Decreto Ley de indulto de 1969

El Decreto-ley 10/1969, de 31 de marzo, por el que se declara la prescripción de todos los delitos cometidos con anterioridad al 1 de abril de 1939 es una norma legal de España promulgada por el dictador Francisco Franco el 31 de marzo de 1969, que puso fin a las responsabilidades penales derivadas de la Guerra civil española, reconocía la prescripción de los delitos y que venía a suponer en la práctica más un indulto, pero no la amnistía de los hechos.

A raíz de la publicación de este Decreto Ley, varias personas perseguidos por la dictadura franquista que permanecían ocultas, los denominados topos de la Guerra Civil, salieron de sus encierros y recuperaron su vida después de haber permanecido encerradas más de treinta años en algunos casos, por miedo a la represión del régimen franquista.

[1]​ El preámbulo establecía una exposición de los motivos para dictar la citada disposición:[2]​ El artículo primero contenía la declaración fundamental del Decreto-Ley, estableciendo: «Se declaran prescritos todos los delitos cometidos con anterioridad al uno de abril de mil novecientos treinta y nueve».

Con anterioridad a este Real Decreto, durante el franquismo se aprobaron varias disposiciones o indultos parciales en relación con la Guerra Civil:[3]​ El contenido de esta disposición proclamaba la prescripción formal de los delitos, lo que realmente no era ninguna novedad ya que el artículo 113 del Código Penal entonces vigente establecía: «Que los delitos prescriben a los veinte años, cuando la ley señalare al delito las penas de muerte o reclusión mayor y a los quince cuando la pena fuese de reclusión menor».

Por tanto, según Juan José del Águila Torres, esta norma no puede ser considerada como una amnistía, tal como defienden Stanley G. Payne y Jesús Palacios en su biografía de Franco.