Patronato regio

La situación beneficia a ambas partes (la Iglesia y los principados): la primera no puede atender desde la lejana Roma todas las necesidades y no puede, tampoco, evaluar de forma conveniente cada una de las decisiones que sería preciso adoptar, por ejemplo, ante la sustitución de un determinado obispo; los monarcas amplían su poder, y a su soberanía por imperio de la fuerza añaden, no ya la bendición de la Iglesia, sino que ellos mismos reciben la autorización eclesiástica para tomar decisiones que incumben al papado.Este momento histórico, que no está definido para toda Europa en un mismo periodo, sino que varía según los Estados, es el conocido como del Derecho de patronato.A cambio, el rey o el príncipe debía financiar ("fundar" y "dotar") las nuevas iglesias.[3]​ Se puede afirmar que, hacia 1302, con la bula Unam Sanctam del papa Bonifacio VIII, se alcanza el máximo grado de descripción teórica del poder eclesial: el poder temporal está sometido al papado y será el pontífice quien legitimará a los soberanos.Será la Monarquía Hispánica, con su expansión territorial y militar antes del descubrimiento de América, la que en primer lugar comenzará el camino hacia el patronato regio.El patronato regio o indiano para la Corona Española, fue confirmado por el papa Julio II en 1508.Sin embargo, no fue hasta 1505 que los monarcas solicitaron al papa las prerrogativas plenas del patronato en las zonas descubiertas y en el territorio español bajo su dominio.Estos poderes reales fueron: el envío y selección de los misioneros a América (breve Inter caetera, 1493), cobro del diezmo (bula Eximiae devotionis, 1501), facultad para fijar y modificar límites de las diócesis en América (bula Ullius fulcite praesidio, 1504) y facultad para vetar la elección de arzobispados u obispados, así como del derecho de presentación (bula Universalis ecclesiae, 1508).La Real Audiencia se constituye en tribunal para, en primera instancia, dirimir conflictos eclesiásticos.El control de la Monarquía Hispánica sobre la Iglesia, no solo en América, sino en la Península (presentación de obispos, bula de Cruzada, control sobre las órdenes militares y la inquisición) provocaba envidias en otras monarquías europeas que no son ajenas a movimientos como la Reforma o, en la Francia católica, el galicanismo o regalismo; a los que la Contrarreforma papal respondió, entre otros movimientos, con la institución de Propaganda Fide (1622).El patronato regio se mantuvo hasta la separación Iglesia-Estado a comienzos del siglo XX y fue renunciado por el rey Juan Carlos I en 1976.
Catedral de Santo Domingo
Glorificación de la Inmaculada por Francisco Antonio Vallejo , Museo Nacional de Arte (México) . Representación de los dos poderes (Altar y el Trono) con la presencia del rey Carlos III y el papa Clemente XIV , secundados por el virrey y el arzobispo de México , respectivamente, de hinojos ante la Virgen María