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Convenio Europeo de Derechos Humanos

El Convenio Europeo de Derechos Humanos ( CEDH ; formalmente Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales ) es un convenio internacional para proteger los derechos humanos y las libertades políticas en Europa . Redactada en 1950 por el entonces recién formado Consejo de Europa , [1] la convención entró en vigor el 3 de septiembre de 1953. Todos los estados miembros del Consejo de Europa son parte de la convención y se espera que los nuevos miembros la ratifiquen lo antes posible. [2]

La convención estableció el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (generalmente denominado por las siglas TEDH). Cualquier persona que sienta que sus derechos han sido violados en virtud de la convención por un Estado parte puede llevar un caso a los tribunales. Las sentencias que declaran violaciones son vinculantes para los Estados interesados ​​y están obligados a ejecutarlas. El Comité de Ministros del Consejo de Europa supervisa la ejecución de las sentencias, en particular para garantizar que los pagos otorgados por el tribunal compensen adecuadamente a los solicitantes por los daños que han sufrido. [3]

La convención cuenta con once protocolos , que modifican el marco de la convención. [4]

La convención ha tenido una influencia significativa en la legislación de los países miembros del Consejo de Europa [5] y es ampliamente considerada el tratado internacional más eficaz para la protección de los derechos humanos. [6] [7]

Historia

Sello ucraniano, conmemorativo de los 60 años del Convenio Europeo de Derechos Humanos

El Convenio Europeo de Derechos Humanos ha desempeñado un papel importante en el desarrollo y la concienciación sobre los derechos humanos en Europa. El desarrollo de un sistema regional de protección de los derechos humanos que funcione en toda Europa puede verse como una respuesta directa a dos preocupaciones gemelas. En primer lugar, después de la Segunda Guerra Mundial , la convención, inspirada en la Declaración Universal de Derechos Humanos , puede verse como parte de una respuesta más amplia de las potencias aliadas para elaborar una agenda de derechos humanos destinada a prevenir las más graves consecuencias. que se repitan las violaciones de derechos humanos que se produjeron durante la Segunda Guerra Mundial. [8]

En segundo lugar, la convención fue una respuesta al crecimiento del estalinismo en Europa central y oriental y fue diseñada para proteger a los estados miembros del Consejo de Europa de la subversión comunista. Esto, en parte, explica las constantes referencias a valores y principios que son " necesarios en una sociedad democrática " a lo largo de la convención, a pesar de que tales principios no están definidos de ninguna manera dentro de la propia convención. [8]

Del 7 al 10 de mayo de 1948, políticos como Winston Churchill , François Mitterrand y Konrad Adenauer ; representantes de la sociedad civil; académica; líderes del negocio; sindicalistas; y los líderes religiosos convocaron el Congreso de Europa en La Haya . Al finalizar el Congreso se emitió una declaración y siguiente compromiso para crear la convención. Los artículos segundo y tercero del compromiso dicen: "Queremos una Carta de Derechos Humanos que garantice la libertad de pensamiento, reunión y expresión, así como el derecho a formar una oposición política. Deseamos un Tribunal de Justicia con sanciones adecuadas para la implementación de esta Carta." [9]

La convención fue redactada por el Consejo de Europa después de la Segunda Guerra Mundial y el Congreso de La Haya. Más de 100 parlamentarios de los doce estados miembros del Consejo de Europa se reunieron en Estrasburgo en el verano de 1949 para la primera reunión de la Asamblea Consultiva del Consejo para redactar una "carta de derechos humanos" y establecer un tribunal para hacerla cumplir. El parlamentario y abogado británico Sir David Maxwell-Fyfe , presidente del Comité de Cuestiones Jurídicas y Administrativas de la Asamblea, fue uno de sus principales miembros y guió la redacción de la convención, basada en un borrador anterior elaborado por el Movimiento Europeo . Como fiscal en los Juicios de Nuremberg , había visto de primera mano cómo se podía aplicar eficazmente la justicia internacional.

El ex ministro francés y luchador de la Resistencia Pierre-Henri Teitgen presentó un informe [10] a la Asamblea proponiendo una lista de derechos a proteger, seleccionando algunos de la Declaración Universal de Derechos Humanos que se había acordado recientemente en Nueva York y definiendo cómo podría funcionar el mecanismo judicial de ejecución. Después de extensos debates, [11] la Asamblea envió su propuesta final [12] al Comité de Ministros del Consejo, que convocó a un grupo de expertos para redactar la propia convención.

