Estatuto de autonomía

Una vez elaborado será elevado a las Cortes Generales para su aprobación que lo tramitarán por ley.

En el estatuto se recogen, al menos, la denominación de la comunidad autónoma; la delimitación territorial; la denominación, organización y sede de las instituciones autónomas; las competencias asumidas dentro del marco establecido en la Constitución y las bases para el traspaso de los servicios correspondientes a las mismas y, si procede, los principios del régimen lingüístico.

Los fueros locales, fueros municipales o fueros eran los estatutos jurídicos aplicables en un determinado reino medieval o a determinadas localidades, dependiendo del caso, cuya finalidad era regular la vida local, estableciendo un conjunto de normas, derechos y privilegios, otorgados por el rey, el señor de la tierra o el propio consejo, es decir, las leyes propias de un lugar.

59 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) El Tribunal Constitucional conocerá de los conflictos que se susciten sobre las competencias o atribuciones asignadas por la Constitución, los Estatutos, Ley orgánica u ordinarias.

Como todas las normas del ordenamiento jurídico español, están subordinados a la Constitución, por lo que su reforma puede ser recurrida al Tribunal Constitucional.