Tratado de París (1817)

[1]​ Tras el colapso del Primer Imperio francés, las potencias aliadas se reunieron en Viena para fijar el futuro de Europa.

Las decisiones tomadas en el Congreso de Viena cristalizarían en un acta final (1815).

Esta acta final establecía, en sus artículos 99 y siguientes: El acta final del congreso no fue firmada por el plenipotenciario de España, Pedro Gómez Labrador, que representaba además los intereses de la ex-reina de Etruria.

En primer lugar, Austria conservaba el derecho de guarnición puro y simple en la ciudad de Plasencia por su importancia estratégica, corriendo con los gastos del ejercicio del citado derecho.

[4]​[5]​ La principal consecuencia del tratado fue la accesión de España al sistema establecido por el Congreso de Viena, al desaparecer la razón principal para no ratificar el acta final del congreso en un primer momento, la reversión del ducado de Parma a la casa de Borbón.

Detalle de un mapa en el que se muestran los ducados de Parma y Lucca de acuerdo con las disposiciones del Congreso de Viena .
María Luisa de Borbón , que por medio del tratado aceptó la soberanía del ducado de Lucca , con sus hijos Carlos Luis y María Luisa . (óleo de José Aparicio , c. 1815)