La convención fue diseñada para incorporar un enfoque tradicional de libertades civiles para asegurar una "democracia política efectiva", proveniente de las tradiciones más fuertes del Reino Unido, Francia y otros estados miembros del incipiente Consejo de Europa, como dijo Guido Raimondi , presidente de la Unión Europea. Tribunal de Derechos Humanos :

El sistema europeo de protección de los derechos humanos con su Tribunal sería inconcebible sin la democracia. De hecho, tenemos un vínculo que no es sólo regional o geográfico: un Estado no puede ser parte del Convenio Europeo de Derechos Humanos si no es miembro del Consejo de Europa; no puede ser Estado miembro del Consejo de Europa si no respeta la democracia pluralista, el Estado de derecho y los derechos humanos. Por tanto, un Estado no democrático no podría participar en el sistema del CEDH: la protección de la democracia va de la mano con la protección de los derechos.

—  Guido Raimondi [13]

La convención se abrió a la firma el 4 de noviembre de 1950 en Roma. Fue ratificado y entró en vigor el 3 de septiembre de 1953. Es supervisado y aplicado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo y el Consejo de Europa . Hasta las reformas procesales de finales de los años 1990, la convención también estaba supervisada por una Comisión Europea de Derechos Humanos.

Han presentado propuestas para reformar el CEDH, por ejemplo, el Primer Ministro del Reino Unido, Rishi Sunak , [14] y otros políticos del Reino Unido. [15]

Redacción

La convención está redactada en términos amplios, de manera similar (aunque más moderna) a la Ley de Reclamación de Derechos de Escocia de 1689 , a la Declaración de Derechos Inglesa de 1689 , a la Declaración de Derechos de Estados Unidos de 1791, a la Declaración Francesa de Derechos de 1789. El hombre y el ciudadano , o la primera parte de la Ley Fundamental alemana . Las declaraciones de principios, desde un punto de vista jurídico, no son determinantes y requieren una interpretación exhaustiva por parte de los tribunales para resaltar su significado en situaciones fácticas particulares. [dieciséis]

Artículos de la convención

Modificado por el Protocolo 11, el convenio consta de tres partes. Los principales derechos y libertades están contenidos en la Sección I, que consta de los artículos 2 a 18. La Sección II (Artículos 19 a 51) establece el tribunal y sus reglas de funcionamiento. La sección III contiene varias disposiciones finales.

Antes de la entrada en vigor del Protocolo 11, la Sección II (Artículo 19) creaba la Comisión y el tribunal, las Secciones III (Artículos 20 a 37) y IV (Artículos 38 a 59) incluían los mecanismos de alto nivel para el funcionamiento de, respectivamente, la Comisión y el tribunal, y la Sección V contenía varias disposiciones finales.

Muchos de los artículos de la Sección I están estructurados en dos párrafos: el primero establece un derecho o libertad básico (como el artículo 2(1) – el derecho a la vida), pero el segundo contiene varias exclusiones, excepciones o limitaciones al derecho básico. (como el artículo 2(2), que exceptúa ciertos usos de la fuerza que conduzcan a la muerte).

Artículo 1 – respeto de los derechos

El artículo 1 simplemente obliga a las partes signatarias a garantizar los derechos previstos en los demás artículos de la convención "dentro de su jurisdicción". En casos excepcionales, la "jurisdicción" no puede limitarse al territorio nacional del propio Estado contratante; la obligación de garantizar los derechos convencionales también se extiende a territorios extranjeros, como las tierras ocupadas en las que el Estado ejerce un control efectivo.

En Loizidou contra Turquía , [17] el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictaminó que la jurisdicción de los estados miembros de la convención se extendía a áreas bajo el control efectivo de ese estado como resultado de una acción militar.

