Principio bioceánico

Argentina declaró nulo el laudo arbitral y planeó una operación militar a fines de la década.

[notas 1]​ Al pasar los años y en vista de las dificultades tenidas, se configuraron las dos opiniones sobre el Tratado de 1881: una sostenida por Argentina que consideraba haber trazado las costas del océano Pacífico por las del océano Atlántico y la sostenida por Chile que consideraba que se había trazado la Patagonia por el estrecho de Magallanes.

Chile declara que el Protocolo se refería a los territorios situados al norte del paralelo 52° Sur.

[6]​: 114–115  Aspecto que los negociadores chilenos del tratado habrían satisfecho reconociendo la soberanía argentina en esas costas y luego corriendo el límite en Tierra del Fuego para evitar que Chile pudiera acceder a aguas atlánticas en el fondo de la bahía de San Sebastián.

Este océano, según Chile, baña todas las islas que Argentina disputó en el denominado Conflicto del Beagle; existe un mapa oficial argentino del año 1885 que sale expresamente el mencionado océano y con las islas disputadas en poder de Chile.

El Tribunal Arbitral elegido concertadamente por Argentina y Chile en 1973 tuvo como tarea la solución de las disputas en el área denominada "martillo" que comprendía la parte oriental del canal Beagle y las islas al sur del mismo.

[3]​: 111  Las razones del rechazo al principio fueron, según Mengucci, la demostración chilena de cuatro falencias en la argumentación transandina.

Mengucci cita a la delegación chilena: Mengucci corrige a la delegación chilena señalando que la Argentina se refería a los territorios al norte del paralelo 52°S, pero le concede razón en lo general porque Chile hizo notar, que el principio atlántico no pudo existir formalmente, porque ni siquiera se menciona algún meridiano del Cabo de Hornos, ni siquiera en las negociaciones previas (Contramemoria chilena, parágrafo 45(f), pág.

La corte interpretó la frase del Tratado "de tal suerte que Argentina no puede pretender punto alguno hacia el Pacífico, como Chile no puede pretenderlo hacia el Atlántico" concediéndole un cierto peso en el sentido que le daba la delegación argentina, pero decidiendo que :"Hay alguna fuerza en este punto de vista.

Sin embargo la Corte se siente incapaz de dar un objetivo tan amplio y general a una frase que está tan evidentemente insertada en un contexto particular y limitado, que el límite de Los Andes, como aparece completamente claro, tanto del articulado que precede a esta frase como de la oración que sigue a la inmediatamente subrayada del artículo dos la que está igualmente relacionada con el límite de Los Andes ..." El verdadero espíritu del Tratado, concuerda Mengucci con la corte, fue la transacción Patagonia-Magallanes y no Argentina en el Atlántico, Chile en el Pacífico.

El tribunal arbitral limitó su aplicación al mismo contexto continental que le dio Chile, reconociéndolo como un dogma político argentino y rechazando que fuera una norma consuetudinaria de uso continuamente reconocido por ambos países.

Una vez más, Mengucci cita al Tribunal Arbitral: "el régimen creado por el Tratado de 1881, cualquiera fuese, reemplazó y sustituyó todos los arreglos o entendimientos territoriales entre las Partes, junto con cualquier otro principio anterior aplicable a la adjudicación territorial en Hispanoamérica" Luis Bravo Bravo sostiene que la presentación del principio era una maniobra psicológica destinada a repetir algo hasta lograr establecerla como si fuese una verdad.

y cita para ello la admonición del general Carlos Suárez Mason al canciller chileno Hernán Cubillos Sallato a mediados de 1978 cuando el chileno le proponía posibles vías de solución al conflicto del Beagle: "Ministro, Ud no entiende nada de nada, porque está buscando con veinte mil artilugios lograr la paz entre nosotros ... Ud no quiere entender que el Ejército argentino necesita pelear una guerra limpia.

[11]​ Ambos países siguieron manteniendo sus opiniones respecto al principio oceánico, Chile negando su existencia o limitándola fuera del contexto del Conflicto del Beagle, y Argentina asegurando que el último tratado lo cumplía en esencia, pero las dificultades de ambos gobiernos para presentar esas posiciones sin irritar a la contraparte o provocar reacciones en sus opiniones públicas internas, han hecho que dejaran de mencionarlo públicamente.

La definición no pretendió establecer un límite oceánico real, solo facilitar las publicaciones cartográficas, por lo que cada país u organización podía mantener sus opiniones sobre la delimitación oceánica sin caer en contradicción con la definición cartográfica.

[12]​ En la 2.ª edición de Limits of ocean and seas en 1937 se mantuvo la misma definición.

Al pie aparece la aclaración que Estos límites no han sido oficialmente aceptados por Argentina y Chile.

[14]​ Dicha moción quedó para que sea estudiada en la reunión de 1957 en Buenos Aires, pero la misma no se efectuó.

Mapa publicado por la revista La Ilustración Argentina el 10 de noviembre de 1881 y entregado por Bernardo de Irigoyen , a su haber Ministro de Relaciones Exteriores, al representante británico en Buenos Aires. El original está guardado en los archivos oficiales británicos y fue enviado a Londres con el comentario de que toda el área marcada con rojo había sido cedida a Chile.
Consecuencias de la interpretación argentina en la fijación de la frontera, según el almirante Isaac Rojas . Todos los territorios al este del meridiano 67° 16' 03" Sur serían argentinos, incluida la parte oriental de la isla Navarino .
Propuesta de solución presentada por el gobierno argentino al chileno durante el conflicto de Beagle. Las islas Hornos, Evout y Barnevelt quedarían como neutrales o compartidas.
Sección de un mapa de Argentina elaborado en 1875 por Arturo Seelstrang . El límite internacional deja Punta Arenas en territorio chileno para luego volver hacia el norte por el estrecho de Magallanes hasta su salida oeste: todas las islas al sur del Estrecho quedan bajo soberanía argentina, tanto en el Pacífico como en el Atlántico.
Facsímil de un mapa argentino que extiende el océano Atlántico hasta el meridiano de las islas Diego Ramírez (68°43'S), como lo propuso Argentina a la Oficina Hidrográfica Internacional en 1950. [ 9 ] : 36
División por el arco de las Antillas Australes
Mapa de Seelstrang que separa el Pacífico del Atlántico por un océano Antártico .