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La quiebra en Estados Unidos

Quiebras presentadas por tipo por año

En los Estados Unidos, la bancarrota se rige en gran medida por la ley federal, comúnmente conocida como el "Código de Quiebras" ("Código"). [1] La Constitución de los Estados Unidos (Artículo 1, Sección 8, Cláusula 4) autoriza al Congreso a promulgar "leyes uniformes sobre el tema de las quiebras en todo Estados Unidos". El Congreso ha ejercido esta autoridad varias veces desde 1801, incluso mediante la adopción de la Ley de Reforma de Quiebras de 1978 , en su forma enmendada, codificada en el Título 11 del Código de los Estados Unidos y la Ley de Prevención del Abuso de Quiebras y Protección del Consumidor de 2005 (BAPCPA).

Algunas leyes relacionadas con la bancarrota se encuentran en otras partes del Código de los Estados Unidos. Por ejemplo, los delitos de bancarrota se encuentran en el Título 18 del Código de los Estados Unidos (Delitos). Las implicaciones fiscales de la bancarrota se encuentran en el Título 26 del Código de los Estados Unidos ( Código de Rentas Internas ), y la creación y jurisdicción de los tribunales de bancarrota se encuentran en el Título 28 del Código de los Estados Unidos (Poder Judicial y Procedimiento Judicial).

Los casos de quiebra se presentan en los tribunales de quiebra de los Estados Unidos (unidades [2] de los Tribunales de Distrito de los Estados Unidos ), y la ley federal rige el procedimiento en los casos de quiebra. Sin embargo, las leyes estatales se aplican a menudo para determinar cómo afecta la quiebra a los derechos de propiedad de los deudores. Por ejemplo, las leyes que rigen la validez de los gravámenes o las normas que protegen cierta propiedad de los acreedores (conocidas como exenciones), pueden derivar de la ley estatal o de la ley federal. Debido a que la ley estatal desempeña un papel importante en muchos casos de quiebra, a menudo no es prudente generalizar algunas cuestiones de quiebra a través de las fronteras estatales.

Historia

En un principio, la quiebra en los Estados Unidos, como casi todos los asuntos que concernían directamente a los ciudadanos individuales, era un tema de derecho estatal. Sin embargo, antes de la Ley de 1898, hubo varias leyes federales de quiebras de corta duración: la Ley de Quiebras de 1800 , [3] que fue derogada en 1803; la Ley de 1841, [4] que fue derogada en 1843; y la Ley de 1867, [5] que fue enmendada en 1874 [6] y derogada en 1878.

La primera ley federal de quiebras más duradera, a veces llamada la " Ley Nelson ", [7] entró en vigor inicialmente en 1898. El Código de Quiebras actual fue promulgado en 1978 por el § 101 de la Ley de Reforma de Quiebras de 1978, [8] y en general entró en vigor el 1 de octubre de 1979; reemplazó por completo la anterior ley de quiebras, la "Ley Chandler" de 1938, [9] que había otorgado un poder sin precedentes a la Comisión de Bolsa y Valores para la regulación de las solicitudes de quiebra.

El código actual ha sido modificado numerosas veces desde 1978. Véase también la Ley de Prevención del Abuso de Quiebras y Protección del Consumidor de 2005.

Capítulos del Código de Quiebras

Las entidades que buscan obtener ayuda en virtud del Código de Quiebras pueden presentar una petición de ayuda en virtud de varios capítulos diferentes del Código, según las circunstancias. El Título 11 contiene nueve capítulos, seis de los cuales establecen la presentación de una petición. Los otros tres capítulos establecen las normas que rigen los casos de quiebra en general. Normalmente, se hace referencia a un caso por el capítulo en virtud del cual se presenta la petición. Estos capítulos se describen a continuación.

Capítulo 7: Liquidación

La liquidación en virtud de una declaración de quiebra del Capítulo 7 es la forma más común de quiebra. La liquidación implica el nombramiento de un síndico que recauda los bienes no exentos del deudor, los vende y distribuye el producto entre los acreedores. Debido a que todos los estados permiten que los deudores conserven los bienes esenciales, los casos del Capítulo 7 suelen ser casos de "sin activos", lo que significa que el patrimonio de la quiebra no tiene activos no exentos para financiar una distribución a los acreedores. [10]

El capítulo 7 de bancarrota permanece en el informe crediticio del solicitante durante 10 años.