Artículo 2 – vida

En 2019, el Tribunal Supremo de los Países Bajos citó el artículo 2 del CEDH para decir que el gobierno debe limitar el cambio climático para proteger la salud humana. [18]

El artículo 2 protege el derecho de toda persona a su vida. El derecho a la vida se extiende sólo a los seres humanos, no a los animales [19] ni a las "personas jurídicas" como las corporaciones. [19] En Evans contra Reino Unido , el tribunal dictaminó que la cuestión de si el derecho a la vida se extiende a un embrión humano entraba dentro del margen de apreciación del Estado . En Vo contra Francia , [20] el tribunal se negó a extender el derecho a la vida al feto, al tiempo que afirmó que "no es deseable, ni siquiera posible tal como están las cosas, responder en abstracto a la cuestión de si el feto es una persona a los efectos del artículo 2 del Convenio". [21]

El tribunal ha dictaminado que los estados tienen tres deberes principales según el artículo 2:

  1. el deber de abstenerse de realizar homicidios ilegítimos,
  2. el deber de investigar muertes sospechosas, y
  3. en determinadas circunstancias, un deber positivo de evitar pérdidas previsibles de vidas. [22]

El primer párrafo del artículo contiene una excepción para las ejecuciones legales , aunque esta excepción ha sido reemplazada en gran medida por los Protocolos 6 y 13. El Protocolo 6 prohíbe la imposición de la pena de muerte en tiempos de paz, mientras que el Protocolo 13 extiende la prohibición a todas las circunstancias. (Para más información sobre los Protocolos 6 y 13, ver más abajo).

El segundo párrafo del artículo 2 establece que la muerte resultante de defenderse a uno mismo o a otros, arrestar a un sospechoso o fugitivo, o reprimir disturbios o insurrecciones, no contravendrá el artículo cuando el uso de la fuerza involucrado "no sea más que absolutamente necesario".

Los estados signatarios de la convención sólo pueden derogar los derechos contenidos en el artículo 2 en el caso de muertes que resulten de actos lícitos de guerra.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos no se pronunció sobre el derecho a la vida hasta 1995, cuando en McCann y otros contra Reino Unido [23] dictaminó que la excepción contenida en el segundo párrafo no constituye situaciones en las que está permitido matar, pero situaciones en las que está permitido el uso de la fuerza que podría dar lugar a la privación de la vida. [24]

Artículo 3 – tortura

El artículo 3 prohíbe la tortura y los "tratos o penas inhumanos o degradantes". No existen excepciones ni limitaciones a este derecho. Esta disposición suele aplicarse, aparte de la tortura, a casos de violencia policial grave y malas condiciones de detención.

El tribunal ha subrayado el carácter fundamental del artículo 3 al sostener que la prohibición se establece en "términos absolutos... independientemente de la conducta de la víctima". [25] El tribunal también ha sostenido que los Estados no pueden deportar o extraditar a personas que puedan ser sometidas a torturas o tratos o penas inhumanos o degradantes en el Estado receptor. [26]

El primer caso en examinar el artículo 3 fue el caso griego , que sentó un precedente influyente. [27] En Irlanda contra el Reino Unido (1979-1980), el tribunal dictaminó que las cinco técnicas desarrolladas por el Reino Unido ( pararse en la pared , encapucharse , someterse al ruido , privación del sueño y privación de alimentos y bebidas ), como utilizados contra catorce detenidos en Irlanda del Norte por el Reino Unido fueron "inhumanos y degradantes" y violaron el Convenio Europeo de Derechos Humanos, pero no constituyeron "tortura". [28]

En Aksoy contra Turquía (1997), el tribunal declaró a Turquía culpable de tortura en 1996 en el caso de un detenido que estaba suspendido de los brazos y con las manos atadas a la espalda. [29]

Selmouni contra Francia (2000), el tribunal pareció estar más abierto a declarar culpables a los Estados de tortura y dictaminó que, dado que la convención es un "instrumento vivo", el trato que anteriormente había caracterizado como inhumano o degradante podría en el futuro ser considerado como un trato inhumano o degradante. tortura. [30]

En 2014, después de que se descubriera nueva información que mostraba que la decisión de utilizar las cinco técnicas en Irlanda del Norte en 1971-1972 había sido tomada por ministros británicos, [31] el gobierno irlandés pidió al Tribunal Europeo de Derechos Humanos que revisara su sentencia. En 2018, por seis votos contra uno, el tribunal declinó. [32]

Artículo 4 – servidumbre

El artículo 4 prohíbe la esclavitud , la servidumbre y el trabajo forzoso pero exime el trabajo:

Artículo 5 – libertad y seguridad

El artículo 5 establece que toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad personales. La libertad y la seguridad de la persona se consideran conceptos "compuestos": la seguridad de la persona no ha sido objeto de una interpretación separada por parte del tribunal.

