Lex Manciana
[1] Por inscripciones halladas de la ley, se sabe que, al menos, estuvo vigente hasta finales del siglo V.Existe una inscripción en Henchir-Mettich (c. 116-117[2]) que contiene una adaptación de la Lex Manciana para el fundus Villa Magna Variana.[4] En ellas, se registra, en fechas tan tardías, la lex Manciana, regulando las relaciones entre las grandes fincas y el campesinado.Preámbulo - Identifica a Licinio Máximo (un équite) y Felicior (un liberto de Trajano) como los procuradores que supervisaron el establecimiento en Henchir-Mettich.Sanciones - Las colmenas no se pueden trasladar de la finca a terrenos libres para evitar la renta.Pastoreo - Se paga una tarifa anual de 4 ases por animal que pasta en la tierra.Esta cláusula tiene como objetivo promover la agricultura generacional de la misma tierra y, así, obtener mayor inversión.Confiscación - El propietario reclamará la tierra que durante dos años consecutivos esté abandonada y sin cultivar.