La ley de bancarrotas de los Estados Unidos cambió significativamente en 2005 con la aprobación de la Ley de Prevención del Abuso de Bancarrota y Protección al Consumidor (EE. UU.) —BAPCPA , que hizo más difícil para los deudores consumidores declararse en quiebra en general y el Capítulo 7 en particular.

Los defensores de la BAPCPA afirmaron que su aprobación reduciría las pérdidas de los acreedores, como las compañías de tarjetas de crédito, y que estos últimos luego trasladarían los ahorros a otros prestatarios en forma de tasas de interés más bajas. Los críticos afirman que estas afirmaciones resultaron ser falsas, y observaron que, si bien las pérdidas de las compañías de tarjetas de crédito disminuyeron después de la aprobación de la ley, los precios cobrados a los clientes aumentaron y las ganancias de las compañías de tarjetas de crédito aumentaron.

Capítulo 9: Reorganización de los municipios

La bancarrota del Capítulo 9 está disponible únicamente para los municipios . El Capítulo 9 es una forma de reorganización, no de liquidación. Entre los ejemplos notables de bancarrotas municipales se incluyen la del condado de Orange, California (1994 a 1996) y la bancarrota de la ciudad de Detroit, Michigan, en 2013.

Capítulos 11, 12 y 13: Reorganización

La bancarrota bajo el Capítulo 11 , Capítulo 12 o Capítulo 13 es una reorganización más compleja e implica permitir al deudor conservar parte o la totalidad de sus bienes y utilizar las ganancias futuras para pagar a los acreedores. Los consumidores generalmente presentan la bancarrota bajo el Capítulo 7 o Capítulo 13. Las solicitudes de bancarrota bajo el Capítulo 11 por parte de individuos están permitidas, pero son poco frecuentes. El Capítulo 12 es similar al Capítulo 13, pero está disponible sólo para "granjeros familiares" y "pescadores familiares" en ciertas situaciones. El Capítulo 12 generalmente tiene términos más generosos para los deudores que los que tendría disponibles un caso comparable del Capítulo 13. A mediados de 2004, el Capítulo 12 estaba programado para expirar, pero a fines de 2004 se renovó y se hizo permanente.

Capítulo 15: Insolvencia transfronteriza

La Ley de Prevención del Abuso de Quiebras y Protección al Consumidor de 2005 agregó el Capítulo 15 (en reemplazo de la sección 304) y trata la insolvencia transfronteriza : empresas extranjeras con deudas en Estados Unidos.

Características de la ley de bancarrotas de Estados Unidos

Quiebra voluntaria versus involuntaria

Como cuestión preliminar, los casos de quiebra pueden ser voluntarios o involuntarios. En los casos de quiebra voluntaria, que representan la gran mayoría de los casos, los deudores solicitan la quiebra al tribunal de quiebras. En el caso de la quiebra involuntaria , son los acreedores, en lugar del deudor, quienes presentan la solicitud de quiebra. Sin embargo, las solicitudes involuntarias son poco frecuentes y, ocasionalmente, se utilizan en entornos comerciales para obligar a una empresa a declararse en quiebra para que los acreedores puedan hacer valer sus derechos.

La finca

Excepto en los casos del Capítulo 9, el inicio de un proceso de quiebra crea un " patrimonio ". Generalmente, los acreedores del deudor deben recurrir a los activos del patrimonio para satisfacer sus reclamaciones. El patrimonio consta de todos los intereses de propiedad del deudor en el momento del inicio del proceso, sujetos a ciertas exclusiones y exenciones. [11] En el caso de una persona casada en un estado de propiedad comunitaria , el patrimonio puede incluir ciertos intereses de propiedad comunitaria del cónyuge del deudor incluso si el cónyuge no se ha declarado en quiebra. [12] El patrimonio también puede incluir otros elementos, incluidos, entre otros, los bienes adquiridos por testamento o herencia dentro de los 180 días posteriores al inicio del proceso. [13]

