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Código negro

Un frontispicio del Código Negro , de la edición de 1742.

El Code noir ( pronunciación francesa: [kɔd nwaʁ] , código negro ) fue un decreto aprobado por el rey Luis XIV de Francia en 1685 que definía las condiciones de la esclavitud en el imperio colonial francés y sirvió como código de conducta esclavista en las colonias francesas hasta hasta 1789 año que marca el inicio de la Revolución Francesa . El decreto restringió las actividades de las personas libres de color , ordenó la conversión al catolicismo de todos los esclavos en todo el imperio, definió los castigos que se les imponían y ordenó la expulsión de todos los judíos de las colonias de Francia.

Los efectos del código sobre la población esclavizada del imperio colonial francés fueron complejos y multifacéticos. Prohibió los peores castigos que los propietarios podían infligir a sus esclavos y provocó un aumento de la población libre. A pesar de esto, las personas esclavizadas todavía estaban sujetas a un trato severo por parte de sus dueños, y la expulsión de judíos fue una extensión de las tendencias antisemitas en el Reino de Francia .

Las personas libres de color todavía estaban sometidas a restricciones a través del Código negro , pero por lo demás eran libres de seguir sus propias carreras. En comparación con otras colonias europeas en América , una persona de color libre en el imperio colonial francés tenía muchas probabilidades de estar alfabetizada y tenía muchas posibilidades de poseer negocios, propiedades e incluso sus propios esclavos. [1] [2] [3] El historiador de la Francia moderna Tyler Stovall ha descrito el código como "uno de los documentos oficiales más extensos sobre raza, esclavitud y libertad jamás elaborado en Europa". [4]

Contexto, origen y alcance

Contexto internacional y comercial

En muchas colonias europeas de América ya se habían establecido códigos que regulaban la esclavitud , como el Código de Esclavos de Barbados de 1661 . En esta época en el Caribe, los judíos eran mayoritariamente activos en las colonias holandesas , por lo que su presencia se consideraba una influencia holandesa no deseada en la vida colonial francesa. [5] Además, la mayoría de la población de las colonias francesas en América estaba esclavizada. Los propietarios de las plantaciones gobernaban en gran medida sus tierras y propiedades en ausencia , y los trabajadores subordinados dictaban el funcionamiento diario de las plantaciones. Debido a su enorme población, además de las duras condiciones que enfrentaban los esclavos, las revueltas de esclavos a pequeña escala eran comunes. A pesar de contener algunas disposiciones bien intencionadas, el Código Negro nunca se aplicó de manera efectiva o estricta, en particular en lo que respecta a la protección de los esclavos y las limitaciones de los castigos corporales. [6]

En su análisis de 1987 sobre la importancia del Código negro , el filósofo francés Louis Sala-Molins afirmó que sus dos objetivos principales eran afirmar la soberanía francesa en sus colonias y asegurar el futuro de la economía de las plantaciones de caña de azúcar . [7] Central para estos objetivos era el control de la trata de esclavos. El código tenía como objetivo proporcionar un marco legal para la esclavitud, establecer protocolos que regulen las condiciones de los habitantes de las colonias y poner fin a la trata ilegal de esclavos. La moral religiosa también gobernó la elaboración del Código negro ; fue en parte resultado de la influencia de la afluencia de líderes católicos que llegaron a las Antillas entre 1673 y 1685.

Contexto legal

El título Código negro apareció por primera vez durante la regencia de Felipe II , duque de Orleans (1715-1723), bajo el ministro John Law , y se refería a una recopilación de dos ordenanzas separadas de Luis XIV de marzo y agosto de 1685. [8] Una de los dos regularon a los esclavos negros en las islas francesas de América, mientras que el otro estableció el Consejo Soberano de Saint-Domingue . Posteriormente, a partir de 1723, se agregaron dos textos complementarios que instituyeron el código en las Islas Mascareñas y Luisiana . [6]

La primera de estas ordenanzas constituyentes fue redactada por el ministro naval ( secrétaire d'État à la Marine ), marqués de Seignelay y promulgada en marzo de 1685 por el rey Luis XIV con el título " Ordonnance ou édit de mars 1685 sur les esclaves des îles de l 'Amérique '. El único manuscrito conocido de esta ley que se ha conservado se encuentra actualmente en los Archives nationales d'outre-mer (Archivos nacionales franceses de ultramar). El marqués de Seignelay redactó el borrador utilizando escritos legales escritos por el primer intendente de las islas francesas de América, Jean-Baptiste Patoulet  [fr] , así como los de su sucesor Michel Bégon . Los historiadores del derecho han debatido si se consultaron otras fuentes, como las leyes romanas sobre esclavitud, en la redacción de este texto original. Los estudios de la correspondencia de Patoulet sugieren que la ordenanza de 1685 se basó principalmente en regulaciones locales proporcionadas en los memorandos del intendente colonial. [6] [8]

Los dos últimos textos complementarios sobre las Islas Mascareñas y Luisiana fueron redactados durante la regencia de Felipe II y ratificados por el rey Luis XV (menor de trece años) en diciembre de 1723 y marzo de 1724, respectivamente. [9] Fue también durante la Regencia que las primeras autorizaciones reales para practicar la trata de esclavos fueron concedidas a los armadores de los puertos franceses. [10]

A partir del siglo XVIII, el término Code noir se utilizó no sólo para describir ediciones y adiciones al código original, sino que también llegó a referirse en términos generales a compilaciones de leyes y otros documentos legales aplicables a las colonias. Con el tiempo, las ordenanzas fundacionales y sus textos asociados se modificaron para satisfacer las necesidades cambiantes de cada colonia. [6] Los plantadores de Nueva Orleans relajaron y adaptaron el régimen esclavista hacia el final de la administración francesa. [11]

Resumen

Una copia de la edición de 1743 de Code noir , ahora en Nueva Orleans ( Colección histórica de Nueva Orleans )

En 60 artículos, [12] el documento especificaba lo siguiente:

Situación jurídica e incapacidad de los esclavos.

