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Memos sobre la tortura

El borrador del memorando del 9 de enero de 2002

Un conjunto de memorandos legales conocidos como los " Memorandos sobre la Tortura " (oficialmente el Memorando sobre el Interrogatorio Militar de Combatientes Ilegales Extranjeros Detenidos Fuera de los Estados Unidos ) fueron redactados por John Yoo como Fiscal General Adjunto Adjunto de los Estados Unidos y firmados en agosto de 2002 por el Fiscal General Adjunto Jay S. Bybee , jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Departamento de Justicia de los Estados Unidos . Asesoraban a la Agencia Central de Inteligencia , al Departamento de Defensa de los Estados Unidos y al Presidente sobre el uso de técnicas de interrogatorio mejoradas (tormento y coerción mental y física como la privación prolongada del sueño , la inmovilización en posiciones de estrés y el ahogamiento simulado ) y establecían que tales actos, ampliamente considerados como tortura, podrían ser legalmente permisibles bajo una interpretación expansiva de la autoridad presidencial durante la " Guerra contra el Terror ".

En junio de 2004, tras conocerse el escándalo de las torturas y los abusos a los prisioneros en Abu Ghraib , en Irak, se filtró uno de los memorandos a la prensa. Jack Goldsmith , entonces director de la Oficina de Asesoría Jurídica , ya había retirado los memorandos de Yoo y había aconsejado a las agencias que no se basaran en ellos. Después de que Goldsmith se viera obligado a dimitir debido a sus objeciones, el fiscal general Ashcroft emitió una opinión de un párrafo que autorizaba nuevamente el uso de la tortura. [1] Luego, en diciembre de 2004, otro director de la OLC reafirmó las opiniones jurídicas originales.

En mayo de 2005, la CIA solicitó nuevas opiniones legales sobre las técnicas de interrogatorio que estaba utilizando. La OLC emitió tres memorandos ese mes, firmados por Steven G. Bradbury , en los que se dictaminaba sobre la legalidad de las técnicas autorizadas si los agentes seguían ciertas restricciones. Además de estos memorandos emitidos por la OLC a las agencias ejecutivas, se escribieron memorandos internos relacionados con el uso de la tortura en el interrogatorio de detenidos; por ejemplo, en 2002 y 2003, Donald Rumsfeld , Secretario de Defensa , firmó varios memorandos autorizando "Planes Especiales de Interrogatorio" para detenidos específicos recluidos en la Bahía de Guantánamo en un intento de obtener más información de ellos.

Los memorandos han sido el foco de una considerable controversia sobre el poder ejecutivo, las prácticas gubernamentales y el tratamiento de los detenidos durante la administración de George W. Bush . Las órdenes fueron revocadas por Barack Obama el 22 de enero de 2009, dos días después de comenzar su presidencia.

Los "memorandos sobre la tortura"

El término "memorandos sobre la tortura" se utilizó originalmente para referirse a tres documentos preparados por la Oficina de Asesoría Jurídica del Departamento de Justicia de los Estados Unidos y firmados en agosto de 2002: "Estándares de conducta para interrogatorios según las secciones 2340-2340A del título 18 del Código de los Estados Unidos" e "Interrogatorio de Al Qaeda" (ambos redactados por Jay Bybee ), y una carta sin título de John Yoo a Alberto Gonzales .

Desde la revelación inicial de estos documentos, se han divulgado otras comunicaciones relacionadas con el uso de la tortura para coaccionar o intimidar a los detenidos durante la administración Bush . Entre ellas se incluyen un memorando interno del Departamento de Defensa del 2 de diciembre de 2002 firmado por Donald Rumsfeld , entonces Secretario de Defensa , que autorizaba 17 técnicas en un "Plan de Interrogatorio Especial" que se utilizarían contra el detenido Mohammed al-Qahtani ; [2] una opinión legal del 13 de marzo de 2003 escrita por John Yoo, de la Oficina del Asesor Jurídico del Departamento de Justicia, y emitida al Asesor General de Defensa cinco días antes de que comenzara la invasión estadounidense de Irak , en la que se concluía que las leyes federales relacionadas con el uso de la tortura y otros abusos no se aplicaban a los agentes que interrogaban a extranjeros en el extranjero; [3] y otros memorandos internos del Departamento de Defensa que autorizaban técnicas para interrogatorios militares específicos de ciertos detenidos individuales.

En 2005, Alberto Gonzales testificó ante el Congreso que la CIA había solicitado la opinión de 2002 después de haber capturado a Abu Zubaydah en 2002, que entonces se creía que era una figura importante de Al Qaeda que podía proporcionar información importante a los esfuerzos de Estados Unidos para limitar y prevenir el terrorismo. [4] Estaban ansiosos por obtener la mayor cantidad de información de Zubaydah lo más rápido posible. Las preguntas de los oficiales de la CIA sobre qué tácticas podrían utilizarse con el detenido habían impulsado la redacción del memorando sobre la tortura, [5] lo que se refleja en el lenguaje del memorando: "Han pedido este consejo durante la realización de interrogatorios a Abu Zubaydah". [6] El autor del memorando, John Yoo , reconoció que el memorando autorizó las " técnicas de interrogatorio mejoradas " utilizadas por la CIA en el interrogatorio de Zubaydah. [7] Yoo le dijo a un entrevistador en 2007 que "había una urgencia por tomar una decisión para poder obtener información valiosa de Abu Zubaydah, antes de que pudieran ocurrir más ataques". [7]

Normas de conducta para interrogatorios según el título 18 del Código de los Estados Unidos, artículos 2340-2340A

Jay Bybee, entonces fiscal general adjunto de los Estados Unidos y jefe de la OLC, dirigió un memorando a Alberto Gonzales, [8] entonces asesor del presidente , con fecha del 1 de agosto de 2002, titulado "Estándares de conducta para interrogatorios según los artículos 2340-2340A del título 18 del Código de los Estados Unidos". Estaba respondiendo a la supuesta solicitud del presidente de una opinión legal sobre la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y el artículo 2340 del título 18 del Código de los Estados Unidos y el interrogatorio de operativos de Al Qaeda. [9]