Para efectos del impuesto a las ganancias federales , el patrimonio de una persona en quiebra en un caso del Capítulo 7 o 11 es una entidad tributaria separada del deudor. [14] El patrimonio de una corporación, sociedad u otra entidad colectiva, o el patrimonio de una persona en los Capítulos 12 o 13, no es una entidad tributaria separada del deudor. [15]

Tribunal de quiebras

En 1982, en el caso de Northern Pipeline Co. v. Marathon Pipe Line Co. , [16] la Corte Suprema de los Estados Unidos sostuvo que ciertas disposiciones de la ley relacionadas con los jueces de quiebras del Artículo I (que no son jueces vitalicios del "Artículo III" ) son inconstitucionales. El Congreso respondió en 1984 con cambios para remediar los defectos constitucionales. Según la ley revisada, los jueces de quiebras de cada distrito judicial constituyen una "unidad" del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos correspondiente . [17] Cada juez es designado por un período de 14 años por el Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el circuito en el que se encuentra el distrito correspondiente. [18]

Los Tribunales de Distrito de los Estados Unidos tienen jurisdicción sobre la materia en materia de quiebras. [19] Sin embargo, cada uno de esos tribunales de distrito puede, mediante una orden, "remitir" asuntos de quiebras al Tribunal de Quiebras, [20] y la mayoría de los tribunales de distrito tienen una orden de "remisión" permanente a tal efecto, de modo que todos los casos de quiebra son manejados por el Tribunal de Quiebras. En circunstancias excepcionales, un tribunal de distrito puede "retirar la remisión" (es decir, sacar un caso particular o un procedimiento dentro del caso del tribunal de quiebras) y decidir el asunto por sí mismo. [21]

Las decisiones del tribunal de quiebras suelen ser apelables ante el tribunal de distrito [22] y luego ante el Tribunal de Apelaciones. Sin embargo, en algunas jurisdicciones un tribunal independiente llamado Panel de Apelaciones de Quiebras (compuesto por jueces de quiebras) escucha ciertas apelaciones de los tribunales de quiebras. [23]

Síndico de los Estados Unidos

El Fiscal General de los Estados Unidos designa un Síndico de los Estados Unidos independiente para cada una de las veintiuna regiones geográficas por un período de cinco años. Cada Síndico es destituible de su cargo por el Fiscal General y trabaja bajo la supervisión general de éste. [24] Los Síndicos de los Estados Unidos mantienen oficinas regionales que se corresponden con los distritos judiciales federales y son supervisadas administrativamente por la Oficina Ejecutiva de Síndicos de los Estados Unidos en Washington, DC. Cada Síndico de los Estados Unidos, un funcionario del Departamento de Justicia de los Estados Unidos, es responsable de mantener y supervisar un panel de síndicos privados para los casos de quiebra del capítulo 7. [25] El Síndico tiene otras funciones, incluida la administración de la mayoría de los casos de quiebra y de los síndicos. [26] Según la Sección 307 del Título 11 del Código de los Estados Unidos, un Síndico de los Estados Unidos "puede plantear y puede comparecer y ser escuchado sobre cualquier cuestión en cualquier caso o procedimiento" en materia de quiebra, excepto para presentar un plan de reorganización en un caso del capítulo 11. [27]

La suspensión automática

El Código de Quiebras § 362 [28] impone la suspensión automática en el momento en que se presenta una petición de quiebra. La suspensión automática generalmente prohíbe el inicio, la ejecución o la apelación de acciones y sentencias, judiciales o administrativas, contra un deudor para el cobro de un crédito que haya surgido antes de la presentación de la petición de quiebra. La suspensión automática también prohíbe las acciones y los procedimientos de cobro dirigidos contra los bienes de la masa de la quiebra.

En algunos tribunales, las violaciones de la suspensión se consideran nulas ab initio como una cuestión de derecho, aunque el tribunal puede anular la suspensión para dar efecto a actos que de otro modo serían nulos. Otros tribunales tratan las violaciones como anulables (no necesariamente nulas ab initio ). [29] Cualquier violación de la suspensión puede dar lugar a que se evalúen los daños y perjuicios contra la parte infractora. [30] Las violaciones no intencionales de la suspensión a menudo se excusan sin penalización, pero los infractores intencionales son responsables de daños punitivos y también pueden ser considerados culpables de desacato al tribunal.