El artículo 5 establece el derecho a la libertad , sujeto únicamente a arresto o detención legal en determinadas otras circunstancias, como el arresto por sospecha razonable de un delito o el encarcelamiento en cumplimiento de una sentencia. El artículo también otorga a los detenidos el derecho a ser informados, en un idioma que comprendan, de los motivos del arresto y de los cargos que se les imputan, el derecho a un rápido acceso a los procedimientos judiciales para determinar la legalidad del arresto o la detención, a juicio dentro de un plazo razonable o puesta en libertad en espera de juicio, y derecho a indemnización en caso de arresto o detención en violación de este artículo.

Artículo 6 – juicio justo

El artículo 6 establece un derecho detallado a un juicio justo , incluido el derecho a una audiencia pública ante un tribunal independiente e imparcial dentro de un plazo razonable, la presunción de inocencia y otros derechos mínimos para aquellos acusados ​​de un delito penal (tiempo y facilidades adecuados para preparar su defensa, acceso a representación letrada, derecho a interrogar o hacer interrogar a los testigos de cargo, derecho a la asistencia gratuita de un intérprete). [33]

La mayoría de las violaciones de las convenciones que el tribunal considera hoy son demoras excesivas, en violación del requisito del "plazo razonable", en procedimientos civiles y penales ante los tribunales nacionales, principalmente en Italia y Francia . En virtud del requisito de "tribunal independiente", el tribunal ha dictaminado que los jueces militares de los tribunales de seguridad del Estado turcos son incompatibles con el artículo 6. De conformidad con este artículo, Turquía ha adoptado ahora una ley que abolió estos tribunales.

Otro conjunto importante de violaciones se refiere a la "cláusula de confrontación" del artículo 6 (es decir, el derecho a interrogar a los testigos o a hacer que los interroguen). A este respecto, pueden surgir problemas de cumplimiento del artículo 6 cuando las leyes nacionales permitan el uso como prueba de los testimonios de testigos ausentes, anónimos y vulnerables.

Artículo 7 – retroactividad

El artículo 7 prohíbe la penalización retroactiva de actos y omisiones. Ninguna persona podrá ser castigada por un acto que no constituía delito en el momento de su comisión. El artículo establece que un delito penal es aquel contemplado en el derecho nacional o internacional, que permitiría a una parte procesar a alguien por un delito que no era ilegal según el derecho interno en ese momento, siempre que estuviera prohibido por el derecho internacional . El artículo también prohíbe imponer una pena más grave que la aplicable en el momento en que se cometió el acto delictivo.

El artículo 7 incorpora el principio jurídico nullum crimen, nulla poena sine lege (no hay delito ni pena sin ley) en la convención.

Los casos relevantes son:

Artículo 8 – privacidad

El artículo 8 establece el derecho al respeto de la "vida privada y familiar, de su domicilio y de su correspondencia ", sujeto a determinadas restricciones que son "conformes a la ley" y "necesarias en una sociedad democrática". Este artículo establece claramente el derecho a estar libre de registros ilegales, pero el tribunal ha otorgado la protección de la "vida privada y familiar" que este artículo proporciona una interpretación amplia, tomando por ejemplo que la prohibición de actos homosexuales privados y consensuales viola este artículo. Ha habido casos que discuten relaciones sexuales familiares consensuales y cómo la criminalización de esto puede violar este artículo. Sin embargo, el TEDH todavía permite que tales actos sexuales familiares sean criminales. [35]

Esto puede compararse con la jurisprudencia de la Corte Suprema de los Estados Unidos, que también ha adoptado una interpretación algo amplia del derecho a la privacidad . Además, el artículo 8 a veces comprende obligaciones positivas : [36] mientras que los derechos humanos clásicos se formulan como una prohibición a un Estado de interferir con los derechos y, por lo tanto, de no hacer algo (por ejemplo, no separar a una familia bajo protección de la vida familiar), el disfrute efectivo de tales derechos también pueden incluir la obligación del Estado de actuar y hacer algo (por ejemplo, imponer el acceso de un padre divorciado a su hijo).

Casos notables:

Artículo 9 – conciencia y religión

El artículo 9 establece el derecho a la libertad de pensamiento , conciencia y religión . Esto incluye la libertad de cambiar de religión o creencia y de manifestar una religión o creencia en el culto, la enseñanza, la práctica y la observancia, sujeto a ciertas restricciones que sean "de conformidad con la ley" y "necesarias en una sociedad democrática".