Este es el principal "memorando sobre la tortura", que define la interpretación de la tortura por parte del Departamento de Justicia (DOJ). Los "memorandos sobre la tortura" posteriores se basan en gran medida en él. Analiza en detalle el lenguaje del estatuto de tortura (18 USC §§ 2340–2340A) para derivar su definición de tortura, afirma que el trato "cruel, inhumano o degradante" no es tortura según ese estatuto; y examina "posibles defensas que negarían cualquier afirmación de que ciertos métodos de interrogatorio violan el estatuto". [9] Concluye que la tortura es solo: actos extremos según la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura ; que el dolor intenso (un requisito para esta definición de tortura) es "lesión física grave, como insuficiencia orgánica, deterioro de la función corporal o incluso la muerte"; que el daño mental prolongado es un daño que debe durar "meses o incluso años"; que "el procesamiento en virtud de la Sección 2340A puede ser prohibido porque la aplicación de la ley representaría una infracción inconstitucional de la autoridad del Presidente para conducir una guerra"; y que "en las circunstancias actuales, la necesidad o la legítima defensa pueden justificar métodos de interrogatorio que podrían violar la Sección 2340A". [9]

Parte I

La primera parte, en la que se examina el texto y la historia de la ley estadounidense sobre tortura (18 USC §§ 2340–2340A), aborda principalmente la interpretación de Bybee de la definición de tortura, incluida la definición de dolor o sufrimiento físico y mental severo.

En la primera sección, el memorando afirma que la ley exige una intención específica (la convención sólo exige una intención general, pero la expresión "intención específica" se encuentra en la reserva de ratificación de los EE.UU.), y al citar la jurisprudencia, el precedente afirma que la intención específica significa que "la imposición de dolor [severo] debe ser el objetivo preciso del acusado" y recuerda al lector que la "intención general" sólo requiere acciones que tengan una probabilidad razonable de dar lugar a una violación de la ley. El artículo concluye que, "incluso si el acusado sabe que sus acciones provocarán un dolor severo, si causar dicho daño no es su objetivo, carece de la intención específica requerida". Sugiere que un jurado probablemente actuaría en contra de la ley (por malentendido) al declarar culpable a ese individuo de todos modos.

En la segunda sección, el memorando admite la dificultad de encontrar una definición clara del "dolor o sufrimiento severo" que exige la ley sobre la tortura (que también exige la Convención de la ONU). Tras examinar la definición que ofrecen varios diccionarios, concluye que "dolor" es sinónimo de "sufrimiento" ("es difícil concebir un sufrimiento que no implique un dolor físico severo") y, seleccionando entre las muchas definiciones, el memorando propone que el dolor severo debe ser difícil de soportar (algunas definiciones citadas en el memorando definen el dolor severo como "que causa malestar"). Al buscar una referencia al término en otras leyes y estatutos de los Estados Unidos, cita una ley de atención sanitaria que define "condición de emergencia", pero simplemente menciona el "dolor severo" de pasada. Esa subsección estatutaria, 8 USC § 1395w-22(d)(3)(B), define una condición de emergencia como una condición "que se manifiesta por síntomas agudos de suficiente gravedad (incluido dolor intenso) tal que [uno]... podría esperar razonablemente que la ausencia de atención médica inmediata dé como resultado poner la salud del individuo... en grave peligro, un deterioro grave de las funciones corporales o una disfunción grave de cualquier órgano o parte del cuerpo".

El memorando concluye con una definición estricta de tortura, según la cual el "dolor intenso" debe ser necesariamente el dolor asociado con "la muerte, la insuficiencia orgánica o el deterioro grave de las funciones corporales". También afirma que el estatuto exige que el dolor mental o físico vaya acompañado de "daño mental prolongado" y que "prolongado" significa una duración de meses o años.

Parte II

El memorando analiza la Convención contra la Tortura (a la que el memorando llama la "Convención contra la Tortura") y concluye que la Convención hace una distinción entre tortura y "tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes", y que por lo tanto la tortura es "solamente los actos más extremos", lo que el memorando concluye, junto con las reservas de ratificación de los Estados Unidos, confirma la interpretación de la tortura que se encuentra en la primera parte. Concluye que la tortura no incluye "otros actos de trato o pena cruel, inhumano o degradante " porque ese lenguaje se encuentra en un artículo diferente al de la definición de tortura, y porque parece que la Convención no tiene la intención de penalizar ese acto, sino desalentar su uso. El memorando examina el historial de ratificación y cita la jurisprudencia estadounidense que establece que la interpretación del tratado por parte del poder ejecutivo "debe recibir el mayor peso a la hora de determinar la intención y el significado de un tratado". En el expediente del Congreso se encuentra que la administración Reagan entendió que la tortura era "el extremo del trato o castigo cruel, inhumano y degradante", y que dicho trato o castigo, que no es tortura, era "el trato o castigo cruel, inusual e inhumano prohibido por las Enmiendas Quinta, Octava y/o Decimocuarta a la Constitución de los Estados Unidos".

La interpretación de la administración de George H. W. Bush , que ratificó la Convención, era diferente de la de la administración de Reagan . No promovió ningún lenguaje que considerara que la tortura era sólo una conducta "extremadamente cruel" que resulta en un dolor "insoportable y agonizante" y, en cambio, presentó una reserva que citaba el texto de la ley estadounidense sobre tortura. El memorando afirma que, sobre la base de las conclusiones alcanzadas en la primera parte, "había poca diferencia entre estas dos interpretaciones y... la definición más amplia de dolor o sufrimiento mental simplemente buscaba eliminar la vaguedad creada por el concepto de 'dolor mental agonizante y agonizante'". El memorando cita a un asesor legal del Departamento de Estado, quien afirmó que "la interpretación de la administración Reagan no pretendía establecer un estándar más alto que el que estaba presente en la Convención o en la interpretación de Bush".

