Tribunal de Garantías Constitucionales

Su sede se localizó en el Palacio de Parcent hasta 1938,[2]​ año en el que se traslada a Valencia a una casa de la calle Paz.

[4]​ Finalmente, aunque el Pleno del Tribunal acuerda trasladarse el 23 de enero de 1939 a Gerona, siguiendo al Gobierno, lo cierto es que a partir de ese momento puede darse por finalizada la existencia del Tribunal.

Tenía competencia para conocer: Estaba presidido por un presidente que elegían las Cortes (sin necesidad de que fuese diputado), cuyo mandato duraba diez años.

Con respecto a los vocales regionales, uno correspondía a cada región autónoma (en la fecha de creación del Tribunal solo Cataluña), siendo elegido por el órgano legislativo de dicha región.

[7]​ Los candidatos afines al Gobierno obtuvieron cinco de los quince vocales en liza (uno para cada partido del gabinete, excluyendo a los federales; el de ERC elegido por el Parlamento de Cataluña) en tanto que la oposición obtuvo los diez restantes (cuatro radicales, tres de la CEDA, un nacionalista vasco, un tradicionalista y un independiente de derecha).

Escudo oficial de la Segunda República española .
Palacio de Parcent , sede del Tribunal de Garantías Constitucionales entre 1933 y 1938.
Página del Boletín Oficial de la Provincia de Soria, de 16 de agosto de 1933, en que se recogen las regiones con derecho a elegir un vocal en el Tribunal de Garantías Constitucionales