Los casos relevantes son:

Artículo 10 – expresión

El artículo 10 establece el derecho a la libertad de expresión , sujeto a ciertas restricciones que sean "conformes a la ley" y "necesarias en una sociedad democrática". Este derecho incluye la libertad de mantener opiniones y de recibir y difundir información e ideas, pero permite restricciones para:

Los casos relevantes son:

Artículo 11 – asociación

El artículo 11 protege el derecho a la libertad de reunión y asociación, incluido el derecho a formar sindicatos , sujeto a ciertas restricciones que son "de conformidad con la ley" y "necesarias en una sociedad democrática".

Artículo 12 – matrimonio

El artículo 12 establece el derecho de las mujeres y los hombres en edad de contraer matrimonio a contraer matrimonio y formar una familia.

A pesar de varias invitaciones, el tribunal hasta ahora se ha negado a aplicar las protecciones de este artículo al matrimonio entre personas del mismo sexo . El tribunal ha defendido esto basándose en que el artículo estaba destinado a aplicarse sólo al matrimonio entre personas de diferentes sexos y que se debe conceder un amplio margen de apreciación a las partes en este ámbito.

En Goodwin contra Reino Unido, el tribunal dictaminó que una ley que todavía clasificaba a las personas transexuales postoperatorias según su sexo preoperatorio violaba el artículo 12, ya que significaba que las personas transexuales no podían casarse con personas de su sexo opuesto postoperatorio. Esto revocó un fallo anterior en Rees contra Reino Unido . Sin embargo, esto no alteró la interpretación del Tribunal de que el artículo 12 protege sólo a las parejas de diferentes sexos.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictaminó en Schalk y Kopf contra Austria que los países no están obligados a proporcionar licencias de matrimonio para parejas del mismo sexo; sin embargo, si un país permite el matrimonio entre parejas del mismo sexo, debe hacerlo en las mismas condiciones que enfrentan las parejas del sexo opuesto, [39] para evitar una violación del artículo 14 – la prohibición de la discriminación. Además, el tribunal dictaminó en el caso Oliari y otros contra Italia de 2015 que los estados tienen una obligación positiva de garantizar que exista un marco legal específico para el reconocimiento y protección de las parejas del mismo sexo.

Artículo 13 – recurso efectivo

El artículo 13 establece el derecho a un recurso efectivo ante las autoridades nacionales por violaciones de los derechos establecidos en la convención. La imposibilidad de obtener un recurso ante un tribunal nacional por una infracción de un derecho del Convenio es, por lo tanto, una infracción del Convenio independiente y procesable por separado.

Artículo 14 – discriminación

El artículo 14 contiene una prohibición de discriminación . Esta prohibición es amplia en algunos aspectos y limitada en otros. Es amplio porque prohíbe la discriminación por un número potencialmente ilimitado de motivos. Si bien el artículo prohíbe específicamente la discriminación basada en "sexo, raza, color, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, asociación con una minoría nacional, posición económica, nacimiento u otra condición", el último de ellos permite al tribunal ampliar la protección del artículo 14 a otros motivos no mencionados específicamente, como se ha hecho con respecto a la discriminación basada en la orientación sexual de una persona.

Al mismo tiempo, la protección del artículo es limitada en el sentido de que sólo prohíbe la discriminación con respecto a los derechos establecidos en la convención. Por lo tanto, un solicitante debe demostrar discriminación en el disfrute de un derecho específico garantizado en otras partes de la convención (por ejemplo, discriminación basada en el sexo – Artículo 14 – en el disfrute del derecho a la libertad de expresión – Artículo 10). [35]

El Protocolo 12 extiende esta prohibición para cubrir la discriminación en cualquier derecho legal, incluso cuando ese derecho legal no esté protegido por la convención, siempre que esté previsto en la legislación nacional.

Artículo 15 – excepciones

El artículo 15 permite a los estados contratantes suspender ciertos derechos garantizados por la convención en tiempos de "guerra u otra emergencia pública que amenace la vida de la nación". Las excepciones permitidas en virtud del artículo 15 deben cumplir tres condiciones sustantivas:

  1. debe haber una emergencia pública que amenace la vida de la nación;
  2. cualquier medida que se adopte en respuesta debe ser "estrictamente requerida por las exigencias de la situación"; y
  3. las medidas adoptadas en respuesta deben cumplir con las demás obligaciones del Estado en virtud del derecho internacional.