Se puede permitir que un acreedor garantizado tome la garantía correspondiente si primero obtiene permiso del tribunal. El acreedor solicita el permiso mediante la presentación de una moción de exención de la suspensión automática. El tribunal debe conceder la moción o brindar protección adecuada al acreedor garantizado para que el valor de su garantía no disminuya durante la suspensión.

Sin la protección de la suspensión automática de la quiebra, los acreedores podrían acudir a los tribunales para mejorar su posición frente a un deudor. Si la empresa del deudor estuviera atravesando una crisis temporal, pero fuera viable a largo plazo, podría no sobrevivir a una "fuga de acreedores". Una fuga de acreedores también podría resultar en derroche e injusticia entre acreedores en situaciones similares.

El Código de Quiebras 362(d) ofrece cuatro formas en que un acreedor puede lograr que se elimine la suspensión automática.

Acciones de evitación

Los deudores, o los fideicomisarios que los representan, obtienen la capacidad de rechazar o evitar acciones tomadas con respecto a la propiedad del deudor durante un tiempo específico antes de la presentación de la quiebra. Si bien los detalles de las acciones de anulación son matizados, existen tres categorías generales de acciones de anulación:

Todas las acciones de evasión intentan limitar el riesgo de que el sistema legal acelere la caída financiera de un deudor financieramente inestable que aún no se ha declarado en quiebra. El sistema de quiebras generalmente intenta recompensar a los acreedores que continúan otorgando financiamiento a los deudores y disuadirlos de acelerar sus esfuerzos de cobro de deudas. Las acciones de evasión son algunos de los mecanismos más obvios para alentar este objetivo.

A pesar de la aparente simplicidad de estas reglas, existen varias excepciones en el contexto de cada categoría de acción revocatoria.

Preferencias

Las acciones de preferencia generalmente permiten al síndico evitar (es decir, anular una transacción que de otro modo sería legalmente vinculante) ciertas transferencias de la propiedad del deudor que benefician a los acreedores cuando las transferencias ocurren en o dentro de los 90 días posteriores a la fecha de presentación de la petición de quiebra. Por ejemplo, si un deudor tiene una deuda con un acreedor amigo y una deuda con un acreedor hostil, y paga al acreedor amigo, y luego se declara en quiebra una semana después, el síndico puede recuperar el dinero pagado al acreedor amigo según el 11 USC § 547. Si bien este período de "retroceso" generalmente se extiende 90 días hacia atrás desde la fecha de la quiebra, la cantidad de tiempo es más larga en el caso de "personas con información privilegiada", generalmente un año. Las personas con información privilegiada incluyen familiares y contactos comerciales cercanos del deudor.

Transferencia fraudulenta

La ley de transferencia fraudulenta en el marco de la quiebra es similar en la práctica a la ley de transferencia fraudulenta en el marco de la no quiebra. Sin embargo, algunos términos son más generosos en el marco de la quiebra que en otros. Por ejemplo, el plazo de prescripción en el marco de la quiebra es de dos años, en comparación con un plazo más corto en algunos contextos no concursales. Por lo general, una acción de transferencia fraudulenta funciona de la misma manera que una acción de evasión de preferencia. Sin embargo, las acciones de transferencia fraudulenta a veces requieren una demostración de intención de proteger la propiedad de un acreedor.

La transferencia fraudulenta puede implicar un fraude real o "constructivo". El fraude real se basa en la intención de la transferencia, mientras que el fraude constructivo puede inferirse en función de factores económicos. [31] Los factores que pueden llevar a una inferencia de fraude incluyen si la transferencia se realizó por un valor razonablemente equivalente y si el deudor era insolvente en el momento de la transferencia. [32] [33]