El memorando examina la historia de la negociación de la Convención y concluye que los Estados Unidos propusieron originalmente los términos "dolor o sufrimiento extremadamente severo", y que el Reino Unido propuso los términos "dolor o sufrimiento extremo en lugar de ... dolor o sufrimiento severo", y afirma que "[e]n última instancia, al elegir la frase "dolor severo", las partes concluyeron que esta frase "transmitía suficientemente la idea de que solo los actos de cierta gravedad ... constituyen tortura", en lugar de todos los actos que son inhumanos y degradantes. Concluye que "la historia de la ratificación y la historia de la negociación [de la Convención] confirman que la Sección 2340A solo alcanza los actos más atroces ", y por lo tanto implica que esto confirma su definición de tortura en la primera parte, sección dos de este memorando.

Parte III

La tercera parte resume diversas técnicas de la jurisprudencia para describir el tipo de conducta que los tribunales han determinado anteriormente que constituye tortura. El memorando afirma que, a través de un análisis de esos casos, "los tribunales probablemente adopten un enfoque de la totalidad de las circunstancias y examinen toda la línea de conducta para determinar si ciertos actos violarán la Sección 2340A". Después de revisar una serie de casos relacionados con la tortura en los EE. UU., en los que las víctimas fueron sometidas a palizas, quemaduras, descargas eléctricas y la amenaza de tales acciones, afirma que "creemos que las técnicas de interrogatorio tendrían que ser similares a estas en su naturaleza extrema y en el tipo de daño causado para violar la ley". Sí analiza un caso en el que el tribunal federal afirma que un incidente aislado, como un solo golpe en el estómago, es suficiente por sí solo para ser tortura, pero el memorando afirma que esto es un error, porque "un solo golpe no alcanza el nivel requerido de gravedad [para constituir tortura]". Más adelante se dice que esta conclusión se basa "en nuestra interpretación del estatuto penal" que se encuentra en la sección dos de la primera parte de este memorando. Aunque el memorando afirma que en ningún lugar de la jurisprudencia se puede encontrar una interpretación o definición clara de la tortura, porque los casos que encontró se referían todos a actos extremos, concluye que esto confirma la definición de tortura del memorando. [ Aclaración necesaria ]

Parte IV

En la cuarta parte se examina la jurisprudencia internacional relativa a la tortura y se concluye que, si bien existen muchos métodos que pueden constituir un trato cruel, inhumano y degradante, "no producen dolor o sufrimiento de la intensidad necesaria para cumplir la definición de tortura". Se analizan dos casos:

Parte V

La quinta parte del memorando analiza el derecho constitucional en cuanto a si el estatuto aprobado por el Congreso infringe los poderes del presidente para conducir la guerra, y concluye que es inconstitucional. Afirma específicamente que la nación estaba "en medio de una guerra en la que la nación [ya] había sufrido un ataque directo", y que limitar los interrogatorios invadiría la capacidad del presidente para prevenir futuros ataques. El memorando resume la amenaza terrorista de Al Qaeda , incluidos los ataques del 11 de septiembre, y afirma que el interrogatorio de los operativos de Al Qaeda llevó a detener el ataque planeado por José Padilla . Proporciona jurisprudencia que respalda su posición de que el poder ejecutivo debe conducir la guerra. [ aclaración necesaria ] También argumenta que el procesamiento de personas que siguen órdenes del presidente, incluso si violan el § 2340A, no debería ser posible, ya que afectaría los poderes del presidente como comandante en jefe.

Parte VI

La sexta parte del memorando se titula "Defensas" y concluye que "en las circunstancias actuales, la necesidad o la legítima defensa pueden justificar métodos de interrogatorio que podrían violar la Sección 2340A". Esto se presenta como un argumento de seguridad, porque el autor cree que, según su opinión en la quinta parte del memorando, el procesamiento probablemente sería imposible.

Conclusión

En la sección de conclusiones del memorando, Bybee resume las que se consideran las conclusiones más importantes del memorando, a saber, la definición de tortura, la posible inconstitucionalidad del estatuto de tortura aplicado al presidente y la justificación legal de la necesidad o legítima defensa para cualquier acto que pueda constituir tortura.

Interrogatorio de un agente de Al Qaeda

Jay Bybee dirigió un memorando a John A. Rizzo , entonces asesor general interino de la CIA, con fecha del 1 de agosto de 2002, en respuesta a la supuesta solicitud de la CIA de una opinión legal sobre el 18 USC § 2340 (el estatuto de tortura) aplicado al interrogatorio de Abu Zubaydah . [10] Hubo mucha oposición de la administración a la divulgación pública de este memorando, y la primera publicación fue casi completamente censurada. [11] Resume los hechos relacionados con Abu Zubaydah y su resistencia al interrogatorio, según lo relata la CIA. Resume los diversos métodos de coerción física y psicológica que utilizará la CIA contra Zubaydah (ver la siguiente sección, Parte I para más detalles). Analiza los antecedentes de Zubaydah y los posibles efectos mentales de dicho abuso, los antecedentes del consultor que lo asistirá y los detalles de las acciones coercitivas propuestas. A continuación, aplica la ley estadounidense sobre tortura (18 USC §§ 2340–2340A) a cada una de estas acciones propuestas y concluye que ninguno de estos métodos, de manera individual o simultánea, se consideraría tortura según la ley.

