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Buscarini y otros contra San Marino

Buscarini y otros contra San Marino (solicitud núm. 24645/94) fue un caso decidido por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en 1999.

Hechos

Los demandantes, Cristoforo Buscarini y Emilio Della Balda, fueron elegidos miembros del Gran Consejo General (el parlamento de la República de San Marino) en 1993. Solicitaron permiso de los Capitanes Regentes para prestar el juramento exigido por la Ley Electoral sin hacer referencia a cualquier texto religioso. La ley se refería a un decreto del 27 de junio de 1909, que establecía el texto del juramento que debían prestar los miembros del parlamento de la siguiente manera: "Yo,..., juro por los Santos Evangelios  ...". Inicialmente, los demandantes prestaron juramento por escrito, omitiendo la referencia a los Evangelios. Su juramento fue considerado inválido y los demandantes prestaron juramento sobre los Evangelios, manteniendo su protesta.

Procedimientos y sentencia

En 1997, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos concluyó por unanimidad que había habido una violación del artículo 9. El gobierno de Sammarinese sostuvo que la reafirmación de los valores tradicionales representados por el juramento era necesaria para mantener el orden público.

El Tribunal concluyó que "exigir a los demandantes que prestaran juramento sobre los Evangelios equivalía a exigir a dos representantes electos del pueblo que juraran lealtad a una religión determinada, requisito que no es compatible con el artículo 9 del Convenio . Como acertadamente señala el TEDH como afirma en su informe, sería contradictorio supeditar el ejercicio de un mandato destinado a representar diferentes puntos de vista de la sociedad dentro del Parlamento a una declaración previa de compromiso con un conjunto particular de creencias" (párr. 39). El Tribunal consideró por unanimidad que se había violado el artículo 9 del CEDH ( libertad de conciencia ).

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