La conversión de activos no exentos en activos exentos en vísperas de la quiebra no es un indicio de fraude per se. Sin embargo, dependiendo del monto de la exención y las circunstancias que rodean la conversión, un tribunal puede determinar que la conversión es una transferencia fraudulenta. Esto es especialmente cierto cuando la conversión equivale a nada más que un acuerdo temporal. Cuando se determina que la conversión de activos no exentos en activos exentos es una transferencia fraudulenta, los tribunales tienden a centrarse en la existencia de una razón independiente para la conversión. Por ejemplo, si un deudor compró una residencia protegida por una exención de vivienda familiar con la intención de residir en dicha residencia, eso sería una conversión permisible en una propiedad no exenta. Pero cuando el deudor compró la residencia con todos sus fondos disponibles, sin dejar dinero para vivir, eso presupone que la conversión fue temporal, lo que indica una transferencia fraudulenta. Los tribunales consideran el momento de la transferencia como el factor más importante. [ cita requerida ]

Acreedor no concursal: “brazo fuerte”

El poder de evasión por mano dura se deriva del 11 USC § 544 y permite al fiduciario ejercer los derechos que un deudor en la misma situación tendría bajo la ley estatal pertinente. Específicamente, el § 544(a) otorga al fiduciario los derechos de evasión de (1) un acreedor con derecho de retención judicial, (2) un acreedor con derecho de retención insatisfecho y (3) un comprador de buena fe de bienes inmuebles. En la práctica, estos poderes de evasión a menudo se superponen con los poderes de evasión de preferencia y transferencia fraudulenta.

Los acreedores

Los acreedores garantizados cuyos derechos de garantía sobrevivan al inicio del caso pueden recurrir a la propiedad que es objeto de sus derechos de garantía, después de obtener permiso del tribunal (en forma de exención de la suspensión automática). Los derechos de garantía , creados mediante lo que se denominan transacciones garantizadas , son gravámenes sobre la propiedad de un deudor.

Los acreedores no garantizados se dividen generalmente en dos clases: acreedores prioritarios no garantizados y acreedores no garantizados generales. Los acreedores prioritarios no garantizados se subdividen a su vez en clases, tal como se describe en la ley. En algunos casos, los activos del patrimonio son insuficientes para pagar a todos los acreedores no garantizados prioritarios en su totalidad; en tales casos, los acreedores no garantizados generales no reciben nada.

Debido a la característica de prioridad y orden de prelación de la ley de quiebras, los deudores a veces se confabulan con otros (que pueden estar relacionados con el deudor) para darles preferencia, por ejemplo, otorgándoles un derecho de garantía sobre bienes que de otro modo no estarían pignorados. Por esta razón, el síndico de quiebras puede revertir ciertas transacciones del deudor dentro de un período de tiempo anterior a la fecha de presentación de la quiebra. El período de tiempo varía según la relación de las partes con el deudor y la naturaleza de la transacción.

En los capítulos 7, 12 y 13, los acreedores deben presentar una "prueba de reclamación" para que se les pague. En un caso del capítulo 11, no se exige que un acreedor presente una prueba de reclamación (es decir, se "considera presentada" una prueba de reclamación) si la reclamación del acreedor figura en los anexos de quiebra del deudor, a menos que la reclamación esté catalogada como "disputada, contingente o no liquidada". [34] Si la reclamación del acreedor no figura en los anexos de un caso del capítulo 11, el acreedor debe presentar una prueba de reclamación.

Prioridad absoluta

Una característica distintiva de la ley de quiebras de los EE. UU. es la regla de prioridad absoluta, codificada en 11 USC § 1129(b)(2)(B)(ii). La regla establece que "[c]on respecto de una clase de reclamaciones no garantizadas... el titular de cualquier reclamación o interés que sea menor que las reclamaciones de dicha clase no recibirá ni retendrá bajo el plan a cuenta de dicha reclamación o interés menor ninguna propiedad". Este requisito significa que si alguna clase de acreedores vota en contra de un plan de reorganización, el tribunal de quiebras puede no confirmar el plan si alguna clase de reclamaciones o intereses menores que la clase disidente (por ejemplo, acreedores subordinados o accionistas) recibe alguna distribución del patrimonio del deudor de conformidad con el plan. En la práctica, la regla requiere que los deudores satisfagan las reclamaciones de los acreedores principales en su totalidad antes de distribuir cualquier propiedad del patrimonio a los acreedores secundarios o accionistas de conformidad con el plan, aunque los acreedores principales a menudo consentirán una recuperación de minimis para los accionistas secundarios a cambio de su apoyo al plan. La Corte Suprema ha reconocido una excepción a la regla de prioridad absoluta conocida como la excepción del "nuevo valor", que permite a los accionistas menores recuperar bienes bajo un plan a pesar de la objeción de los acreedores mayores si los accionistas menores proporcionan un "nuevo valor" a la empresa reestructurada (normalmente definido como una contribución monetaria inicial al deudor reorganizado que sea proporcional a los bienes recibidos o retenidos bajo el plan). La base para la excepción del nuevo valor es que el titular de un reclamo o interés menor en tales circunstancias no "recibe ni retiene bajo el plan a cuenta de dicho reclamo o interés menor ningún bien", sino que recibe o retiene bienes bajo el plan a cuenta de la contribución del nuevo valor . 11 USC § 1129(b)(2)(B)(ii) (énfasis añadido).