Parte I

La primera parte dice que el asesoramiento que se brinda en este memorando se aplica únicamente a los hechos en cuestión en relación con Abu Zubaydah , y que las conclusiones del memorando pueden cambiar en función de hechos diferentes. Esos hechos, según el memorando de alto secreto, son que Abu Zubaydah estaba detenido por los Estados Unidos, y que "el equipo de interrogatorio está seguro de que tiene información adicional que se niega a divulgar" sobre grupos terroristas en los Estados Unidos o Arabia Saudita que planean ataques en los Estados Unidos o en el extranjero. No da ningún detalle ni nota que haga segura esta conclusión. El memorando afirma que parece que el sospechoso se ha acostumbrado a sus técnicas de interrogatorio, y se refiere a la amenaza de un posible ataque en los Estados Unidos por parte de individuos desconocidos. Sin más discusión, el resumen de los hechos concluye que el "alto nivel de amenaza que [el lector] cree que existe ahora" es la razón por la que se está buscando asesoramiento sobre técnicas adicionales. Continuando con el resumen de los hechos, el memorando resume las características de los profesionales presentes durante las técnicas de interrogatorio propuestas y resume esos métodos coercitivos. Afirma que el propósito de estos métodos será "convencer a Zubaydah de que la única forma en que puede influir en su entorno es mediante la cooperación". El memorando describe en detalle cada una de las técnicas propuestas como de uso general, incluyendo el agarre de atención, el emparedado , el agarre facial, la bofetada insultante, el confinamiento en espacios reducidos (grandes y pequeños y con y sin insectos), la posición de pie contra la pared, las posiciones de estrés, la privación del sueño y el ahogamiento simulado . Aclara que un experto médico siempre estará presente "para prevenir daños físicos o mentales graves[.]"

Parte II

La segunda parte de este memorando detalla cómo se aplicarán las técnicas descritas en la primera parte en el caso de Abu Zubaydah . Describe las prácticas de la CIA y les recuerda cómo se aplican esas prácticas "para garantizar que el uso de estos procedimientos propuestos no produzca daños mentales prolongados". Esta sección analiza cómo nunca se ha producido ningún daño apreciable como resultado de la aplicación de estas técnicas al personal militar estadounidense y cómo estas técnicas cuentan con la aprobación de los expertos médicos del gobierno que se capacitan en su aplicación y subversión. Resume el perfil psicológico proporcionado del sujeto, incluyendo su participación en actividades terroristas de alto nivel [Nota: como se creyó en ese momento, pero se encontró que era incorrecto] [ cita requerida ] con al Qaeda y su experiencia en el entrenamiento de operativos en resistencia a los interrogatorios , así como su pensamiento radical, como el hecho de que "ha declarado durante las entrevistas que piensa que cualquier actividad fuera de la yihad es "tonta". Afirma que después de una investigación sustancial de los antecedentes, el comportamiento y las entradas del diario del individuo, los interrogadores creen que no sufre ningún trastorno o perturbación psicológica. Esta sección concluye enfatizando el valor potencial de la información que podría proporcionar, así como su probable gran capacidad para resistir las técnicas de interrogatorio estándar.

Parte III

En esta sección se ofrece un análisis jurídico de la ley estadounidense contra la tortura (18 USC §§ 2340–2340A) y la aplicación de cada una de las técnicas propuestas en esta situación particular. Después de resumir la ley, se analizan los elementos del delito de tortura (infligir dolor o sufrimiento severo) y la intención específica (o criminal) que exige el estatuto para el delito.

Carta de Yoo a Alberto Gonzales

John Yoo , quien redactó los Memorandos sobre la Tortura

John Yoo , entonces fiscal general adjunto adjunto en la Oficina del Asesor Jurídico , dirigió un memorando a Alberto Gonzales , entonces asesor del presidente, con fecha del 1 de agosto de 2002, en respuesta a la supuesta solicitud de Gonzales de una opinión legal sobre si los métodos de interrogatorio utilizados en operativos de Al Qaeda violarían la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y si tales acciones podrían ser la base para un procesamiento en la Corte Penal Internacional . [12] La carta tiene por objeto complementar el memorando enviado a Gonzales el mismo día por Jay Bybee, al que se refiere ocasionalmente. La carta concluye que la interpretación del Departamento de Justicia de 18 USC § 2340, que promulgó la Convención contra la Tortura en la legislación estadounidense, no entra en conflicto con la Convención porque Estados Unidos registró sus reservas al ratificarla. También concluye que "las acciones tomadas como parte del interrogatorio... no pueden caer dentro de la jurisdicción de la CPI, aunque sería imposible controlar las acciones de un fiscal o juez deshonesto". La carta explica la interpretación del Departamento de Justicia de los §§ 2340–2340A, su interpretación de la Convención contra la Tortura aplicada a los Estados Unidos y el estado de las reservas estadounidenses, y explica su posición sobre la posibilidad de procesamiento por parte de la CPI.

Parte I

En la explicación de la definición de tortura según el 18 USC § 2340, se enfatiza la necesidad de que el dolor sea severo, aunque no se intenta definir qué significa "dolor o sufrimiento severo". También se enfatiza que la persona que inflige dicho dolor debe tener "la intención específica de infligir dolor o sufrimiento severo". La carta explica la definición de "dolor o sufrimiento mental severo" del § 2340 y recuerda al lector la necesidad de que haya un "daño mental prolongado".

Parte II

El memorando cita la definición de tortura de la Convención contra la Tortura y compara esa definición con la que figura en el estatuto estadounidense, y analiza el efecto de la reserva de ratificación de los Estados Unidos a la Convención. Esa reserva se refería principalmente al Artículo Uno de la Convención, que define la tortura, pero también establece que los Estados Unidos se niegan a aceptar la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia en lo que respecta a la conformidad con la Convención. El memorando señala que en la reserva, los Estados Unidos añadieron el término "intención específica" (en contraposición a la "intención general" de la Convención), y explicaron lo que se entendía por dolor o sufrimiento mental (como en el estatuto estadounidense). Al comentar la especificidad de la reserva y el estatuto en lo que respecta al dolor o sufrimiento mental, el memorando dice que "esta interpretación garantizaba que la tortura mental alcanzaría una severidad comparable a la requerida en el contexto de la tortura física". El memorando explica el derecho de los tratados, que establece que Estados Unidos está obligado a respetar el tratado sólo en la forma en que lo modifica la reserva, y señala que el lenguaje de la reserva es "casi idéntico" al del artículo 2340 del título 18 del Código de los Estados Unidos. Por lo tanto, afirma que si la conducta de interrogatorio no viola el estatuto estadounidense, tampoco violaría las obligaciones de Estados Unidos en virtud de la Convención. Si bien la carta afirma que hay poca diferencia sustancial entre la definición de tortura en el texto del estatuto (o reserva) y en la Convención, la mayor parte del material en esta parte del memorando está dedicado a explicar por qué la reserva a la Convención es válida y no puede ser revocada. El memorando cierra esta sección recordando al lector la negativa de Estados Unidos a aceptar la jurisdicción de la CPI y que, "[a]unque la Convención crea un [c]omite para supervisar el cumplimiento, [el comité] sólo puede realizar estudios y no tiene poderes de ejecución".

