Augusta[1] fue el título honorífico imperial romano de las emperatrices.
El título de Augusta, aunque similar a su homólogo masculino, no implicaba ni el imperium proconsular ni la potestad tribunicia, con lo que junto al hecho de que siendo mujer difícilmente pudiera llevar el título de imperator, hacía imposible el ejercicio efectivo y legal del poder.
Solamente existen dos casos en los que una mujer podría haber gobernado por derecho propio: cuando Calígula, enfermo, designó como sucesora a su hermana Julia Drusila y en el caso de Ulpia Severina, que según determinados historiadores llegó a ser emperatriz por un corto período de tiempo, después de la muerte de su marido Aureliano.
[2][3] En el siglo III, las Augustae también podían recibir los títulos de Mater castrorum ("Madre del campo") y Mater patriae ("Madre de la Patria").
Solamente nueve de las treinta esposas imperiales entre los años 324-527 fueron reconocidas como tales.