[8] Sin embargo, aunque en teoría las mujeres contaban con todos los derechos de ciudadanía, era comúnmente aceptado en la época que su ejercicio podía ser restringido en el ámbito electoral.
[9] La mayoría de editoriales con voces opuestas al voto femenino basaron su posición aseverando que las mujeres "no estaban preparadas" para ejercer el voto, o que no debían mezclarse en la política pues "el hogar perdería su rumbo y se corrompería".
[8] En los meses siguientes los partidos políticos iniciaron campañas para promover la inscripción de mujeres en los registros electorales.
José María Velasco Ibarra se opuso a éste y otros intentos de reducir el padrón electoral en el texto constitucional.
"[9] La ley electoral finalmente no incluyó restricciones al sufragio femenino, y las autoridades aclararon que las mujeres podían seguir votando libremente.
[9] Luego del precedente establecido por Matilde Hidalgo en cuanto al sufragio femenino, varias mujeres de la Región Costa empezaron a participar en procesos electorales.
Sin embargo, la Revolución Juliana del año siguiente cesó los recién elegidos concejos municipales.
Dos años después la cifra total de mujeres inscritas se había elevado a 24.610, lo que representaba un 12% del electorado.