Constitución Política del estado de Tabasco

[2]​ Cabe mencionar que Tabasco fue el cuarto estado del país en contar con una Constitución Política.Esto muestra claramente el sentido de quienes crearon estos puntos, un sentido altamente religioso pero además argumenta que el fin es que proporcione equilibrio al interior de la entidad y buscar cierta autonomía.De acuerdo a esta Constitución, el territorio de Tabasco, quedaba configurado por 9 partidos: Teapa, Tacotalpa, Jalapa, Jalpa, Cunduacán, Macuspana, Jonuta, Usumacinta y Villahermosa agrupados en tres departamentos: La Sierra, La Chontalpa y La Capital.[2]​ La segunda Constitución estatal o también mencionada en algunos textos como "Reformas de 1831", ya que para su elaboración no se convocó a un Congreso Constituyente, sino que fue promulgada por la V Legislatura del Congreso del Estado integrada entre otros por: Agustín Güitar, Joaquín Burelo, Eduardo Correa, Juan Ignacio Marchena y Manuel José Hernández,[5]​ siendo sancionada por el gobernador José María Rovirosa el 16 de septiembre de 1831,[6]​ y fue un fiel reflejo renovador de esa época, caracterizado por el centralismo imperante en el país.Para su elaboración no se convocó a un Congreso Constituyente, por lo que en algunos textos la consideran como "Reformas de 1850".Además establecía que el estado quedaría dividido en 12 partidos: Centro, Nacajuca, Cunduacán, Comalcalco, Jalpa, Huimanguillo, Macuspana, Jalapa, Tacotalpa, Teapa, Jonuta y Usumacinta.[8]​ Y señalaba que el Congreso del Estado, debería de estar conformado por 9 Diputados.También se aumentó a nueve el número de diputados propietarios al Congreso estatal.[7]​ En lo relativo al territorio, es esta Constitución se establece que el territorio estatal estará dividido en 12 partidos: San Juan Bautista, Nacajuca, Cunduacán, Comalcalco, Jalpa, Huimanguillo, Jalapa, Tacotalpa, Teapa, Macuspana, Jonuta y Balancán, agrupados en tres regiones: La Chontalpa, La Sierra y El Centro.Esta sexta Constitución estuvo muy influenciada por las ideas porfirístas de esa época, un claro ejemplo de ello, fue que se suprime el apartado que suprimía la reelección inmediata del gobernador.[8]​ Las reformas y adiciones más importantes, se dieron en los apartados relativos al régimen interior del estado, a las Garantías individuales y a los tres poderes, todo enfocado dentro de un marco jurídico que tenía que ver con los movimientos revolucionarios del momento.En lo referente a la forma de gobierno señala que El poder público se divide para su ejercicio en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, no podrán reunirse dos o más poderes en un solo individuo o corporación, ni depositarse el Legislativo en una sola persona.En lo que se refiere al Poder Legislativo, este debe de conformarse con por lo menos 15 Diputados y al fin tantos cuantos distritos uninominales haya, más los de representación proporcional que señalare la ley.
Portada de la Constitución Política de Tabasco promulgada en 1825.
Portada de la Quinta Constitución local de 1883.
Portada de la Constitución estatal de 1890.
Portada de la Constitución local de 1914, que fue de las primeras en el país, que enarbolaron los primeros cambios exigidos por los revolucionarios.
Portada de la Constitución actual del estado de Tabasco, promulgada el 5 de abril de 1919.