Además de estos requisitos sustantivos, la excepción debe ser procesalmente sólida. Debe haber algún anuncio formal de la derogación y notificación de la derogación y de cualquier medida adoptada en virtud de ella, y el fin de la derogación debe comunicarse al Secretario General del Consejo de Europa . [40]

Hasta 2016, sólo ocho Estados miembros habían invocado alguna vez derogaciones. [41] El tribunal es bastante permisivo al aceptar las derogaciones de la convención por parte de un Estado, pero aplica un mayor grado de escrutinio al decidir si las medidas tomadas por los Estados bajo una derogación son, en palabras del artículo 15, "estrictamente requeridas por las exigencias de la Convención". situación". Así, en A contra Reino Unido , el tribunal desestimó una reclamación de que una derogación presentada por el gobierno británico en respuesta a los ataques del 11 de septiembre era inválida, pero llegó a la conclusión de que las medidas adoptadas por el Reino Unido en virtud de esa derogación eran desproporcionadas. [42]

Ejemplos de tales excepciones incluyen:

Artículo 16 – partes extranjeras

El artículo 16 permite a los estados restringir la actividad política de los extranjeros. El tribunal ha dictaminado que los estados miembros de la Unión Europea no pueden considerar extranjeros a los nacionales de otros estados miembros. [46]

Artículo 17 – abuso de derecho

El artículo 17 establece que nadie podrá utilizar los derechos garantizados por la convención para buscar la abolición o limitación de los derechos garantizados en la convención. Esto aborda casos en los que los Estados buscan restringir un derecho humano en nombre de otro derecho humano, o en los que los individuos se basan en un derecho humano para socavar otros derechos humanos (por ejemplo, cuando un individuo lanza una amenaza de muerte).

Artículo 18 – restricciones permitidas

El artículo 18 establece que cualquier limitación de los derechos previstos en la convención sólo podrá utilizarse para el fin para el que fueron previstas. Por ejemplo, el artículo 5, que garantiza el derecho a la libertad personal, puede limitarse explícitamente para llevar a un sospechoso ante un juez. Utilizar la prisión preventiva como medio para intimidar a una persona con un pretexto falso es, por tanto, una limitación del derecho (a la libertad) que no responde a un fin explícitamente previsto (el de ser llevado ante un juez), y por tanto es contrario al artículo 18.

Protocolos de la convención

En enero de 2010 , se han abierto a la firma quince protocolos de la convención. Estos se pueden dividir en dos grupos principales: los que modifican el marco del sistema de convenciones y los que amplían los derechos que pueden protegerse. Los primeros requieren la ratificación unánime de los estados miembros antes de entrar en vigor, mientras que los segundos requieren la firma de un cierto número de estados antes de entrar en vigor.

Protocolo 1

Este Protocolo contiene tres derechos diferentes que los signatarios no pudieron acordar incluir en la propia convención. [48] ​​Mónaco y Suiza firmaron el Protocolo 1, pero nunca lo ratificaron. [49]

Artículo 1 – propiedad

El artículo 1 ("A1P1") [50] establece que "toda persona física o jurídica tiene derecho al disfrute pacífico de sus bienes ". El Tribunal Europeo de Derechos Humanos reconoció una violación del justo equilibrio entre las exigencias del interés general de la comunidad y las exigencias de la protección de los derechos fundamentales del individuo, además, en la incertidumbre -para el propietario- sobre el futuro del propiedad, y en ausencia de subsidio. [51]

En el caso Mifsud y otros contra Malta (38770/17), se determinó que el Estado maltés había violado el artículo 1 del Protocolo núm. 1 de la convención. El caso se refería a un terreno propiedad de la familia Mifsud y sus herederos que fue expropiado dos veces (en 1984 y en 2012). El tribunal, en su sentencia, afirmó que "el Tribunal Constitucional (maltés) no tenía base alguna para fundamentar su conclusión. El Tribunal está desconcertado por las circunstancias del presente caso, que llevaron a que se aprobara una expropiación de bienes sin que nadie pudiera para hacer valer las razones detrás de tal expropiación." [52]