En el Code noir , el esclavo es considerado un bien inembargable (artículo 44), pero también penalmente responsable (artículo 32). El artículo 48 estipula que, en caso de embargo de una persona (apoderamiento físico), se trata de una excepción al artículo 44. [12] [8] Si la naturaleza humana del esclavo confería ciertos derechos, al esclavo se le negaba, no obstante, un verdadero derecho. Personalidad civil ante las reformas adoptadas bajo la Monarquía de Julio . Según el historiador del derecho colonial francés Frédéric Charlin, la capacidad jurídica de un individuo era totalmente disociable de su humanidad según la antigua ley francesa. [13] Además, el estatus legal de los esclavos se distinguía aún más por la separación de los esclavos de campo ( esclave de jardin ), la principal fuerza laboral, de los esclavos domésticos "de cultura" ( esclave de cultura ). [14] Antes de la institución del Código negro , los esclavos distintos de los "de cultura" eran considerados elementos fijos ( immeubles par destination ). El nuevo estatuto fue adoptado con tantas reticencias por parte de las jurisdicciones locales que fue necesario que una sentencia del Consejo del Rey del 22 de agosto de 1687 se pronunciara sobre la capacidad de los esclavos a causa de las normas de sucesión aplicables al nuevo estatuto. . [13] A pesar de la creación en 1804 del Código Napoleónico y su promulgación parcial en las Antillas, la reinstauración de la esclavitud en 1802 había llevado al restablecimiento de partes del Código Negro que excluían los derechos napoleónicos. [13] En la década de 1830, bajo el código civil de la Monarquía de Julio, a los esclavos se les dio explícitamente una personalidad civil y al mismo tiempo se los consideraba elementos fijos, es decir, propiedad personal legalmente adjunta y/o parte de bienes inmuebles o negocios. [14]

El estatus del esclavo en Code noir es legalmente diferente al de un siervo principalmente en que los siervos no pueden ser comprados. Según el historiador antropológico Claude Massilloux, es el modo de reproducción lo que distingue la esclavitud de la servidumbre : si bien no se puede comprar a un siervo, se reproduce gracias al crecimiento demográfico. [15] En el derecho romano (el Digesto ), un esclavo podía venderse, regalarse y pasarse legalmente a otro propietario como parte de una propiedad o un legado, pero esto no podía hacerse con un siervo. A diferencia de la servidumbre, en el derecho romano se consideraba que los esclavos eran objetos de propiedad personal que podían ser poseídos, usufructuados o utilizados como parte de una prenda . En general, se podría decir que un esclavo tiene una capacidad jurídica mucho más restringida que un siervo, simplemente debido al hecho de que los siervos eran considerados individuos con derechos mientras que los esclavos, aunque reconocidos como seres humanos, no lo eran. El estudioso del derecho romano suizo Pahud Samuel explica este estatus paradójico como "el esclavo es una persona en el sentido natural y una cosa en el sentido del derecho civil". [dieciséis]

El Código Negro disponía que los esclavos podían presentar denuncias ante los jueces locales en caso de malos tratos o de falta de satisfacción de las necesidades (artículo 26), pero también que sus declaraciones debían considerarse tan fiables como las de los menores o los sirvientes domésticos . [8]

Religión

El primer artículo del Código Negro ordena la expulsión de todos los judíos residentes en los territorios coloniales por ser "enemigos jurados de la fe cristiana" ( ennemis déclarés du nom chrétien ), en un plazo de tres meses, bajo pena de confiscación de personas y bienes. . Los judíos antillanos a los que se dirigía el Código Negro eran principalmente descendientes de familias de origen portugués y español que habían llegado de la colonia holandesa de Pernambuco en Brasil . [17] [5]

Los redactores del código creían que los negros eran personas humanas, dotadas de alma y receptivas a la salvación. El Código Negro fomentaba que los esclavos fueran bautizados y educados en la religión católica apostólica y romana (artículo 2). [6] [8]

Los esclavos tenían derecho a casarse (artículos 10 y 11), siempre que el amo se lo permitiera, y debían ser enterrados en tierra consagrada si eran bautizados (artículo 14).

El código prohibía a los esclavos practicar públicamente cualquier religión que no fuera la católica, apostólica y católica romana (artículo 3), incluida la práctica de la fe protestante (artículo 5). El código extiende el castigo de los conventículos paganos de esclavos a los amos que permiten tal comportamiento.

Relaciones sexuales, matrimonio y descendencia.