Contratos ejecutorios

El síndico de quiebras puede rechazar ciertos contratos en trámite de ejecución y arrendamientos no vencidos. [35] A los efectos de la quiebra, un contrato generalmente se considera en trámite de ejecución cuando ambas partes del contrato aún no han cumplido completamente una obligación material del contrato.

Si el síndico (o el deudor en posesión, en muchos casos del capítulo 11) rechaza un contrato, el patrimonio en quiebra del deudor está sujeto a daños y perjuicios ordinarios por incumplimiento de contrato, pero el monto de los daños es una obligación y generalmente se trata como un reclamo no garantizado.

Comités

En algunos capítulos, en particular los capítulos 7, 9 y 11, el tribunal de quiebras designa comités de diversas partes interesadas. En los capítulos 11 y 9, estos comités están formados por entidades que tienen las siete reclamaciones más importantes de los tipos representados por el comité. El tribunal también puede designar otros comités.

Los comités mantienen comunicaciones regulares con el deudor y sus asesores y tienen acceso a una amplia variedad de documentos como parte de sus funciones y responsabilidades.

Propiedad exenta

Aunque en teoría todos los bienes del deudor que no están excluidos de la masa de acuerdo con el Código de Quiebras pasan a ser propiedad de la masa (es decir, se transfieren automáticamente del deudor a la masa) al momento de iniciarse un caso, un deudor individual (no una sociedad, corporación, etc.) puede reclamar ciertos bienes como "exentos" y, por lo tanto, conservarlos (sujetos, sin embargo, a cualquier gravamen válido u otros gravámenes). Un deudor individual puede elegir entre una lista federal de exenciones y una lista de exenciones provista por la ley del estado en el que el deudor presenta el caso de quiebra, a menos que el estado en el que el deudor presenta el caso de quiebra haya promulgado una legislación que prohíba al deudor elegir las exenciones de la lista federal, lo que han hecho casi 40 estados. En los estados donde se le permite al deudor elegir entre las exenciones federales y estatales, el deudor tiene la oportunidad de elegir las exenciones que lo beneficien más plenamente y, en muchos casos, puede convertir al menos parte de su propiedad de una forma no exenta (por ejemplo, efectivo) a una forma exenta (por ejemplo, aumento del valor neto de una vivienda creado al usar el efectivo para pagar una hipoteca) antes de presentar el caso de quiebra.

Las leyes de exención varían mucho de un estado a otro. En algunos estados, los bienes exentos incluyen el valor líquido de una casa o un automóvil, las herramientas del oficio y algunos efectos personales. En otros estados, una clase de activo, como las herramientas del oficio, no estará exenta en virtud de su clase, excepto en la medida en que se reclame en virtud de una exención más general para bienes personales.

Uno de los principales objetivos de la quiebra es garantizar una gestión ordenada y razonable de la deuda. Por ello, se considera que las exenciones para los efectos personales evitan la incautación punitiva de artículos de escaso o nulo valor económico (efectos personales, artículos de cuidado personal, ropa de uso diario), ya que esto no promueve ningún resultado económico deseable. De manera similar, las herramientas del oficio pueden, dependiendo de las exenciones disponibles, ser una exención permitida, ya que su posesión continua permite al deudor insolvente avanzar hacia el trabajo productivo lo antes posible.

