Aborto en Puebla
Cuando el embarazo es resultado de una violación o inseminación artificial no consentida; III.Cuando el embarazo es resultado de una violación o inseminación artificial no consentida; III.Cuando se deba a causas eugenésicas graves, según el dictamen de dos peritos médicos.[9] La propuesta no prosperó por falta de consenso y voluntad política.[13]Puebla despenalizó el aborto voluntario en las primeras 12 semanas de gestación, con 29 votos a favor, 7 en contra y 4 abstenciones.[15] Un mes después de que se aprobara la reforma, se reformaron los artículos 339 al 343 del Código Penal, y su lenguaje considera a las mujeres y personas gestantes.Como indica la guía federal del Lineamiento Técnico para la atención del Aborto Seguro en México[17] (siguiendo los estándares de la Organización Mundial de la Salud), en la actualidad, el legrado uterino instrumental se considera obsoleto, nocivo y está totalmente desaconsejado.Estas pueden ser dolor cólico y sangrado transvaginal, ligeramente mayor a lo experimentado en una menstruación.Estas dos últimas normatividades señalan que para acceder a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (en caso de violación) no se necesita presentar denuncia previa ante el Ministerio Público o contar con la autorización de éste.En casos extremos, cuando no exista acompañante y la persona usuaria cuenta con una discapacidad, el personal médico (previa valoración y con el acuerdo de por lo menos dos profesionales) podrían otorgar el consentimiento informado.