Cortes de Cádiz

Se conoce como Cortes de Cádiz a la asamblea constituyente reunida en Cádiz a comienzos del siglo XIX, durante la Guerra de la Independencia Española y mientras la ciudad permanecía sitiada por las tropas napoleónicas.

Estaban compuestas por militares, representantes del alto clero, funcionarios y profesores, muchos de ellos conservadores, por lo que a pesar de que el origen del movimiento fuera revolucionario, la finalidad era sostener la guerra contra el imperio francés.

Tras intensos debates se decidió que fueran unicamerales, y electas por un complicado sistema de sufragio indirecto.

[5]​ En estos primeros pasos del parlamentarismo aún no existían los partidos políticos, pero la mayoría de los diputados convocados en Cádiz se encuadraban en tres corrientes.

Los absolutistas también llamados por los liberales los «serviles» por su sumisión a la corona, querían que la soberanía radicara exclusivamente en el monarca, cuyo poder no debía tener ninguna restricción, y consideraban que las Cortes habrían de limitarse a recopilar y sistematizar las leyes.

No eran mayoría, pero formaban un equipo cohesionado, con notable formación intelectual y capacidad de iniciativa.

Más activos, militantes y elocuentes que el resto de los grupos, consideraban que la soberanía debía recaer exclusivamente en la nación, representada en las Cortes, y lograron imponer sus tesis aunque con importantes concesiones a los otros grupos.

Sin embargo, en plena guerra contra Francia, la revolución que impulsaban los liberales no podía asumir como propia la inspiración gala.

Al no poder invocar los principios de la Ilustración ni de la Revolución Francesa, se remontaron al pasado, a una Castilla medieval en la cual los reyes habrían visto limitado su poder absoluto por las Cortes.

El principio de que la soberanía reside en la Nación, compuesta por ciudadanos libres e iguales, vertebra todo el texto.

Hábitos y actitudes que hoy parecen cotidianos eran imposibles antes de ser reconocidos por primera vez en Cádiz.

Asimismo, estableció en su artículo 339 que las contribuciones "se repartirán entre todos los españoles con proporción a sus facultades, sin excepción ni privilegio alguno".

En efecto, el artículo 22 reconocía a los mulatos la nacionalidad española, pero el 29 los privaba de los derechos políticos.

Esta medida servía, además, para reducir el número de diputados americanos, ya que se proponía un sufragio universal proporcional a la población.

[8]​ Las Cortes se caracterizaron por la poca representación que se concedió a las provincias americanas, pobladas por 13 millones de personas pero representadas por apenas 30 diputados, frente a las peninsulares, con 10 millones de personas pero 77 diputados.

[9]​ Era, además, un modelo complejo de sufragio indirecto, estructurado en tres niveles: la parroquia, el municipio y la provincia.

Un modelo similar se aplicó a la elección de ayuntamientos y diputaciones provinciales.

Los señores feudales tenían plena potestad para administrar justicia y nombrar autoridades en los señoríos sometidos a su jurisdicción.

Los vasallos también debían realizar prestaciones personales, como trabajar algunos días en las tierras, molinos o fábricas del señor.

[cita requerida] El decreto del 6 de agosto abolió los señoríos jurisdiccionales, es decir, la potestad de los señores para ejercer justicia y realizar nombramientos administrativos: en adelante, tal y como reguló la Constitución, administrarían la justicia tribunales independientes, comunes para toda la Nación.

Y ello provocó litigios con los campesinos, que también reclamaban la propiedad de estas tierras.

A principios de mayo estaba previsto que las Cortes se reunieran por primera vez en Madrid.

Juramento de las Cortes de Cádiz en la Iglesia mayor parroquial de San Fernando, obra de José Casado del Alisal , expuesta en el Congreso de los Diputados de Madrid.
Regiones de España según la representación de diputados en 1810 ante las Cortes de Cádiz. En rojo los territorios pertenecientes a la corona que no contaron con representación directa.
Monumento a las Cortes de Cádiz, en Cádiz, España.
Napoleón Bonaparte acepta la rendición de Madrid (diciembre de 1808).
Plano de Cádiz y sus alrededores (hacia 1813).
Real Teatro de las Cortes en la Isla de León , hoy día San Fernando (Cádiz), lugar de reunión, entre el 24 de septiembre de 1810 y el 20 de febrero de 1811, de las Cortes de Cádiz.
Oratorio de San Felipe Neri , en Cádiz. Las lápidas conmemoran el centenario de las Cortes de Cádiz que aquí se reunieron desde el 20 de febrero de 1811 y aprobaron la Constitución de 1812 .
Retrato del cardenal Luis María de Borbón , único miembro de la familia real que permaneció en España durante la invasión francesa, y cuyo Consejo de Regencia presidió en 1813.
Portada original de la Constitución de 1812 , donde se puede apreciar la ciudad de Cádiz sometida al asedio de los franceses.
Aprobación de la Constitución de 1812 por las Cortes de Cádiz, en una obra de Salvador Viniegra conservada en el Museo de las Cortes de Cádiz .
Grabado del sacerdote Diego Muñoz-Torrero , diputado en las Cortes de Cádiz y uno de los máximos defensores de la libertad de prensa.
Retrato de Agustín Argüelles , diputado por Asturias en las Cortes, quien participó activamente defendiendo la abolición de la esclavitud y la tortura.
Alegoría de la abolición de la Inquisición por las Cortes de Cádiz. Grabado de Manuel Alegre y Pedro Nolasco Gascó por dibujo de Antonio Rodríguez Onofre con el que apareció ilustrado el texto impreso de la Discusión del proyecto de decreto sobre el Tribunal de la Inquisición , Imprenta Nacional, Cádiz, 1813. Inscripción: «A la NACIÓN ESPAÑOLA que apoyada en la RELIGIÓN y excitada por la LIBERTAD derriba el edificio de la Inquisición. Huyen despavoridos la SUPERSTICIÓN, el FANATISMO y la HIPOCRESÍA; y la VERDAD aparece triunfante en el ayre». Biblioteca Nacional de España .
Retrato de Dionisio Yupanqui , diputado por las provincias del Perú , quien junto con Ramón Olaguer , encabezaron la defensa de la abolición de impuestos sobre los pueblos indígenas.
Retrato del diputado novohispano Antonio Joaquín Pérez , defensor del reparto de poderes entre las diferentes entidades del Imperio español , y partidario de la abolición de la Inquisición y la libertad de prensa.
Retrato del obispo de Mallorca Bernardo Nadal , quien ejerció como diputado por Baleares, partidario de la abolición de los señoríos territoriales.
Retrato del diputado neogranadino José Mejía Lequerica , defensor de la reforma del sistema judicial.
Derogación de la Constitución de 1812 por Fernando VII en el Palacio de Cervelló de Valencia. El 4 de mayo de 1814, al regresar el monarca a España, derogó la constitución, disolvió las Cortes de Cádiz y ordenó la detención de sus diputados.
Cerámica española del siglo XIX con la efigie de Fernando VII y la frase Viva mi Dueño , uno de los indicios del rechazo a las ideas liberales de las Cortes de Cádiz por una parte de la población española.