La Ley de Prevención del Abuso de Quiebras y Protección del Consumidor de 2005 colocó a los planes de pensiones no sujetos a la Ley de Seguridad de Ingresos de Jubilación de Empleados de 1974 (ERISA), como los planes 457 y 403(b), en el mismo estatus que los planes calificados por ERISA con respecto a tener un estatus de exención similar al de los fideicomisos para derrochadores. Los SEP-IRA y los SIMPLE aún están fuera de la protección federal y deben depender de la ley estatal. [36]

Fideicomisos derrochadores

La mayoría de los estados tienen leyes de propiedad que permiten que un acuerdo de fideicomiso contenga una restricción legalmente ejecutable sobre la transferencia de un interés beneficioso en el fideicomiso (a veces conocida como una "cláusula antialienación"). La disposición antialienación generalmente impide que los acreedores de un beneficiario adquieran la parte del beneficiario del fideicomiso. Este tipo de fideicomiso a veces se denomina fideicomiso derrochador . Para prevenir el fraude, la mayoría de los estados permiten esta protección solo en la medida en que el beneficiario no transfirió la propiedad al fideicomiso. Además, estas disposiciones no protegen el efectivo u otra propiedad una vez que se ha transferido del fideicomiso al beneficiario. Bajo el Código de Quiebras de los EE. UU., se reconoce una disposición antialienación en un fideicomiso derrochador. Esto significa que la parte del beneficiario del fideicomiso generalmente no se convierte en propiedad de la masa de la quiebra. [37]

Redención

En un caso de liquidación del Capítulo 7, un deudor individual puede rescatar ciertos "bienes personales tangibles destinados principalmente al uso personal, familiar o doméstico" que estén gravados por un gravamen. Para calificar, los bienes generalmente (A) deben estar exentos según la sección 522 del Código de Quiebras, o (B) deben haber sido abandonados por el síndico según la sección 554 del Código de Quiebras. Para rescatar los bienes, el deudor debe pagar al titular del gravamen el monto total del reclamo garantizado permitido aplicable contra los bienes. [38]

Liberación del deudor

Los conceptos clave en materia de quiebra incluyen la liberación del deudor y el "nuevo comienzo" relacionado. La liberación está disponible en algunos casos, pero no en todos. Por ejemplo, en un caso del Capítulo 7, solo un deudor individual (no una corporación, sociedad, etc.) puede recibir la liberación. [39]

El efecto de una liquidación por quiebra es eliminar únicamente la responsabilidad personal del deudor, [40] no la responsabilidad in rem por una deuda garantizada hasta el valor de la garantía. El término "in rem" significa esencialmente "con respecto a la cosa misma" (es decir, la garantía). Por ejemplo, si una deuda por un monto de $100,000 está garantizada por una propiedad que tiene un valor de solo $80,000, la diferencia de $20,000 se trata, en la quiebra, como un reclamo no garantizado (aunque sea parte de una deuda "garantizada"). La parte de $80,000 de la deuda se trata como un reclamo garantizado. Suponiendo que se otorga una liquidación y no se paga ninguna parte de la diferencia de $20,000 (por ejemplo, debido a la insuficiencia de fondos), la diferencia de $20,000 (la responsabilidad personal del deudor) se liquida (suponiendo que la deuda no sea no liquidable según otra disposición del Código de Quiebras). La parte de $80,000 de la deuda es la obligación in rem , y no se cancela mediante la orden de cancelación del tribunal. Es de suponer que esta obligación se puede satisfacer si el acreedor se queda con el bien. Un concepto esencial es que cuando los comentaristas dicen que una deuda es "cancelable", se refieren únicamente a la obligación personal del deudor respecto de la deuda. En la medida en que una obligación esté cubierta por el valor de la garantía, la deuda no se cancela.

Sin embargo, este análisis supone que la garantía no aumenta de valor después de la apertura del caso. Si la garantía aumenta de valor y el deudor (en lugar de la masa) conserva la garantía (por ejemplo, cuando el activo está exento o el fiduciario lo abandona y se lo devuelve al deudor), el monto de la garantía del acreedor puede aumentar o no. En situaciones en las que se permite que el deudor (en lugar del acreedor) se beneficie del aumento del valor de la garantía, el efecto se denomina "eliminación del gravamen" o "reducción". La eliminación del gravamen se permite solo en ciertos casos, según el tipo de garantía y el capítulo particular del Código en virtud del cual se otorga la liberación.