Impacto materno

Code Noir reconoció hasta cierto punto la existencia de familias y matrimonios de esclavos. Si bien los esclavos no tenían matrimonios legales, el Código reconocía las uniones informales e intentaba regular la vida familiar entre los esclavos. Las madres desempeñan un papel central en el mantenimiento de las estructuras familiares, y el Código aborda cuestiones relacionadas con la separación de familias mediante ventas u otros medios. La situación de la libertad del niño depende de la situación de la madre en el momento del nacimiento. El artículo XIII cita que "...si un esclavo se ha casado con una mujer libre, sus hijos, sean varones o mujeres, serán libres como lo es su madre, cualquiera que sea la condición de esclavitud de su padre. Y si el padre es libre y el madre esclava, los hijos también serán esclavos". [18] Esta dependencia del estatus de la madre para la identificación del estatus del niño resultante colocó la mayor parte de la carga de la producción de esclavos sobre las mujeres esclavizadas de las colonias francesas.

Prohibiciones

Castigos

Libertad

Délits y castigos

El Código Negro permitía el castigo corporal a los esclavos y prevé la desfiguración mediante marca con hierro , así como la pena de muerte (artículos 33 a 36 y 38). A los esclavos fugitivos que habían desaparecido durante un mes se les cortaban las orejas y se les marcaba con la flor de lis . En caso de reincidencia, se cortaría el tendón de la corva del esclavo . Si hubiera un tercer intento, el esclavo sería ejecutado. Es importante señalar que este tipo de castigos (marcación con hierro, mutilación, etc.) también existían en la práctica penológica de la Francia metropolitana de la época. [19]

Los castigos eran una cuestión de derecho público o real, donde el poder disciplinario sobre los esclavos podía considerarse más severo que el de los sirvientes domésticos pero menos severo que el de los soldados. Los amos sólo podían encadenar y azotar a los esclavos "cuando creen que sus esclavos lo merecían" y no pueden, a voluntad, torturar a sus esclavos o matarlos.

La pena de muerte estaba reservada a los esclavos que habían golpeado a su amo, a su esposa o a sus hijos (artículo 33), así como a los ladrones de caballos o vacas (artículo 35) ( el hurto cometido por sirvientes domésticos también se castigaba con la muerte en Francia). . [20] También eran delitos punibles con la muerte el tercer intento de fuga (artículo 38) y la congregación de esclavos reincidentes pertenecientes a diferentes amos (artículo 16).

Aunque al amo le estaba prohibido maltratar, herir o matar a sus esclavos, poseía poder disciplinario (artículo 42) según el Código. "Los amos sólo podrán, cuando crean que sus esclavos lo merecen, encadenarlos y hacerlos azotar con varas o correas", a semejanza de los alumnos, soldados o marineros.

El artículo 43 se dirige a los jueces: "castigar el asesinato teniendo en cuenta la atrocidad de las circunstancias; en caso de absolución, nuestros agentes..." Las penas más graves, como el corte de las orejas o de los isquiotibiales, la marcación y la muerte son prescritas por un tribunal penal en caso de condena y impuestas por un magistrado y no por el amo del esclavo. Sin embargo, en realidad, la condena de los amos por el asesinato o la tortura de esclavos era muy rara.

Embargo y esclavos como bienes muebles

Con respecto a la herencia de bienes, propiedades y embargos, los esclavos eran considerados propiedad personal (artículo 44), es decir, separados de la propiedad en la que viven (lo que no era el caso de los siervos). Pese a ello, los esclavos no podían ser embargados por un acreedor como propiedad independiente del patrimonio, con excepción de indemnizar al vendedor de los esclavos (artículo 47).

Según el Código, los esclavos pueden comprarse, venderse y entregarse como cualquier bien mueble . A los esclavos no se les proporcionó nombre ni registro civil, sino que, a partir de 1839, se les dio un número de serie. Tras la abolición de la esclavitud en 1848 bajo la Segunda República Francesa , se asignó un nombre a cada antiguo esclavo. [21] Los esclavos podían declarar, tener un entierro digno (para los bautizados ), presentar denuncia y, con el permiso del amo, tener ahorros, casarse, etc. Sin embargo, su capacidad jurídica era aún más restrictiva que la de los menores o los empleados domésticos. (artículos 30 y 31). Los esclavos no tenían derecho a posesiones personales y no podían legar nada a sus familias. A la muerte del esclavo, todo quedaba propiedad del amo (artículo 28).

Los esclavos casados ​​y sus hijos prepúberes no podían ser separados mediante embargo o venta (artículo 47).

Emancipación / manumisión

Los esclavos podían ser manumitidos por su dueño (artículo 55), en cuyo caso no se requerían registros de naturalización para obtener la ciudadanía francesa, incluso si el individuo había nacido en el extranjero (artículo 57). Sin embargo, a partir del siglo XVIII la manumisión requería autorización además del pago de un impuesto administrativo. El impuesto fue instituido por primera vez por funcionarios locales, pero posteriormente confirmado por el edicto del 24 de octubre de 1713 y la ordenanza real del 22 de mayo de 1775. [22] La manumisión se consideraba de jure si un esclavo era designado único legatario del amo (artículo 56 ).