Parte III

Al hablar del posible procesamiento por parte de la CPI, el memorando afirma que Estados Unidos no ratificó el tratado necesario para tal jurisdicción (el Estatuto de Roma ). El memorando sostiene además que incluso si la CPI reclamara jurisdicción, "el interrogatorio de un agente de Al Qaeda no podría constituir un crimen según el Estatuto de Roma", ya que no implicaría el "ataque generalizado y sistemático dirigido contra cualquier población civil" y no sería considerado un crimen de guerra . Yoo escribe que, en su opinión, "la campaña de Estados Unidos contra Al Qaeda es un ataque a una organización terrorista no estatal, no a una población civil". También reitera la "afirmación" del presidente W. Bush de que "ni los miembros de la red terrorista Al Qaeda ni los soldados talibanes tenían derecho al estatus legal de prisioneros de guerra según la [Convención de Ginebra]", y por lo tanto los métodos de interrogatorio planificados no constituirían una violación de la Convención de Ginebra ni un crimen de guerra. Esta interpretación de la Convención de Ginebra fue enviada en memorandos, a pesar de las objeciones de los abogados y del Secretario del Departamento de Estado, [13] [14] el 9 de enero de 2002, [15] el 22 de enero de 2002, [16] el 1 de febrero de 2002, [17] y nuevamente el 7 de febrero de 2002. [18]

Conclusión

Yoo concluye la carta diciendo: "Es posible que un funcionario de la CPI ignore las claras limitaciones impuestas por el Estatuto de Roma, o al menos esté en desacuerdo con la interpretación que hace el Presidente de [la Convención de Ginebra]. Por supuesto, el problema del 'fiscal deshonesto' no se limita a las preguntas sobre el interrogatorio de los agentes de Al Qaeda, sino que es un riesgo potencial para cualquier cantidad de acciones que se han llevado a cabo durante la campaña de Afganistán... No podemos predecir las acciones políticas de las instituciones internacionales".

14 de marzo de 2003, Memorándum de Yoo al Departamento de Defensa sobre métodos de interrogatorio en el extranjero

Después de que Bybee fuera confirmado en su nombramiento como juez federal el 13 de marzo, John Yoo fue el jefe interino de la OLC. Escribió un memorando al Departamento de Defensa el 14 de marzo de 2003, concluyendo que "las leyes federales contra la tortura, el asalto y la mutilación no se aplicarían al interrogatorio en el extranjero de sospechosos de terrorismo". [3] Esto fue cinco días antes de la Guerra de Irak . La opinión legal había sido solicitada por William J. Haynes , Asesor General del Departamento de Defensa. Yoo fue jefe interino de la OLC durante varios meses antes de que Jack Goldsmith fuera aprobado para el puesto. En 2008, los líderes de los comités de Inteligencia y Servicios Armados del Senado concluyeron que el memorando fue utilizado por el Departamento de Defensa para "justificar duras prácticas de interrogatorio a sospechosos de terrorismo en la Bahía de Guantánamo " y la tortura y el abuso de prisioneros en Abu Ghraib. [3]

Retirada del jefe de la OLC, Jack Goldsmith

Después de que Bybee renunciara al Departamento de Justicia en marzo de 2003 para ocupar un puesto de juez federal en Nevada, el Fiscal General Ashcroft vetó la elección de John Yoo por parte de la Casa Blanca como su sucesor. Yoo fue director interino de la OLC durante varios meses.

Jack Goldsmith fue designado para suceder a Bybee como jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica y asumió el cargo en octubre de 2003. Profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chicago antes de prestar servicio en el gobierno, había sido previamente asesor legal de William Haynes , el Asesor General del Departamento de Defensa.

En la primavera de 2004, el escándalo de los prisioneros de Abu Ghraib estalló en los medios de comunicación y, en junio de 2004, el memorándum de Bybee se filtró a la prensa. [7] Basándose en su revisión de los memorándums sobre la tortura, Goldsmith concluyó que eran jurídicamente defectuosos y debían ser retirados. [7] En su libro The Terror Presidency (2007), Goldsmith los calificó de "argumentos jurídicos superficiales y unilaterales". Goldsmith dice que había decidido revocar lo que la CIA había llamado su "escudo dorado" contra el procesamiento seis meses antes de que se revelaran los abusos en Abu Ghraib. Estaba trabajando en el problema cuando el escándalo y la filtración del memorándum precipitaron la decisión final. [7]

Cuando Goldsmith comunicó su decisión al asesor de la Casa Blanca Alberto Gonzales y al asesor del vicepresidente David Addington , Goldsmith escribió que Gonzales parecía "desconcertado y ligeramente preocupado", mientras que Addington "estaba simplemente enojado". [19] Goldsmith presentó su renuncia al mismo tiempo. [7]

Reflexionando posteriormente sobre los Memorandos sobre la Tortura como una historia de advertencia, Goldsmith escribió en sus memorias de 2007:

