Aborto en Sonora
Su Código Penal aún mantiene restricciones totales al aborto electivo.Su Ley General de Salud tampoco contempla ninguna disposición que regule estos servicios.[7]Ahora bien, estos candados a la vida en gestación son reconocidos por la SCJN desde 2021 totalmente inconstitucionales por lo que deben ser reformados.Como indica la guía federal del Lineamiento Técnico para la atención del Aborto Seguro en México[13] (siguiendo los estándares de la Organización Mundial de la Salud), en la actualidad, el legrado uterino instrumental se considera obsoleto, nocivo y está totalmente desaconsejado.Estas pueden ser dolor cólico y sangrado transvaginal, ligeramente mayor a lo experimentado en una menstruación.Estas dos últimas normatividades señalan que para acceder a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (en caso de violación) no se necesita presentar denuncia previa ante el Ministerio Público o contar con la autorización de éste.En casos extremos, cuando no exista acompañante y la persona usuaria cuenta con una discapacidad, el personal médico (previa valoración y con el acuerdo de por lo menos dos profesionales) podrían otorgar el consentimiento informado.