Territorios adoptivos

Manuscrito de la Real Ordenanza, Edicto del Rey o Código Negro de marzo de 1685 relativo a los esclavos en las islas de la América francesa

Basándose en la ley fundamental de que cualquier hombre que ponga un pie en suelo francés es libre, varios parlamentos se negaron a aprobar la Ordonnance ou édit de mars 1685 sur les esclaves des îles de l'Amérique original , que finalmente se instituyó sólo en las colonias para las cuales edicto fue escrito: el Consejo Soberano de Martinica el 6 de agosto de 1685, Guadalupe el 10 de diciembre del mismo año, y en Petit-Goâve ante el Consejo de la colonia francesa de Saint-Domingue el 6 de mayo de 1687. [23] Finalmente, el El Código fue aprobado ante los concilios de Cayena y Guayana el 5 de mayo de 1704. [23] Si bien el Código Negro también se aplicó en la colonia de San Cristóbal , se desconoce la fecha de su institución. Los edictos de diciembre de 1723 y marzo de 1724 fueron instituidos en las islas de Reunión (Île Bourbon) y Mauricio (Île de France), así como en la colonia y provincia de Luisiana , en 1724. [24]

El Código Negro no estaba destinado al norte de Nueva Francia (actual Canadá), que seguía el principio general de la ley francesa de que los pueblos indígenas de las tierras conquistadas o entregadas a la Corona debían ser considerados súbditos reales libres ( régnicoles ) en el momento de su bautismo. Se recogieron diversas costumbres indígenas locales para crear la Costumbre de París . Sin embargo, el 13 de abril de 1709, una ordenanza creada por el intendente colonial acadiense Jacques Raudot impuso regulaciones sobre la esclavitud reconociendo así, de facto , su existencia en el territorio. La ordenanza detalla poco sobre el estatus legal de los esclavos, pero en general caracteriza la esclavitud como "una especie de convención" que es "muy útil para esta colonia", proclamando que "todos los panis y negros que han sido comprados o que serán comprados en algún tiempo, pertenecerán a quienes los han comprado en plena propiedad y serán conocidos como sus esclavos". [25] [26] [27]

Después de la revolución

La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 articuló el principio de igualdad de derechos para todos desde el nacimiento, pero bajo la influencia del lobby del Club Massiac de propietarios de plantaciones y esclavos, la Asamblea Nacional Constituyente y la Asamblea Legislativa decidieron que esto la igualdad se aplicaba sólo a los habitantes de la Francia metropolitana , donde no había esclavos y donde la servidumbre había sido abolida durante siglos. Los territorios americanos quedaron excluidos.

Después de que Saint-Domingue (actual Haití ) aboliera la esclavitud localmente en 1793, la Convención Nacional Francesa hizo lo mismo el 4 de febrero de 1794, para todas las colonias francesas. Sin embargo, esto sólo sería efectivo en Saint-Domingue, Guadalupe y Guayana , porque Martinica era, en ese momento, una colonia británica y los colonos mascarenos se opusieron por la fuerza a la institución del decreto de 1794 cuando finalmente llegó a la isla en 1796.

Napoleón Bonaparte restableció la esclavitud el 20 de mayo de 1802 en Martinica y las Mascareñas, ya que las islas habían sido devueltas por los británicos tras el Tratado de Amiens . Poco después restableció la esclavitud en Guadalupe (el 16 de julio de 1802) y Guayana (en diciembre de 1802). La esclavitud no se restableció en Saint-Domingue debido a la resistencia de los haitianos contra el cuerpo expedicionario enviado por Bonaparte, resistencia que finalmente resultó en la independencia de la colonia y la formación de la República de Haití el 1 de enero de 1804.

El Código Negro coexistió durante cuarenta y tres años con el código napoleónico a pesar de la naturaleza contradictoria de los dos textos, pero este acuerdo se volvió cada vez más difícil debido a las sentencias del Tribunal de Casación francés sobre las decisiones de las jurisdicciones locales tras las ordenanzas de 1827 y 1828 sobre procedimientos civiles. . Según el historiador Frédéric Charlin, en la Francia metropolitana, "las dos décadas de la Monarquía de Julio se caracterizaron por una tendencia política a dotar al esclavo de un cierto nivel de humanidad... [y a] fomentar una lenta asimilación del esclavo a otras fuerzas de trabajo de La sociedad francesa a través de los valores morales y familiares". [28] La jurisprudencia del Tribunal de Casación bajo la Monarquía de Julio estuvo marcada por un reconocimiento gradual de la personalidad jurídica de los esclavos. En consecuencia, en la década de 1820 se produjo una tendencia abolicionista general , pero que estaba principalmente preocupada por una emancipación gradual que fuera paralela a la mejora de las condiciones de los esclavos. [28]

La revolución de febrero de 1848 y la creación de la Segunda República llevaron al poder a destacados abolicionistas como Cremieux , Lamartine y Ledru-Rollin . Uno de los primeros actos del Gobierno Provisional de 1848 fue establecer una comisión para "preparar el acto de emancipación de los esclavos de las colonias de la República". La comisión se completó y presentó al gobierno en menos de dos meses y posteriormente se instituyó el 27 de abril de 1848.

La esclavitud de los negros en las colonias francesas fue abolida definitivamente el 4 de marzo y el 27 de abril de 1848. Debido en gran parte a las acciones de Victor Schoelcher , [29] [ ¿fuente poco fiable? ] la trata de esclavos ya había sido abolida en 1815, tras el Congreso de Viena .

