[3] Fue el primer sistema legal occidental moderno[4] y es el sistema legal más antiguo de funcionamiento continuo en Occidente,[5] anterior al derecho consuetudinario europeo y las tradiciones del derecho civil.
Tiene todos los elementos ordinarios de un sistema legal maduro:[7] leyes, tribunales, abogados, jueces,[7] un código legal plenamente articulado para la Iglesia Latina, así como un código para las Iglesias católicas orientales,[8] principios de interpretación jurídica,[8] y sanciones coercitivas.
La jurisprudencia del derecho canónico católico es el complejo de principios y tradiciones legales dentro de los cuales opera el derecho canónico, mientras que la filosofía, la teología y la teoría fundamental del derecho canónico católico son las áreas de la erudición filosófica, teológica y jurídica dedicadas a proporcionar una base teórica.
A esto le siguió el Liber Sextus (1298) de Bonifacio VIII, las Clementinas (1317) de Clemente V, las Extravagantes Joannis XXII y las Comunas Extravagantes, todas las cuales siguieron la misma estructura que el Liber Extra.
Todas estas colecciones, con el Decretum Gratiani, se denominan en conjunto Corpus Juris Canonici.
Después de la finalización del Corpus Juris Canonici, la legislación papal posterior se publicó en volúmenes periódicos llamados Bullaria.
En su preparación, se examinaron siglos de material, los principales expertos examinaron su autenticidad y se armonizaron tanto como fue posible con cánones opuestos e incluso con otros códigos, desde el Codex de Justiniano hasta el Código napoleónico.
Algunos funcionarios eclesiásticos deben tener el doctorado (JCD) o al menos la licenciatura (JCL) en derecho canónico para cumplir con sus funciones: Vicarios Judiciales (c. 1419.1), Jueces (c. 1421.3), Promotores de Justicia (c. .1435), Defensores del vínculo (c. 1435).
Por lo general, los obispos deben tener títulos avanzados en escritura sagrada, teología o derecho canónico (c. 378.1.5).
La Halajá (hebreo: הלכה ;literalmente "caminar") es el cuerpo colectivo de leyes religiosas judías rabínicas derivadas de la Torá escrita y oral, incluida la Mishná, el Midrash halájico, el Talmud y sus comentarios.
La sharía se deriva de dos fuentes principales, los preceptos establecidos en el Corán y el ejemplo dado por el profeta islámico Mahoma en la Sunna.
Los juristas chiitas prefieren aplicar el razonamiento ( 'aql ) en lugar de la analogía para abordar cuestiones difíciles.
La reintroducción de la sharía es un objetivo a largo plazo para los movimientos islamistas en los países musulmanes.
Algunas minorías musulmanas en Asia (por ejemplo, en Israel o en la India ) han mantenido el reconocimiento institucional de la sharía para adjudicar sus asuntos personales y comunitarios.