¿Cómo pudo ocurrir esto? ¿Cómo pudo la OLC escribir opiniones que, cuando se dieron a conocer al mundo semanas después de que estallara el escándalo de Abu Ghraib, hicieron parecer que la administración estaba dando una sanción oficial a la tortura y trajeron tal deshonra a los Estados Unidos, a la administración Bush, al Departamento de Justicia y a la CIA? ¿Cómo pudieron sus opiniones reflejar tan mal criterio, estar tan mal razonadas y tener un tono tan terrible?... La principal explicación es el miedo [a un nuevo ataque]. El miedo explica por qué la OLC se excedió. Y al hacerlo, la OLC tomó atajos en sus procedimientos de redacción de opiniones. [19] : 165–6 

Goldsmith estuvo diez meses en la OLC. Renunció, según dijo, por varias razones, pero la principal fue que, debido a la retirada de los Memorandos sobre la Tortura, "personas importantes dentro de la administración habían llegado a cuestionar mi... fiabilidad". [19] : 161  No había podido terminar las opiniones jurídicas de reemplazo, por lo que esa tarea recayó en sus sucesores. Pero, más tarde ese año, su sucesor en la OLC emitió una opinión que cambiaba la definición muy estrecha de tortura de las opiniones jurídicas originales de la administración Bush sobre este tema.

Dictamen revisado, diciembre de 2004

La opinión sustitutiva de la OLC del 30 de diciembre de 2004, "Definición de tortura según los artículos 2340-2340A del título 18 del Código de los Estados Unidos" [20], escrita por Daniel Levin , fiscal general adjunto interino de la Oficina de Asesoría Jurídica, revirtió la definición estricta de tortura contenida en los memorandos. Señaló que "si bien hemos identificado varios desacuerdos con el memorando de agosto de 2002, hemos revisado las opiniones anteriores de esta Oficina que abordan cuestiones relacionadas con el tratamiento de los detenidos y no creemos que ninguna de sus conclusiones sea diferente según los estándares establecidos en este memorando". [20] [21]

Memorandos de Bradbury

Steven G. Bradbury (2017), exdirector de la Oficina de Asesoría Jurídica del gobierno de George W. Bush

En 2005, los abogados de la CIA revisaron cintas de vídeo de interrogatorios a detenidos. Cada vez más preocupado por las implicaciones legales de sus prácticas, John Rizzo , entonces asesor general interino de la agencia, solicitó a la Oficina de Asesoría Jurídica del Departamento de Justicia nuevas opiniones legales sobre el uso de estas técnicas. Steven G. Bradbury, como jefe de la OLC, firmó tres memorandos emitidos en mayo de 2005 en los que se informaba a la CIA de que se podía utilizar un conjunto limitado de técnicas de interrogatorio, de acuerdo con ciertas restricciones. [22] [23] [24] Las técnicas permitidas incluían el ahogamiento simulado , [25] el emparedado , las posiciones de estrés , golpear a un prisionero, [26] [27] la exposición a temperaturas extremas, [28] [27] y la privación forzada del sueño de hasta 180 horas ( 7+12 días), [29] [22] [23] [30] [24] incluidas múltiples técnicas cuando se utilizan en combinación. [31]

La OLC afirmó que las técnicas no violaban la Convención contra la Tortura , ratificada por Estados Unidos en 1994. Ese año, la CIA destruyó las cintas de vídeo de los interrogatorios .

Bradbury redactó un memorando adicional con fecha de julio de 2007, en el que buscaba conciliar las técnicas de interrogatorio con los nuevos avances legales, incluido el caso Hamdan v. Rumsfeld , así como la legislación interviniente, como la Ley de Comisiones Militares de 2006 y la Ley de Tratamiento de Detenidos de diciembre de 2005. El memorando de 2007 proporcionó autorización legal y aprobación de la OLC para un conjunto más limitado de acciones para su uso al interrogar a detenidos de alto valor. Esta aprobación abarcó seis técnicas enumeradas, incluida la privación temporal de alimentos (no menos de 1.000 calorías /día), la privación del sueño al ser obligado a mantener una "posición de pie durante un máximo de cuatro días" y varios tipos de golpes físicos. [32] [33]

Dictámenes revisados, 2009

Hacia el final de la administración Bush, Bradbury firmó dos memorandos para los archivos, explicando que durante su mandato, la OLC había determinado que ciertas proposiciones legales previamente enunciadas en diez opiniones de la OLC emitidas entre 2001 y 2003 sobre el poder ejecutivo en la guerra contra el terrorismo ya no reflejaban las opiniones de la OLC. Sus memorandos decían que las diez opiniones anteriores "no deberían ser consideradas como autorizadas para ningún propósito" y explicaban además que algunas de las opiniones subyacentes habían sido retiradas o reemplazadas y que el Poder Ejecutivo "debía tener cautela" "antes de confiar en otros aspectos" en las otras opiniones que no habían sido reemplazadas o retiradas. [34] [35] [36] El 15 de enero de 2009, en el Memorándum sobre el estado de ciertas opiniones de la OLC emitidas tras los ataques terroristas del 11 de septiembre de 2001, [37] Steven G. Bradbury , director interino de la OLC desde 2005 hasta el 20 de enero de 2009, durante la administración Bush, declaró:

También hemos expresado anteriormente nuestro desacuerdo con las afirmaciones específicas extraídas de la Opinión sobre el Interrogatorio del 1 de agosto de 2002: El memorando del 1 de agosto de 2002 argumentó que "cualquier esfuerzo del Congreso por regular el interrogatorio de los combatientes en el campo de batalla violaría la concesión exclusiva de la autoridad del Comandante en Jefe al Presidente, según la Constitución". No estoy de acuerdo con esa opinión.

y además que

La prohibición federal de la tortura, 18 USC §§ 2340–2340A, es constitucional y creo que se aplica como un asunto general al tema de la detención e interrogatorio de detenidos llevados a cabo de conformidad con la autoridad del Comandante en Jefe del Presidente. La declaración en contrario del memorando del 1 de agosto de 2002, citado anteriormente, ha sido retirada y reemplazada, junto con la totalidad del memorando, y en cualquier caso no encuentro esa declaración convincente. El Presidente, como todos los funcionarios del Gobierno, no está por encima de la ley. Tiene el deber jurado de preservar, proteger y defender la Constitución y de ejecutar las leyes de los Estados Unidos fielmente, de conformidad con la Constitución.