El artículo 8 del decreto del 27 de abril de 1848 amplió la prohibición de la esclavitud impuesta por la Segunda República a todos los ciudadanos franceses que residían en países extranjeros donde la posesión de esclavos era legal, concediéndoles un período de gracia de tres años para adaptarse a la nueva ley. En 1848, había alrededor de 20.000 ciudadanos franceses en Brasil , Cuba , Puerto Rico y el estado estadounidense de Luisiana . Luisiana era, con diferencia, la región donde vivían los franceses más propietarios de esclavos, quienes, a pesar de la venta del territorio al gobierno de Estados Unidos en 1803, conservaron la ciudadanía. El artículo 8 prohibía a todos los ciudadanos franceses "comprar, vender esclavos o participar, directa o indirectamente, en cualquier tráfico o explotación de esta naturaleza". La aplicación de esta ley no se realizó sin dificultades en estas regiones, siendo Luisiana particularmente problemática. [30]

El desarrollo de la esclavitud en las Antillas francesas

Los orígenes de las poblaciones esclavizadas.

Definición del Código negro en Lettres sur la profession d'avocat de Armand-Gaston Camus, 1772.

El edicto de 1685 colmó un vacío legal porque, si bien la esclavitud había existido en el Caribe francés desde al menos 1625, no existía en la Francia metropolitana. El primer establecimiento oficial francés en las Antillas fue la Compañía de San Cristóbal y las islas vecinas (Compagnie de Saint-Christophe et îles adyacentes), fundada por el cardenal Richelieu en 1626. En 1635, se adquirieron entre 500 y 600 esclavos, a través de lo que era esencialmente una incautación de un cargamento de esclavos de los españoles . Posteriormente, el número se incrementó con los esclavos traídos desde Guinea a bordo de barcos holandeses o franceses. Con la isla superpoblada, se hicieron esfuerzos por colonizar Guadalupe con la ayuda de reclutas franceses en 1635, así como Martinica con la ayuda de 100 "antiguos residentes" de San Cristóbal ese mismo año.

En Guadalupe, la afluencia de esclavos comenzó en 1641 con la Compañía de San Cristóbal (en esa fecha rebautizada como Compañía de las Islas Americanas y propietaria de varias islas) importando 60 personas esclavizadas. Luego, en 1650, la empresa importó 100 más. [31] A partir de 1653-1654, la población aumentó considerablemente con la llegada de 50 ciudadanos holandeses a las islas francesas, que habían sido expulsados ​​de Brasil , llevándose consigo 1200 esclavos negros y métis . [32] Posteriormente, 300 personas compuestas principalmente por unas pocas familias flamencas y un gran número de esclavos, se establecieron en Martinica. [33] Muchos de estos inmigrantes eran plantadores judíos sefardíes de Bahía, Pernambuco holandés y Surinam , que trajeron infraestructura de caña de azúcar a la Martinica francesa y a la Barbados inglesa . [34] Aunque las autoridades coloniales dudaban en permitir la entrada a las familias judías, los franceses decidieron que su capital y su competencia en el cultivo de caña beneficiarían a la colonia. Algunos historiadores sugieren que estos plantadores judíos, como Benjamin da Costa d'Andrade, fueron responsables de introducir la producción comercial de azúcar en las Antillas francesas. [35] Después de que la familia Da Costa fundara la primera sinagoga de Martinica en 1676, la presencia judía visible en Martinica y Saint-Domingue llevó a los misioneros jesuitas a solicitar la expulsión de judíos y otros no católicos ante las autoridades locales y metropolitanas. [35] [36] Esto precipitó un edicto que expulsaba a los judíos de las colonias en 1683, que se incorporaría al Código Negro. [36] La población judía de Martinica fue probablemente el objetivo específico de la cláusula antisemita (artículo 1) del Código original de 1685. La llegada de estos colonos en la década de 1650 marcó la segunda etapa de la colonización. Hasta entonces, el cultivo de tabaco y añil había sido el pilar de los esfuerzos coloniales y había requerido más trabajadores que esclavos, pero esta tendencia se revirtió alrededor de 1660 con el desarrollo del cultivo de caña y las grandes plantaciones . [37]

A partir de entonces, el Estado francés hizo de la facilitación de la trata de esclavos una cuestión de máxima preocupación y trabajó para socavar la competencia extranjera, en particular los esclavistas holandeses. Es innegable que la Compañía Francesa de las Indias Orientales , como propietaria de islas esclavistas, participó en el comercio de esclavos, aunque la esclavitud comercial no se establecía explícitamente en el edicto de 1664 que constituía la empresa. La palabra "comercio" se definía generalmente como cualquier forma de comercio o comercio y no excluía el comercio de esclavos como podría ocurrir hoy. A pesar de la creación de varios planes de incentivos en 1670, 1671 y 1672, la empresa quebró en 1674 y las islas en su posesión se convirtieron en tierras de la corona ( dominio real ). El monopolio del comercio del Caribe fue otorgado a la Compañía de Senegal ( Première compagnie d'Afrique ou du Sénégal ) en 1679. Para corregir lo que se consideraba una oferta insuficiente, Luis XIV creó la Compañía de Guinea ( Compagnie de Guinée —que no será confundida con la empresa colonial inglesa del siglo XVII Guinea Company ) para proporcionar un suplemento anual de 1.000 esclavos negros a las islas francesas. Para solucionar la "escasez de negros", en 1686, el rey fletó personalmente un barco de esclavos para operar en Cabo Verde . [ cita necesaria ]

