Concejos Municipales Interinos de Hidalgo (2020)

[12]​ En 1994, se reformó para que los integrantes del Concejo fueran nombrados por el Congreso de Hidalgo.

[15]​ La Ley Orgánica Municipal establece que el Concejo Municipal Interino lo integran un presidente, un vocal ejecutivo que haría las funciones de síndico si el municipio tiene menos de 100 000 habitantes (si pasa de los 100 000 habitantes, se designan dos vocales ejecutivos: uno sería síndico hacendario y, el otro, síndico jurídico), y cinco vocales, que serían los regidores.

[19]​[20]​ La Auditoría Superior del Estado de Hidalgo (ASEH), desde marzo asesoro las alcaldías salientes; e implementó el programa Procedimiento de Entrega-Recepción Final para que las administraciones pudieran integrar, revisar y procesar la información del ciclo 2016-2020.

[21]​ Entre el y 8 de septiembre las primeras alcaldías que firmaron el formato fueron: Agua Blanca, Alfajayucan, Tlaxcoapan, Cardonal, Ixmiquilpan, Omitlán, Mineral de la Reforma, Jaltocán, Tulancingo, Huejutla, Pachuca, San Agustín Metzquititlán, San Felipe Orizatlán, Actopan, Tecozautla, Huehuetla, Nicolás Flores, Tepeapulco y Atlapexco.

[21]​ El 11 de septiembre: Acatlán, Atitalaquia, Atotonilco el Grande, Chapantongo, Huazalingo, Jacala, Molango, San Salvador, Santiago Tulantepec, Tlanalapa y Tolcayuca.