Las reuniones de Cortes en Madrid fueron frecuentes desde el siglo XIV, convirtiéndose en una práctica constante en la Edad Moderna.
En la Real Cédula de suspensión de la convocatoria, se indicaba que ya no eran necesarias, puesto que al haberse proclamado ya el nuevo rey, carecía de sentido jurarle como heredero; mandando únicamente alzar pendones en todas las ciudades como reconocimiento a Carlos II (fue así el único rey de la dinastía en no haber sido reconocido ni jurado por las Cortes de Castilla).
Se convocaron por primera vez Cortes en Madrid a las que no solo debían asistir los procuradores de las ciudades castellanas, sino también representantes de ciudades aragonesas, valencianas, catalanas y mallorquinas, por lo que se denominaron Cortes Generales del Reino.
Dada la desconfianza entre rey y Cortes, estas ejercían el poder en la práctica, sin tener en cuenta las competencias ejecutivas del monarca, al que las potencias extranjeras consideraban prisionero (como había ocurrido en la Revolución francesa con Luis XVI).
Reunidas en el Real Monasterio de San Jerónimo prestaron el juramento.
Dado el nuevo contexto institucional, que impone la convocatoria de las Cortes en la capital del reino, no se denominan ya "Cortes de Madrid" en ningún texto.