En el momento del primer censo oficial de Martinica, realizado en 1660, había 5259 habitantes, de los cuales 2753 eran blancos y 2644 eran esclavos negros. Sólo había 17 indígenas caribeños y 25 mulatos . Veinte años después, en 1682, el número de habitantes se había triplicado hasta los 14.190, con una población blanca que apenas se había duplicado, pero con una población esclava que había crecido hasta los 9.634, y con una población indígena de apenas 61, los esclavos constituían el 68%. de la población total. [38]

En todas las colonias había una gran disparidad entre el número de hombres y mujeres lo que llevaba a que los hombres tuvieran hijos con mujeres indígenas, que eran personas libres , o con esclavas. Dado que las mujeres blancas eran raras y las mujeres negras buscaban mejorar sus circunstancias, en 1680 el censo mostraba 314 métis en Martinica (doce veces más que en 1660), 170 en Guadalupe y 350 en Barbados , donde la población de esclavos era ocho veces mayor que la de Guadalupe pero donde el mestizaje (métissage) fue ilegalizado tras el auge del cultivo de la caña de azúcar.

Para mitigar el déficit de mujeres en las Antillas, Versalles promulgó una medida similar a la de las Hijas del Rey de Nueva Francia y envió 250 niñas a Martinica y 165 a Saint-Domingue. [39] En comparación con su homólogo inglés, que envió criminales condenados y poblaciones exiliadas, la migración francesa fue voluntaria. La criollización era inevitable debido a tendencias endogámicas básicas , prefiriéndose a las mujeres de color, ya que muchos colonos consideraban extranjeras a los recién llegados. [40]

A las autoridades no les preocupaba el mestizaje per se, sino la consiguiente manumisión de los niños mulatos. [41] Por esta razón, el Código invirtió la costumbre patrimonial francesa básica al mantener que incluso si el padre es libre, los hijos de una mujer esclavizada serán esclavos a menos que se vuelvan legítimos a través del matrimonio de los padres, lo cual era un caso poco común. . En una regulación posterior, el matrimonio entre poblaciones libres y esclavas se limitaría aún más.

El Código Negro también definió más claramente el estatus de los métis. En 1689, cuatro años después de su promulgación, alrededor de un centenar de mulatos abandonaron las Antillas francesas hacia Nueva Francia, donde todos los hombres eran considerados libres.

Desarrollo

Objetivos

El Código Negro era un documento legal multifacético diseñado para regir todos los aspectos de la vida de los africanos libres y esclavizados bajo el dominio colonial francés. Si bien el pensamiento de la Ilustración sobre la libertad y la tolerancia prevaleció predominantemente en la sociedad francesa, se hizo necesario aclarar que los afrodescendientes no pertenecían a este concepto. Era esencial para la preservación de la economía y los intereses coloniales de Francia que los negros que residían en las colonias francesas mantuvieran su estatus de propiedad en lugar de convertirse en súbditos franceses. [42]

El Código Negro también fue concebido para “mantener la disciplina de la Iglesia católica, apostólica y romana” [43] en las colonias francesas. Requería que todos los esclavos de ascendencia africana en las colonias francesas recibieran el bautismo, la instrucción religiosa y las mismas prácticas y sacramentos para los esclavos que para las personas libres. Si bien concedía a los esclavos el derecho a descansar los domingos y festivos, a casarse formalmente por la iglesia y a ser enterrados en cementerios adecuados, la conversión religiosa forzada fue sólo uno de los muchos métodos que Francia utilizó para intentar "civilizar" y ejercer su control imperial sobre la población negra en las colonias francesas.

El Código daba así una garantía de moralidad a la nobleza católica que llegó a Martinica entre 1673 y 1685. [44] Entre ellos, estaban el caballero Charles François d'Angennes , marqués de Maintenon y su sobrino Jean-Jacques Mithon de Senneville, el el intendente colonial Jean-Baptiste Patoulet, Charles de Courbon , el conde de Blénac y el capitán de la milicia Nicolas de Gabaret .

Orígenes jurídicos y legislación similar

colonias inglesas

En las colonias inglesas, el Decreto sobre la esclavitud perpetua en Barbados de 1636 fue instituido por el gobernador Henry Hawley a su regreso a Inglaterra después de haber confiado Barbados a su vicegobernador Richard Peers. [45] En 1661, el Código de Esclavos de Barbados reiteró este decreto de 1636 y la ley de esclavos de Virginia de 1662 aprobada por el gobernador William Berkeley bajo el reinado de Carlos II utilizó una jurisprudencia similar. La ley de 1661 sostenía que un esclavo sólo podía engendrar hijos esclavizados [46] y que el maltrato de un esclavo podía justificarse en determinados casos. [47] La ​​ley también incorporó el caso de Elizabeth Key (una esclava mulata, hija de un propietario de una plantación blanca, que se convirtió al cristianismo y demandó con éxito su libertad) que fue impugnado por la aristocracia blanca que sostenía que la paternidad y la conversión no podían confieren libertad.

