[1][2] Su Constitución establece un gobierno republicano, democráticamente representativo, laico y presidencialista pleno.
El Estado salvadoreño cuenta, además, con instituciones gubernamentales que vigilan, apoyan y controlan las decisiones del mismo.
Entre estas instituciones se pueden mencionar: el Ministerio Público, los órganos de control y los gobiernos locales.
Otras atribuciones son: También le corresponde elegir por votación nominal y pública a los siguientes funcionarios: El gobierno, en sentido estricto, es decir la autoridad de mando que ejecuta las decisiones del Estado, está representado por el Ejecutivo.
Si bien existe un Consejo de Ministros que decide sobre algunas cuestiones trascendentales, éste se encuentra formado por subordinados del jefe del Ejecutivo, a los que este órgano puede remover a discreción.
El vicepresidente de la República sólo puede ser removido por la Asamblea Legislativa en situaciones expresamente determinadas por la Constitución.
El Presidente de la República sólo puede llegar al cargo si es designado candidato por un partido político legalmente inscrito en el Tribunal Supremo Electoral y vence en las elecciones presidenciales.
También los demás órganos fundamentales del Estado, es decir el Legislativo y el Judicial, pueden disponer de la Fuerza Armada para hacer efectivas las disposiciones que hayan adoptado.
La defensa nacional y la seguridad pública estarán adscritas a ministerios diferentes.
La seguridad pública estará a cargo de la Policía Nacional Civil, que es un cuerpo profesional, independiente de la Fuerza Armada y ajeno a toda actividad partidista.
Asimismo, para este tribunal, la Asamblea Legislativa nombrará directamente a los cuatro magistrados restantes.
Al fiscal general de la República corresponde, entre otras atribuciones: Le compete asimismo velar porque en la concesiones de cualquier clase, otorgadas por el Estado, se cumplan los requisitos, las condiciones y las finalidades establecidas en las mismas.
Los Concejos Municipales constituyen la autoridad al frente de las alcaldías o ayuntamientos.
Están formados por un alcalde, un síndico y dos o más regidores según el tamaño de la población.
Los tres vocablos derivan del concepto genérico de contribución o tributo.
Ninguna ley ni autoridad puede dispensar el pago de las tasas y contribuciones municipales.
De ahí que en El Salvador no puede existir un solo partido político.
Según la Constitución, el cuerpo electoral está formado por todos los ciudadanos capaces de emitir voto (Art.
La ley establece que en cada municipio se elegirá un concejo base compuesto de un alcalde, un síndico, dos concejales y cuatro miembros suplentes para sustituir indistintamente a cualquier propietario.
Cuando la población del municipio es mayor a los cinco mil habitantes la distribución cambia así: El padrón electoral, que es la lista que registra a las personas con Documento Único de Identidad (DUI), se cierra 100 días antes de las elecciones.
Un ciudadano que está apto para el voto, debe acudir a su respectivo centro de votación para emitir el sufragio.
Los centros son los espacios donde se concentran las juntas receptoras de votos (JRV), es decir, la unidad mínima del proceso electoral que sirve para canalizar los votos de los electores.
El ciudadano interesado debe acudir al centro de votación que le corresponde.
Una vez encontrado en el padrón, el votante se dirigirá a su respectiva JRV.
Entregará su DUI a uno de sus miembros para que éste verifique nuevamente en el padrón.
[5] Luego, regresará a la JRV y depositará las papeletas en otra urna cerrada.
Firmará el padrón e introduce uno de sus dedos en tinta indeleble como muestra de que ya ha votado (para las elecciones del 2006 se utilizó un plumón con tinta indeleble).
Los dos principales elementos que permiten asegurar que esta propuesta se desarrolla sobre este principio es que se propone un nuevo procedimiento para emitir el Documento Único de Identidad (DUI) a través de oficinas del RNPN instaladas en las ciudades donde el estado salvadoreno cuenta con oficinas consulares o diplomáticas.
• Permite que las personas participen en el proceso eleccionario, sin importar su estatus migratorio, siempre y cuando cuenten con un DUI vigente.