Cortes era la denominación que recibieron los parlamentos de los reinos cristianos peninsulares medievales y del Antiguo Régimen.
En ellas participaban representantes de los diferentes estamentos, llamados a tal efecto «brazos del reino»: el clero, la nobleza y el común o pueblo llano.
En 1820 se convocaron las Cortes Generales y Extraordinarias de la Nación Portuguesa, ya con criterios contemporáneos.
A pesar de tener algún uso bibliográfico la expresión "Cortes mallorquinas",[2] no existió una institución equivalente a las Cortes en el reino de Mallorca, cumpliendo un papel hasta cierto punto similar el Gran e General Consell.
Las Cortes más antiguas fueron las del Reino de León, reunidas por primera vez en 1188.
En las Cortes Generales se mantuvo la misma representación de ciudades castellanas que había anteriormente; sólo se concedió el voto a las ciudades aragonesas que se consideró que habían apoyado al bando borbónico durante la guerra de Sucesión: Zaragoza, Tarazona, Calatayud, Borja y Fraga; entre las del reino de Valencia sólo tenían voto la capital y Peñíscola; y entre las catalanas se eligió a Barcelona, Tarragona, Lérida, Gerona, Tortosa y Cervera.
Las denominadas Cortes de Cádiz no fueron un parlamento estamental propio del Antiguo Régimen.