colonias francesas

Contrariamente al pensamiento de teóricos del derecho como Leonard Oppenheim, [48] Alan Watson , [49] y Hans W. Baade, [50] no fue la legislación esclavista del derecho romano la que sirvió de inspiración para el Code Noir, sino más bien una recopilación y codificación de las costumbres, decisiones y reglamentos locales utilizados en las Antillas. Según el jurista Vernon Palmer, que describió el largo proceso de toma de decisiones de cuatro años que condujo al edicto original de 1685, el proyecto constaba de 52 artículos para el primer borrador y el informe preliminar, así como las instrucciones del Rey. [6] [51]

En 1681, el rey decidió crear un estatuto para la población negra del Caribe francés y delegó su redacción en Colbert , quien, a su vez, solicitó memorandos al intendente colonial de Martinica, Jean-Baptiste Patoulet y más tarde a su sustituto, Michel Bégon , así como el gobernador general del Caribe, Charles de Courbon, conde de Blenac (1622-1696). La Mémoire (memorándum) del 30 de abril de 1681 del rey al intendente (que probablemente era Colbert ), expresaba la utilidad de hacer una ordenanza específica para las Antillas.

El estudio, que incorporaba costumbres jurídicas locales, decisiones y jurisprudencia del Consejo Soberano, así como una serie de fallos del Consejo del Rey , fue impugnado por los miembros del Consejo Soberano. Cuando se resolvieron las negociaciones, el borrador se envió a la cancillería, que conservó lo esencial y sólo reforzó o simplificó los artículos de manera que fueran compatibles con las leyes e instituciones preexistentes.

En ese momento, había dos estatutos de derecho consuetudinario en vigor en Martinica: el relativo a los nacionales franceses, que era la costumbre de París, así como las leyes para los extranjeros , que no incluían normas particulares para los soldados, los nobles o el clero. Estos estatutos fueron incluidos en el Edicto de mayo de 1664 que estableció la Compañía Francesa de las Indias Occidentales . Las Islas Americanas fueron concedidas o enfeudadas a la compañía, cuya formación había reemplazado a la Compañía de San Cristóbal (1626-1635), pero eventualmente sería sucedida por la Compañía de las Islas Americanas (1635-1664). La población indígena , llamada indios caribeños (Indiens caraïbes), era vista como súbditos franceses naturalizados y se les concedían los mismos derechos que a los nacionales franceses en el momento de su bautismo. Estaba prohibido esclavizar a los pueblos indígenas o venderlos como esclavos. Se previeron dos poblaciones: poblaciones naturales y franceses nativos, ya que el Edicto de 1664 no describía esclavos ni la importación de población negra. La Compañía Francesa de las Indias Occidentales había quebrado en 1674, traspasándose sus actividades comerciales a la Compañía de Senegal y devolviendo sus territorios a la Corona. Las sentencias del Consejo Soberano de Martinica taparon el vacío legal relativo a las poblaciones esclavas. En 1652, a instancias de los misioneros jesuitas , el Concilio cosificó la regla de que los esclavos, al igual que los sirvientes domésticos, no deben trabajar los domingos y en 1664 sostuvo que los esclavos debían ser bautizados y asistir al catecismo . [36] [52]

El edicto de 1685 ratificó la práctica de la esclavitud a pesar de la legislación contradictoria del Reino de Francia [53] y el derecho canónico. De hecho, el 11 de julio de 1315 Luis X el Obstinado había introducido un Edicto que traía la emancipación a cambio de un pago a los siervos del dominio del Rey , pero tuvo un efecto limitado debido a la falta de control de los oficiales y/o funcionarios del Rey. el hecho de que pocos siervos poseían fondos suficientes para comprar su libertad. [54] Tales formas de servidumbre por contrato existieron hasta el Edicto para la supresión del derecho de mortmain y de servidumbre en los dominios del Rey del 8 de agosto de 1779, aprobado por Luis XVI , destinado a ciertas regiones recientemente convertidas en parte del reino. [55] El edicto no se refería a la servidumbre personal, sino más bien a la servidumbre real o mortmain, es decir, que el habitante/propietario no podía vender ni legar la tierra, como si el habitante/propietario fuera sólo un arrendatario . El señor poseía el derecho de suite , lo que significa que podía retener cualquier tarifa o producto resultante de la aprobación del censo (el derecho a vivir en la finca y pagar tributo o censo al señor). [56]

El orden del Rey a través de Colbert y la centralidad de Martinica

Enfermo desde 1681, Colbert murió en 1683, menos de dos años después de haber transmitido la orden del rey a los dos intendentes sucesivos de Martinica, Patoulet y Bégon. El hijo de Colbert, el marqués de Seignelay , firmó la ordenanza dos años después de su muerte. [57]

El trabajo de los intendentes coloniales se centró en Martinica, donde varios nobles del séquito real habían recibido propiedades y donde Patoulet había pedido a Luis XIV que ennobleciera a los propietarios de las plantaciones que poseían más de cien esclavos. Las opiniones recogidas en los memorandos procedían enteramente de martiniqueses, sin nadie de Guadalupe, donde los métis y los grandes propietarios de plantaciones eran menos.

