Los términos instituciones penitenciarias y sistema penitenciario designan a las instituciones o al sistema establecido para el cumplimiento de las penas previstas en las sentencias judiciales; especialmente las penas de reclusión, cuyo propósito, en el derecho penal contemporáneo y el derecho penitenciario, es la reinserción social del condenado.
Otro tipo de penas, como la pena de muerte, el trabajo social, la libertad vigilada, etc., tienen una relación más o menos indirecta con las instituciones penitenciarias, aunque también forman parte del sistema penal.
Este hecho se debe a que trabajan en instituciones en las cuales hay personas privadas de su libertad y pasan las 24 horas del día en estos establecimientos en los cuales realizan diversas actividades educativas, escolares, deportivas, etc.
Las estrategias psicológicas se componen fundamentalmente de la entrevista y la observación.
Se aplican diversas pruebas de personalidad, inteligencia, capacidades y habilidades especiales.
En comparación con el sistema progresivo clásico, al condenado se le clasificará en el grado más favorable que le corresponda según el tipo de condena, peligrosidad del sujeto, reinserción social que pueda tener, reincidencia, situación personal y familiar..., siendo estos algunos de los factores que se tendrán en cuenta para determinar el grado del condenado.
Habiendo para lo anterior una excepción que se introdujo con la reforma del año 2003, la cual es el periodo de seguridad, reflejada en el artículo 36.2 del Código Penal, que establece que con carácter general cuando un condenado esté penado está con pena superior a cinco años no será clasificado en tercer grado hasta que no haya cumplido la mitad de la pena, el legislador podrá, acorde a los informes que ofrezca el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, podrá permitir o no ese tercer grado antes de cumplir la mitad de la pena.