La voz Alcázar (del árabe القصر -al qaçr-) sirve para definir una residencia real fortificada.
En este contexto son varios los palacios que han recibido esta denominación en España, si bien en puridad, tan solo deben ser considerados alcázares las residencias reales.
Así tendríamos que únicamente los de Sevilla y Segovia son verdaderos alcázares, puesto que desde un principio fueron concebidos como tales; otros, entre ellos muy principalmente los de Madrid y Toledo, no fueron residencias reales hasta muy tarde, el primero en tiempos de los Reyes Católicos y el segundo con Carlos I y, aunque denominados alcázares con anterioridad, tan solo adquirirían tal condición en los tiempos indicados.
Muchas ciudades de España utilizan también la palabra alcázar para nombrar antiguos palacios musulmanes (del periodo califal o de las taifas) reconstruidos por los reyes cristianos posteriores.
Son numerosos los topónimos relacionados con esta palabra y sus derivaciones: Alcázar (de San Juan, del Rey, Guadalcázar, etc.), Alcácer (en valenciano o catalán, cfr.