La primera carta de Colbert al intendente Patoulet y gobernador general de las Antillas Charles de Courbon, conde de Blénac, dice:

"Su Majestad considera necesario regular, mediante declaración, todo lo que concierne a los negros de las islas, tanto para el castigo de sus crímenes como para todo lo que concierne a la justicia que se les ha de impartir. Es por esto que es necesario que que formes un memorando lo más preciso y extenso posible, que considere todos los casos que tienen que ver con dichos negros y que puedan merecer ser reglamentados por una orden. Debes conocer bien las costumbres actuales de las islas, así como las que deben ser. habitual en el futuro". [58] [59]

Impacto

Opiniones

En su análisis de 1987 del Código Negro y sus aplicaciones, Louis Sala-Molins , profesor emérito de filosofía política en París 1, sostiene que el Código Negro es "el texto jurídico más monstruoso producido en los tiempos modernos". [60] Según Sala-Molins, el Código Negro tenía dos propósitos: afirmar "la soberanía del Estado en sus territorios más lejanos" y crear condiciones favorables para el comercio de la caña de azúcar. "En este sentido, el Código Negro preveía una posible hegemonía azucarera de Francia en Europa. Para lograr este objetivo, primero era necesario condicionar la herramienta del esclavo". [61]

Las teorías de Sala-Molin han sido criticadas por historiadores [ ¿quién? ] por falta de rigor histórico y por basarse en una lectura selectiva del Código. [62] [ se necesita una mejor fuente ]

Sin embargo, el contenido exacto del edicto de 1685 sigue siendo incierto porque, por un lado, el original se ha perdido [63] y, por otro, existen a menudo variaciones importantes entre las versiones supervivientes. Por tanto, es necesario compararlos y entender qué versión era aplicable a cada colonia o a cada caso, para poder medir con precisión el impacto del Código Negro. [64]

Denis Diderot , en un pasaje de la Histoire des deux Indes , denuncia la esclavitud e imagina una gran revuelta de esclavos orquestada por un líder carismático que desemboca en una completa inversión del orden establecido.

"En todas partes será bendecido el nombre del héroe que ha restaurado los derechos de la especie humana, en todas partes se erigirán monumentos en su honor. Y así el código negro desaparecerá, pero ¡qué terrible será el código blanco, si el vencedor lo consulta! ¡Sólo la ley de represalia! [sesenta y cinco]

Bernardin de Saint Pierre, que permaneció en Isla de Francia de 1768 a 1770, destacó el desfase que existía entre la creación de la legislación y su institución. [66]

El historiador de la Ilustración Jean Ehrard señala en el Código un método típicamente colbertista para regular un fenómeno. [67] La ​​esclavitud se había extendido en las colonias mucho antes de que los poderes reales le proporcionaran un marco legal. Ehrard señaló que durante la misma época, se pueden encontrar disposiciones similares o equivalentes a las del Código Negro para otras categorías como marineros, soldados y vagabundos . Los colonos se oponían al Código porque ahora estaban obligados a proporcionar a los esclavos medios de subsistencia que normalmente no estaban obligados a garantizar.

Impacto de la Revolución Francesa

Durante la Revolución Francesa , que comenzó en 1789, los ideales de libertad, igualdad y sociedad influyeron en el pensamiento de muchos revolucionarios. Los revolucionarios buscaron aplicar estos principios no sólo al pueblo de Francia sino también a las colonias. Como resultado, el estatus de la esclavitud y los derechos de los esclavos se convirtieron en un tema de debate. [68]

En 1794, la Convención Nacional Francesa , bajo la influencia de ideales revolucionarios, emitió el " Decreto del 16 de Pluviôse, Año II " (4 de febrero de 1794), que abolió efectivamente la esclavitud en todas las colonias francesas. [69] Este decreto marcó un alejamiento radical de las disposiciones del Código Negro que habían apoyado y regulado la institución de la esclavitud. Las ideas de la revolución en Francia comenzaron a inspirar mentes revolucionarias en todo el mundo, particularmente en las colonias francesas. Es decir, la revolución haitiana fue una rebelión radical y la primera en la zona en lograr independizarse de una gran potencia europea.

Controversias sobre su legado

Tras el lanzamiento en 2015 de su obra Le Code noir. Idées reçues sur un texte symbolique , el historiador del derecho colonial Jean-François Niort fue atacado por su posición de que los autores del Código pretendían "una mediación entre amo y esclavo" por organizaciones políticas menores guadalupeñas autodenominadas "patrióticas" y acusadas de "discriminación racial" y negacionismo por parte de algunos miembros del movimiento independentista guadalupeño que amenazaron con expulsarlo de Guadalupe. [70] Ha contado con el apoyo rotundo de la comunidad histórica [ ¿quién? ] que ha denunciado intimidaciones verbales y físicas a especialistas en la historia colonial de la región. [71] La controversia continuó en una discusión en la sección de opiniones del periódico francés Le Monde entre Niort y el filósofo Louis Sala-Molins. [72]

En la cultura popular

El Code Noir se menciona en el videojuego de acción y aventuras Assassin's Creed IV: Freedom Cry , ya que está ambientado principalmente en Puerto Príncipe . El asesino Adéwalé, ex esclavo fugitivo convertido en pirata, ayuda a los cimarrones locales a liberar a la población esclavizada de Saint-Domingue (ahora República de Haití ). Se menciona durante la historia principal de Assassin's Creed IV: Black Flag y tiene su propia entrada en la base de datos del juego, que proporciona información sobre Code Noir.

Otras lecturas

Ver también

Referencias

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enlaces externos