A principios del siglo IX, el conde Guillermo I de Tolosa conquistó los territorios del Pallars y Ribagorza a los árabes, y los incorporó al condado de Tolosa, con el que formó una unidad administrativa.
En el Pallars y la Ribagorza, los condes de Tolosa actuaron como un poder prácticamente soberano; así, otorgó unos privilegios a los monasterios de la región muy parecidos a los concedidos por la corte carolingia.
Entonces, un noble local, Ramón I de Pallars-Ribagorza, aprovechó para independizar los territorios del condado al sur del Pirineo y crear una saga condal propia.
Para consolidar su independencia, Ramón I procuró constituir un obispado propio al Pallars, conseguido gracias a las intrigas de Esclua, y encontrar aliados contra los condes de Tolosa, que aspiraban a recuperar el dominio sobre los sus territorios al sur del Pirineo; por eso, el conde de Pallars-Ribagorza buscó influir en los estados vecinos: en Navarra, intervino en el año 905 en el golpe de Estado que entronizó a su sobrino Sancho Garcés I; y en Zaragoza estrechó vínculos con los Banu Qasi.
A la muerte de Ramón I (920), sus dominios se repartieron entre los sus hijos: Miró y Bernardo Unifredo rigieron la Ribagorza, Isarn y Lope cogobernaron el Pallars.
A la muerte de Suniario I (1011), que había sobrevivido a sus hermanos, el condado pasó en cogobierno a sus dos hijos, los cuales, no obstante, se lo dividieron quedándose Ramón III (1011–1047) el Pallars Jussá y Guillermo II (1011–1035) el Pallars Sobirá, una división que la evolución histórica posterior convertiría en definitiva; por tanto, el antiguo condado de Pallars quedó escindido en dos: el condado de Pallars Jussá y el condado de Pallars Sobirá.
El Pallars Jussà pasó a manos del rey Alfonso II de Aragón en 1193, vinculándose desde entonces el condado al marquesado de Lérida y a su diócesis, como también lo hizo el Pallars Sobirá.
En los siglos anteriores a la creación de la Corona de Aragón, se utilizó la ley gótica (lex gotica), lo cual incide en su independencia en relación con sus instituciones legales.
En cuanto a la moneda, en Pallars circuló la moneda aragonesa en los siglos XI y XII o se pensó en cantidades de oro o plata en metálico según valores de cuenta por medidas jaquesas.