecho extranjero. Sin embargo, estos artículos son los más importantes para consolidar la justiciabilidad de la Carta de Derechos.

Ejecución directa

§38: Cualquier persona enumerada en esta sección tiene derecho a recurrir a un tribunal competente, alegando que se ha infringido o amenazado un derecho de la Carta de Derechos, y el tribunal puede conceder la reparación adecuada , incluida una declaración de derechos. Las personas que pueden recurrir a un tribunal son cualquiera que actúe en su propio interés; cualquiera que actúe en nombre de otra persona que no pueda actuar en su propio nombre; cualquiera que actúe como miembro o en interés de un grupo o clase de personas; cualquiera que actúe en interés público; y una asociación que actúe en interés de sus miembros.

El artículo 38 establece una doctrina extremadamente generosa sobre la legitimación activa en las disputas sobre derechos, al disponer que las personas pueden presentar demandas sobre derechos en su propio nombre, en nombre de otras personas, en su calidad de miembros de un grupo de personas o "en interés público ". Los límites de esta legitimación activa rara vez se han puesto a prueba. [7] En términos del Capítulo Ocho de la Constitución, el Tribunal Constitucional es el tribunal más alto en todas las cuestiones constitucionales, aunque las disputas sobre derechos suelen conocerse en primera instancia en el Tribunal Superior de Sudáfrica . [7]

Ejecución indirecta

El artículo 39(3) establece que la Carta de Derechos "no niega la existencia de ningún otro derecho o libertad reconocidos o conferidos por el derecho consuetudinario, el derecho consuetudinario o la legislación, en la medida en que sean compatibles con la Carta". Sin embargo, es importante señalar que el artículo 39(2) establece que esas otras fuentes de derecho deben interpretarse de conformidad con la Carta de Derechos:

Al interpretar cualquier legislación y al desarrollar el derecho consuetudinario o common law, todo tribunal o foro debe promover el espíritu, el propósito y los objetivos de la Carta de Derechos.

El artículo 39(2) suele concebirse como una segunda forma indirecta de hacer cumplir o aplicar la Carta de Derechos. En este enfoque, la Carta de Derechos no se utiliza directamente para resolver una disputa, sino que se utiliza indirectamente para interpretar o desarrollar cualquier ley no constitucional que rija la disputa. [3] En virtud del principio de evitación , los tribunales pueden preferir intentar la aplicación o ejecución indirecta antes de recurrir a la aplicación o ejecución directa. [3]

Interpretación estatutaria

La importancia del artículo 39(2) para la interpretación de las leyes se analizó en el caso Investigating Directorate: Serious Economic Offences v Hyundai Motors , en el que el Tribunal Constitucional determinó que "todas las leyes deben interpretarse a través del prisma de la Carta de Derechos" en el "espíritu de transición y transformación [que] caracteriza a la empresa constitucional en su conjunto". [iii] : 21–22  Investigating Directorate también sostuvo que este enfoque requiere una preferencia por la "lectura descendente" de las leyes, dando prioridad a las interpretaciones en las que una disposición legal determinada no limita ningún derecho constitucional. [42] [iii] : 21–26 

Desarrollo del derecho consuetudinario

En relación con el common law, el artículo 39(2) tiene particular importancia para la aplicación horizontal de la Carta de Derechos en disputas privadas. [5] En la práctica, y a pesar de algunas excepciones, la Carta de Derechos no suele aplicarse directamente en disputas privadas en el common law, es decir, sus disposiciones rara vez se utilizan para juzgar la legalidad de una conducta privada. En cambio, en parte debido al principio de elusión y en parte debido a la "opacidad y aparente circularidad" del artículo 8, los tribunales generalmente prefieren utilizar el artículo 39(2) en lugar del artículo 8(2): es decir, prefieren desarrollar el common law en lugar de aplicar los derechos constitucionales directamente para invalidar una conducta privada o incluso las normas prevalecientes del common law. [3] : 45–47 

Un caso emblemático a este respecto fue Barkhuizen v Napier , un asunto de derecho contractual en el que el Tribunal Constitucional sostuvo que las disposiciones contractuales no deben probarse en relación con los derechos constitucionales sino en relación con el orden público , siempre que la doctrina del orden público, en la era constitucional, tenga un contenido constitucional que abarque los valores de la Carta de Derechos. [xxxii] Otros casos importantes que invocan el artículo 39(2) incluyen Carmichele v Minister of Safety and Security , S v Thebus y S v Masiya , así como Bhe v Magistrate, Khayelitsha en el ámbito del derecho consuetudinario. En Carmichele , el Tribunal Constitucional enfatizó que el artículo 39(2) impone una "obligación general" a los tribunales de desarrollar el derecho consuetudinario según sea necesario, independientemente de si alguna de las partes le pide al tribunal que lo haga; [xxxiii] : 39  y en Thebus , el Vicepresidente de la Corte Suprema Dikgang Moseneke concibió la sección 39(2) como una fuente de autoridad constitucional y directrices constitucionales para el poder inherente y rutinario de los tribunales superiores "para remodelar y desarrollar el derecho consuetudinario con el fin de reflejar la cambiante composición social, moral y económica de la sociedad". [xxxiv] : 31  Este poder judicial constitucional para remodelar el derecho consuetudinario de acuerdo con la Carta de Derechos está generalmente limitado por el requisito de que el derecho consuetudinario debe desarrollarse de manera incremental y caso por caso, con referencia a los detalles del caso ante el tribunal; según Currie y de Waal, "Se debe proporcionar cierta orientación sobre el nuevo enfoque, al tiempo que se debe dejar espacio para que los tribunales desarrollen el principio caso por caso". [3] : 63 

Referencias

Comentario

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Enlaces externos