Artículo 2 – educación

El artículo 2 establece el derecho a que no se les niegue la educación y el derecho de los padres a que sus hijos sean educados de acuerdo con sus opiniones religiosas y de otra índole. Sin embargo, no garantiza ningún nivel particular de educación de ninguna calidad particular. [53]

Aunque expresado en el Protocolo como un derecho negativo, en Şahin c. Turquía el tribunal dictaminó que:

Sería difícil imaginar que las instituciones de educación superior existentes en un momento dado no entren en el ámbito de aplicación de la primera frase del artículo 2 del Protocolo nº 1. Aunque dicho artículo no impone a los Estados contratantes la obligación de crear instituciones de la educación superior, cualquier Estado que lo haga estará obligado a garantizar un derecho efectivo de acceso a ellos. En una sociedad democrática, el derecho a la educación, que es indispensable para la promoción de los derechos humanos, desempeña un papel tan fundamental que una interpretación restrictiva de la primera frase del artículo 2 del Protocolo núm. 1 no sería coherente con el objetivo o propósito de esa disposición. [54]

Artículo 3 – elecciones

El artículo 3 establece el derecho a elecciones realizadas mediante votación secreta, que también serán libres y se desarrollarán a intervalos regulares. [55]

Protocolo 4 – prisión civil, libre circulación, expulsión

El artículo 1 prohíbe el encarcelamiento de personas por incapacidad para cumplir un contrato. El artículo 2 establece el derecho a circular libremente dentro de un país una vez que esté legalmente allí y el derecho a salir de cualquier país. El artículo 3 prohíbe la expulsión de nacionales y establece el derecho de un individuo a ingresar a un país de su nacionalidad. El artículo 4 prohíbe la expulsión colectiva de extranjeros. [56]

Turquía y el Reino Unido firmaron pero nunca ratificaron el Protocolo 4. Grecia y Suiza no firmaron ni ratificaron este protocolo. [57]

El hecho de que el Reino Unido no haya ratificado este protocolo se debe a preocupaciones sobre la interacción de los artículos 2 y 3 con la ley de nacionalidad británica . Específicamente, varias clases de "nacionales británicos" (como los ciudadanos británicos (de ultramar) ) no tienen derecho de residencia en el Reino Unido y están sujetos a control de inmigración allí. En 2009, el gobierno del Reino Unido declaró que no tenía planes de ratificar el Protocolo 4 debido a la preocupación de que se pudiera considerar que esos artículos confieren ese derecho. [58]

Protocolo 6: restricción de la pena de muerte

Requiere que las partes restrinjan la aplicación de la pena de muerte excepto por "actos cometidos en tiempo de guerra" o de "amenaza inminente de guerra".

Todos los estados miembros del Consejo de Europa han firmado y ratificado el Protocolo 6. [59]

Protocolo 7 – crimen y familia

A pesar de haber firmado el protocolo hace más de treinta años, Alemania y Países Bajos nunca lo han ratificado. Turquía, que firmó el protocolo en 1985, lo ratificó en 2016, convirtiéndose en el último Estado miembro en hacerlo. El Reino Unido no ha firmado ni ratificado el protocolo. [60]

Protocolo 12 – discriminación

El Protocolo 12 aplica los actuales motivos amplios e indefinidos de discriminación prohibida en el artículo 14 al ejercicio de cualquier derecho legal y a las acciones (incluidas las obligaciones) de las autoridades públicas.

El Protocolo entró en vigor el 1 de abril de 2005 y (a marzo de 2018 ) ha sido ratificado por 20 estados miembros. Varios estados miembros ( Bulgaria , Dinamarca , Francia , Lituania , Mónaco , Polonia , Suecia , Suiza y el Reino Unido ) no han firmado el protocolo. [61]

El gobierno del Reino Unido se ha negado a firmar el Protocolo 12 porque cree que la redacción del protocolo es demasiado amplia y daría lugar a una avalancha de nuevos casos que pondrían a prueba el alcance de la nueva disposición. Creen que la frase "derechos establecidos por la ley" podría incluir convenciones internacionales de las que el Reino Unido no es parte, y daría lugar a la incorporación furtiva de estos instrumentos. [62]

Se ha sugerido que, por lo tanto, el protocolo se encuentra en un callejón sin salida , ya que el Reino Unido se negará a firmar o ratificar el protocolo hasta que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos haya abordado el significado de la disposición, mientras que el tribunal tiene obstáculos para hacerlo. por la falta de solicitudes ante el tribunal en relación con el protocolo causada por las decisiones de los estados más poblados de Europa, incluido el Reino Unido, de no ratificar el protocolo. Sin embargo, el gobierno del Reino Unido declaró en 2004 que "está de acuerdo en principio en que el CEDH debería contener una disposición contra la discriminación que sea independiente y no parasitaria de los demás derechos del Convenio". [62] La primera sentencia que determinó una violación del Protocolo núm. 12, Sejdić y Finci c. Bosnia y Herzegovina , se dictó en 2009.