El repudio del presidente Obama

Dos días después de asumir el cargo el 20 de enero, el presidente Barack Obama emitió la Orden Ejecutiva 13491 , que anuló todas las directrices anteriores de la OLC sobre "la detención o el interrogatorio de individuos detenidos" y ordenó que ninguna agencia gubernamental pudiera basarse en ninguna de las opiniones de la OLC sobre ese tema entre 2001 y 2009. [38] Había declarado poco antes de asumir el cargo "bajo mi administración, Estados Unidos no tortura". [39]

En abril de 2009, Obama publicó versiones redactadas de los Memorandos sobre la Tortura. [40] Poco después, dijo que su administración no procesaría ni a los autores de los memorandos ni a los empleados o contratistas de la CIA o del Departamento de Defensa que llevaron a cabo los actos descritos en ellos creyendo que eran legales. [41]

Sin embargo, en agosto de 2009, el Departamento de Justicia anunció que quienes hubieran excedido las "técnicas" aprobadas podrían enfrentar un proceso penal. [42] La investigación del Departamento de Justicia sobre tales acciones continuó en 2010.

Respuestas

Bybee firmó el memorando legal que definía las " técnicas de interrogatorio mejoradas " (incluido el ahogamiento simulado), que ahora son consideradas como tortura por el Departamento de Justicia, [43] Amnistía Internacional , [44] Human Rights Watch , [45] expertos médicos, [46] [47] funcionarios de inteligencia, [48] jueces militares, [49] y aliados estadounidenses. [50] En 2009, el juez español Baltasar Garzón consideró realizar una investigación por crímenes de guerra contra Bybee y otras cinco figuras de la administración Bush, [51] pero el Fiscal General de España recomendó no hacerlo. Bybee, sin embargo, fue investigado por la Oficina de Responsabilidad Profesional del Departamento de Justicia (ver más abajo). [50]

Jack Goldsmith , que sucedió a Bybee como jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica, retiró los memorandos sobre la tortura semanas antes de dimitir en junio de 2004. Más tarde dijo que estaba "asombrado" por el análisis jurídico "profundamente defectuoso" y "mal razonado" que figuraba en los memorandos. [52] [53]

David Luban, profesor de derecho en la Facultad de Derecho de Georgetown , testificó ante el Congreso el 13 de mayo de 2009, afirmando que los memorandos eran "un desastre ético" y que habían sido redactados para "realizar ingeniería inversa" de una defensa por acciones ilegales ya cometidas. [54]

Investigación de la OPR

En 2009, la Oficina de Responsabilidad Profesional del Departamento de Justicia revisó el trabajo del autor principal John Yoo , ahora profesor de derecho en la Universidad de California, Berkeley; y el firmante Jay Bybee, ahora juez federal, para determinar si el asesoramiento brindado "era consistente con los estándares profesionales que se aplican a los abogados del Departamento de Justicia". [55] John Yoo fue posteriormente duramente criticado por el Departamento de Justicia por no citar precedentes legales y jurisprudencia existente al redactar sus memorandos. [52] En particular, el informe del Departamento de Justicia de 2009 reprende a Yoo por no citar Youngstown Sheet & Tube Co. v. Sawyer , un caso seminal de 1952 sobre los poderes del Ejecutivo en tiempos de guerra. [52] En su informe final de 261 páginas, la OPR concluyó que las opiniones legales que justificaban el ahogamiento simulado y otras tácticas de interrogatorio para su uso en sospechosos de Al Qaeda bajo custodia de los Estados Unidos equivalían a mala conducta profesional. [56] : 254  El informe decía que Yoo en particular "no proporcionó deliberadamente una interpretación exhaustiva, objetiva y sincera de la ley", y recomendaba remitirlo al Colegio de Abogados para que se le aplicaran medidas disciplinarias. [56] : 251–254 

Sin embargo, en un memorando fechado el 5 de enero de 2010, al Fiscal General Eric Holder , David Margolis, el principal abogado de carrera del Departamento de Justicia que asesora a los designados políticos, [57] anuló la remisión recomendada. [58] Si bien Margolis tuvo cuidado de evitar "un respaldo al trabajo legal", que dijo que era "defectuoso" y "contenía errores más que menores", concluyó que Yoo había ejercido un "mal juicio", que no alcanzó el nivel de "mala conducta profesional" suficiente para autorizar a la OPR a remitir sus hallazgos a las autoridades disciplinarias del colegio de abogados del estado. [59] La decisión de Margolis de no remitir a Yoo al colegio de abogados para disciplinarlo fue criticada por numerosos comentaristas. [60] [61] [62] [63]

El 26 de febrero de 2010, The New York Times informó que el Departamento de Justicia había revelado que faltaban numerosos archivos de correo electrónico relacionados con las decisiones de ese período y que no habían estado disponibles para la investigación de la OPR. [59] Estos incluían la mayoría de los registros de correo electrónico de Yoo, así como "un mes de archivos de correo electrónico del verano de 2002 de Patrick Philbin , otro abogado del Departamento de Justicia designado políticamente que trabajó en las opiniones de interrogatorio. Esos mensajes de correo electrónico faltantes llegaron durante un período en el que se estaban preparando dos de los memorandos de interrogatorio críticos". [59]

Crítica

El memorando del 1 de agosto de 2002 ha sido ampliamente criticado, incluso dentro de la administración Bush. Colin Powell , el Secretario de Estado , se opuso firmemente a la invalidación de las Convenciones de Ginebra , [64] mientras que Alberto Mora , Asesor General de la Marina de los EE. UU ., hizo campaña internamente contra lo que él veía como el "razonamiento legal catastróficamente pobre" y el extremismo peligroso de las opiniones legales de Yoo. [65]

En 2009, Philip D. Zelikow , ex asesor jurídico del Departamento de Estado de Condoleezza Rice , testificó ante el Comité Judicial del Senado:

