Los países de América Latina que abolieron la pena de muerte en su totalidad son: Argentina, Bolivia, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Haití, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Puerto Rico, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.
Los países que abolieron la pena capital sólo para los crímenes civiles en tiempo de paz, aunque no para la justicia militar son: Brasil, Chile, El Salvador, Guatemala y Perú.
Cabe destacar que sí sucedieron ejecuciones de personas durante el siglo XX entre los años 60 y 90, época en la cual varios países sudamericanos cayeron bajo regímenes dictatoriales militares o cívico-militares.
El Código Penal establece, en su artículo 32 bis regla 1ª, que aquel condenado por esta última pena no podrá optar a la libertad condicional sino una vez transcurridos 40 años de privación de libertad efectiva.
La pena de muerte como castigo máximo se aplicó en Chile desde tiempos coloniales.
[9] En Chile 58 personas fueron condenadas por los tribunales a la pena de muerte desde que ésta fuera incluida en el ordenamiento jurídico en 1875.
Aunque la última ejecución de la pena máxima en el país fue en el año 2000, ésta sigue estando contemplada en el Código Penal, justificación a la que se aferran ciertos partidos políticos y un alto porcentaje de sociedad civil.En 2014 la Corte Constitucional resolvió declarar la inconstitucionalidad general del penúltimo párrafo del artículo 132 del Código Penal en Guatemala para el caso de homicidio simple.
Mientras, la pena capital quedó en suspenso y el congreso derogó la ley que lo regulaba esperando aprobar una más moderna.
Amnistía Internacional emitió un comunicado instando al presidente a dar marcha atrás.
Eso era incompatible con los Derechos Humanos en virtud que quedaría a criterio arbitrario del juez evaluar la peligrosidad del agente, siendo esto un percepción subjetiva, y porque era un castigo a una conducta futura, que podía o no ser cometida.
[15] Así pues al no poderse aplicar la pena a los 7 delitos que ya la contemplaban y ser el Estado de Guatemala firmante del Pacto de San José de Costa Rica que prohíbe la creación de nuevos delitos con pena capital posteriores a la firma y ratificación del pacto (Guatemala se adhirió en el año 1978) no es posible que existan nuevos delitos con esa pena.
Guatemala es uno de los siete países que ha abolido la pena capital sólo para delitos comunes.
Toda pena deberá ser proporcional al delito que sancione y al bien jurídico afectado.Además de esa enmienda constitucional, México se ha adherido a instrumentos que contemplan de igual manera su prohibición.
[17] Al suscribir dichos instrumentos, el Estado mexicano no puede volver atrás: conforme al artículo 4.3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, los Estados que hayan abolido la pena de muerte no pueden restablecerla en el futuro.
Ya para el siglo XX esta práctica aunque ilegal seguía siendo usada, en casos como los de Tomás Funes en 1921, que fue fusilado por el guerrillero Emilio Arévalo Cedeño.
En las colonias europeas pertenecientes a Francia, el Reino Unido y los Países Bajos la pena de muerte no es legal.