Protocolo 13: abolición total de la pena de muerte

El Protocolo 13 prevé la abolición total de la pena de muerte . [63] Actualmente, todos los estados miembros del Consejo de Europa menos uno han ratificado el Protocolo 13. Azerbaiyán [64] ha firmado pero no ratificado el protocolo. [59]


Protocolos procesales e institucionales

Las disposiciones del Convenio que afectan a cuestiones institucionales y procesales han sido modificadas varias veces mediante protocolos. Estas enmiendas, con excepción del Protocolo 2, modificaron el texto del convenio. El Protocolo 2 no modificaba el texto de la convención como tal, pero estipulaba que debía ser tratado como parte integrante del texto. Todos estos protocolos han requerido la ratificación unánime de todos los estados miembros del Consejo de Europa para entrar en vigor.

Protocolo 11

Los Protocolos 2, 3, 5, 8, 9 y 10 han sido reemplazados por el Protocolo 11, que entró en vigor el 1 de noviembre de 1998. [65] Estableció un cambio fundamental en el mecanismo de la convención. Abolió la Comisión, permitiendo a los individuos dirigirse directamente al tribunal, al que se le otorgó jurisdicción obligatoria y modificó la estructura de este último. Anteriormente los estados podían ratificar la convención sin aceptar la competencia del Tribunal de Derechos Humanos. El protocolo también abolió las funciones judiciales del Comité de Ministros.

Protocolo 14

El Protocolo 14 es continuación del Protocolo 11 y propone mejorar aún más la eficiencia del tribunal. Busca "filtrar" los casos que tienen menos posibilidades de éxito junto con aquellos que son, en términos generales, similares a casos presentados anteriormente contra el mismo Estado miembro. Además, un caso no se considerará admisible si el solicitante no ha sufrido una "desventaja significativa". Este último motivo sólo puede utilizarse cuando no se considera necesario un examen de la solicitud en cuanto al fondo y cuando el objeto de la solicitud ya ha sido examinado por un tribunal nacional.

El Protocolo 14 introdujo un nuevo mecanismo para ayudar a la ejecución de las sentencias del Comité de Ministros. El comité puede pedir al tribunal una interpretación de una sentencia e incluso puede llevar a un Estado miembro ante el tribunal por incumplimiento de una sentencia anterior contra ese Estado. El Protocolo 14 también permite la adhesión de la Unión Europea a la convención . [66] El protocolo ha sido ratificado por todos los estados miembros del Consejo de Europa, siendo Rusia el último en febrero de 2010. Entró en vigor el 1 de junio de 2010. [59]

En 2009 se abrió a la firma un Protocolo provisional 14bis. [59] A la espera de la ratificación del propio Protocolo 14, el 14bis fue ideado para permitir a la corte implementar procedimientos revisados ​​con respecto a los Estados que lo han ratificado. Permitió a jueces únicos rechazar solicitudes manifiestamente inadmisibles presentadas contra los Estados que han ratificado el protocolo. También amplió la competencia de las salas de tres jueces para declarar admisibles las demandas presentadas contra esos Estados y decidir sobre sus méritos cuando ya existe una jurisprudencia bien establecida del tribunal. Ahora que todos los estados miembros del Consejo de Europa han ratificado el Protocolo 14, el Protocolo 14bis ha perdido su razón de ser y, según sus propios términos, dejó de tener efecto cuando el Protocolo 14 entró en vigor el 1 de junio de 2010.

Ver también

Notas

  1. ^ El Consejo de Europa no debe confundirse con el Consejo de la Unión Europea o el Consejo Europeo .
  2. Resolución 1031 (1994) sobre el cumplimiento de los compromisos asumidos por los estados miembros al ingresar al Consejo de Europa Archivado el 10 de enero de 2010 en Wayback Machine .
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Otras lecturas

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