Me pareció que la interpretación que la OLC hace del Derecho Constitucional de los Estados Unidos en esta área es forzada e indefendible. No podía imaginar que ningún tribunal federal de los Estados Unidos estuviera de acuerdo en que todo el programa de la CIA podría llevarse a cabo sin violar la Constitución estadounidense. [66]

Zelikow alegó que los funcionarios de la administración Bush no sólo ignoraron sus memorandos sobre el tema, sino que intentaron destruirlos. [66]

En junio de 2004, el memorando fue rescindido por Jack Goldsmith , que había sido designado en octubre de 2003 para dirigir la OLC. [55] Anteriormente había aconsejado a las agencias que no siguieran los tres memorandos de agosto de 2002. Calificó el memorando de "profundamente defectuoso" y "mal razonado". [55] Al discutir los temas en 2007, después de publicar sus memorias sobre su servicio en la administración Bush, Goldsmith afirmó que "no había determinado que las técnicas subyacentes fueran ilegales". [67] Continúa: "No estaba en posición de tomar una decisión independiente sobre las otras técnicas. Ciertamente no pensé que fueran ilegales, pero tampoco pude obtener una opinión de que fueran legales". [67]

En 2004, el periodista Robert Scheer preguntó si el nombramiento de Bybee para un puesto vitalicio como juez federal era una recompensa por escribir el memorándum sobre la tortura. En su columna en Los Angeles Times, Scheer escribió: "¿Fue una recompensa por un pensamiento jurídico tan audaz que sólo unos meses después Bybee fuera nombrado para uno de los principales tribunales judiciales del país?". Escribió: "El memorándum de Bybee no es un ejercicio extraño de relativismo moral, sino que proporciona la explicación más coherente de cómo esta administración Bush llegó a creer que para garantizar la libertad y la seguridad en el país y en el extranjero, debía imitar las tácticas de dictadores brutales". [68]

En 2005, en su testimonio ante el Congreso, Harold Hongju Koh , decano de la Facultad de Derecho de Yale y ex secretario adjunto de Derechos Humanos en la administración de Bill Clinton , calificó el memorando del 1 de agosto de 2002 como "quizás la opinión legal más claramente errónea que he leído", que "sobreinterpreta groseramente el poder constitucional del presidente". [69] John Dean , el ex abogado de la Casa Blanca de Nixon involucrado en el escándalo de Watergate , concluyó en 2005 que el memorando equivalía a evidencia de un crimen de guerra . [69] Señaló que, después de que se filtrara el memorando, "la Casa Blanca dejó al juez Bybee en la estacada". [69]

El 9 de marzo de 2006, después de salir de una charla a puertas cerradas en la Facultad de Derecho de Harvard patrocinada por el capítulo estudiantil de la Sociedad Federalista , Bybee fue confrontado por alrededor de treinta y cinco manifestantes. [70]

En octubre de 2007, un ex instructor principal y jefe de entrenamiento de SERE publicó un artículo de opinión titulado "El ahogamiento simulado es tortura... punto". Su artículo se basaba en su "personalidad de haber dirigido, presenciado y supervisado el ahogamiento simulado de cientos de personas", explicando que el uso del ahogamiento simulado en SERE estaba "diseñado para mostrar cómo un malvado enemigo totalitario usaría la tortura al menor capricho". [71] [72]

Douglas Kmiec , profesor de Derecho en la Universidad Pepperdine , ha declarado que, en última instancia, el memorando "no causó ningún daño legal a largo plazo porque fue redactado de nuevo y no es jurídicamente vinculante". [73]

En marzo de 2009, Baltasar Garzón , un juez español que ha considerado cargos de crímenes de guerra internacionales contra otras figuras de alto perfil, consideró si permitir que se presentaran cargos contra Bybee y otros cinco ex funcionarios de la administración de George W. Bush . [74] El 17 de abril de 2009, el Fiscal General de España, Cándido Conde-Pumpido , emitió una recomendación no vinculante contra la investigación. [75]

El 19 de abril de 2009, un editorial de The New York Times dijo que Bybee "no es apto para un trabajo que requiere juicio legal y respeto por la Constitución" y pidió el impeachment de Bybee desde el tribunal federal . [76] Los amigos de Bybee han indicado que el jurista lamenta en privado las deficiencias del polémico memorando y su creciente notoriedad. [77] En respuesta a las críticas, Bybee dijo a The New York Times que su firma de las polémicas opiniones se basó "en nuestro análisis de buena fe de la ley". Al abordar los informes de sus arrepentimientos, dijo en el mismo artículo que habría hecho algunas cosas de manera diferente, como aclarar y agudizar el análisis de algunas de sus respuestas, para ayudar al público a comprender mejor en retrospectiva la base de sus conclusiones. [78]

En un artículo del Washington Post del 25 de abril de 2009 , Patrick J. Leahy (demócrata de Vermont), presidente del Comité Judicial del Senado, dice: "Si la administración Bush y el señor Bybee hubieran dicho la verdad, nunca habría sido confirmado", y añade que "lo decente y honorable que podría hacer sería dimitir [del Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Noveno Circuito]". [77] Cuatro días después, el senador Leahy envió una carta al juez Jay S. Bybee invitándolo a testificar ante el Comité Judicial en relación con su papel en la redacción de memorandos legales que autorizaban el uso de técnicas de interrogatorio duras mientras se desempeñaba como fiscal general adjunto de la Oficina de Asesoría Jurídica (OLC). [79] Bybee "se negó a responder" a la carta. [80]

La jueza Betty Fletcher , miembro del Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Noveno Circuito durante 30 años hasta su muerte en 2012, es citada de una declaración sobre Bybee:

Es un conservador moderado, muy brillante y siempre atento a los antecedentes y a la ley aplicable. No he hablado con otros jueces sobre su memorando sobre la tortura, pero a mí me parece totalmente fuera de lugar e inexplicable que haya firmado un documento de ese tipo. [78]

Véase también

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