La directiva 2002/73/CE del Parlamento Europeo define como acoso sexual: Cuando existen leyes referidas al acoso sexual, generalmente no prohíben bromas simples, comentarios indirectos o incidentes menores aislados, es decir, no imponen un "código cívico general".
Sin embargo, la comprensión jurídica y social del acoso sexual varía según la cultura.
[2] Sin embargo hay países como Kuwait[3] o Yibuti[4] en los que el acoso sexual sigue siendo legal.
Los acosadores ejercen este tipo de comportamiento en ambientes laborales, académicos, estudiantiles e incluso familiares.
El Presidente del MIT declaró en ese sentido que el acoso era antitético a la misión de una universidad e intolerable para los individuos.[n.
Ninguno de esos nombres parecía correcto, queríamos algo que abarcara toda una serie de comportamientos persistentes, sutiles y poco sutiles, y alguien llegó con "acoso".
[6] Estas activistas, Lin Farley, Susan Meyer y Karen Sauvigne pasaron a formar el Working Women's Institute (Instituto de Mujeres Trabajadoras) que, junto con la Alliance Against Sexual Coercion (Alianza contra la Coacción Sexual) fundada en 1976 por Freada Klein, Lynn Wehrli y Elizabeth Cohn-Stuntz, fueron las organizaciones pioneras en la denuncia pública del acoso sexual a finales de los años setenta.
Sin embargo, el término era ampliamente desconocido hasta principios de los 90, cuando Anita Hill testificó y denunció por acoso sexual a Clarence Thomas, nominado a la Corte Suprema de Estados Unidos.
De hecho, algunos psicólogos y trabajadores sociales opinan que el acoso sexual severo o crónico puede tener los mismos efectos psicológicos en las víctimas que la violación o la agresión sexual.
La reacción violenta y las represalias por denunciar el acoso sexual pueden agravar más los efectos.
El acoso considerado como típico es el «contacto físico indeseado» entre compañeros de trabajo, pero además engloba los comentarios lascivos, discusiones sobre superioridad de sexo, las bromas sexuales, los favores sexuales para conseguir otro estatus laboral, etc.
También deben ser aconsejados para no acometer la cuestión por sus propios medios si ellos se creen injustamente acusados, y que ninguna represalia será vista seriamente, irrespectiva del mérito de las quejas originales.
[cita requerida] Definiciones similares se han establecido para ambientes académicos, con una similar cantidad de pruebas (como las descritas más abajo).
Para ser quid pro quo, se tiene que probar que «la reacción del empleado al acoso se debe a los aspectos tangibles para su compensación o términos, condiciones y privilegios de empleo».
Originalmente esta era la única manera de reconocer que hubo acoso sexual.
Una firma legal con experiencia en este campo concluyó que para establecer un caso de prima facie por acoso sexual por ambiente hostil de trabajo; la víctima debe probar los siguientes cinco elementos, a saber: 1.
La víctima (sea hombre o mujer) ha sufrido una discriminación intencional debida a su sexo.
Tomar represalias porque un trabajador tenga quejas es tan ilegal como el acoso en sí mismo, pero también difícil de probar.
Esta Directiva obligaba a todos los Estados miembros de la Unión Europea a adoptar leyes sobre el acoso sexual o modificar las leyes vigentes para cumplir la Directiva en octubre de 2005.
[14] En 2005, China añadió nuevas disposiciones a la Ley sobre la protección del derecho de la mujer para incluir el acoso sexual.
[15] En 2006 se redactó "El Suplemento de Shanghái" para ayudar a definir aún más el acoso sexual en este país.
En consecuencia, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará) ratifica el derecho de las mujeres a no ser objeto de violencia, incluido el acoso sexual laboral o en cualquier otro contexto, y exige a los Estados que sancionen y promulguen normas jurídicas para proteger a las mujeres frente al acoso y otras formas de violencia.
establece como«acoso sexual»: la situación en que se produce cualquier comportamiento verbal, no verbal o físico no deseado de índole sexual con el propósito o el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo.
La ley también establece consideraciones en torno al tema en varios de sus apartados.
[22] Por otro lado cabe destacar que desde el 2008 se han implementado protocolos contra el acoso sexual en 16 universidades españolas.