La liberación tampoco elimina ciertos derechos de un acreedor a compensar ciertas deudas mutuas que el acreedor debe al deudor contra ciertas reclamaciones de ese acreedor contra el deudor, cuando tanto la deuda del acreedor como la reclamación contra el deudor surgieron antes del comienzo del caso. [41]

No todas las deudas pueden ser eximidas de acuerdo con todos los capítulos del Código. Ciertos impuestos adeudados al gobierno federal, estatal o local, los préstamos estudiantiles y las obligaciones de manutención de los hijos no son eximidas. (Sin embargo, los préstamos estudiantiles garantizados son potencialmente eximidas si el deudor prevalece en un procedimiento adversarial difícil de ganar contra el prestamista iniciado por una demanda para determinar la eximidación. Además, el deudor puede solicitar al tribunal una exoneración por dificultades financieras, pero la concesión de tales exoneraciones es poco común).

La responsabilidad del deudor sobre una deuda garantizada , como una hipoteca o un gravamen mecánico sobre una vivienda, puede ser cancelada. Sin embargo, los efectos de la hipoteca o el gravamen mecánico no pueden cancelarse en la mayoría de los casos si el gravamen se fijó antes de la presentación. Por lo tanto, si el deudor desea conservar la propiedad, la deuda generalmente debe pagarse según lo acordado. (Véase también anulación de gravamen , acuerdo de reafirmación ) (Nota: puede haber flexibilidad adicional disponible en el Capítulo 13 para deudores que se ocupan de garantías sobregarantizadas, como un automóvil financiado, siempre que la propiedad sobregarantizada no sea la residencia principal del deudor ).

No se puede cancelar ninguna deuda contaminada por uno de los diversos actos ilícitos reconocidos por el Código de Quiebras, incluyendo el desfalco , las compras de consumo o los adelantos de efectivo por encima de una cierta cantidad incurridos poco tiempo antes de la presentación de la quiebra. Sin embargo, ciertos tipos de deuda, como las deudas contraídas mediante fraude, pueden cancelarse mediante la "supercondonación" del Capítulo 13. En total, a partir de 2005, hay 19 categorías generales de deuda que no se pueden cancelar en una quiebra del Capítulo 7 , y menos deudas que no se pueden cancelar en virtud del Capítulo 13.

Valoración y recapitalización

En una quiebra corporativa o empresarial, una empresa endeudada que se declara en quiebra suele ser recapitalizada para que salga de la quiebra con más capital y menos deuda. Durante este proceso, muchas deudas pueden ser "liquidadas", lo que significa que la empresa ya no estará legalmente obligada a pagarlas. Las deudas que se liquidan y cómo se distribuyen el capital y otros derechos entre los distintos grupos de inversores suelen depender de cuestiones de valoración. [42] La valoración de la quiebra suele ser muy polémica porque es subjetiva e importante para los resultados del caso. Los métodos de valoración utilizados en la quiebra han cambiado con el tiempo, generalmente siguiendo los métodos utilizados en la banca de inversión, el derecho corporativo de Delaware y las finanzas corporativas y académicas, pero con un desfase temporal significativo. [43] [44] [45]

Entidades que no pueden ser deudores

La sección del Código de Quiebras que regula qué entidades pueden presentar una petición de quiebra es el 11 USC  § 109. Los bancos y otras instituciones de depósito, compañías de seguros , ferrocarriles y ciertas otras instituciones y entidades financieras reguladas por los gobiernos federal y estatal, y los fideicomisos privados y personales, excepto los fideicomisos comerciales estatutarios, según lo permitan algunos estados, no pueden ser deudores según el Código de Quiebras. En cambio, las leyes estatales y federales especiales rigen la liquidación o reorganización de estas empresas. Al menos en el contexto de los EE. UU., es incorrecto referirse a un banco o asegurador como "en quiebra". Los términos "insolvente", "en liquidación" o "en administración judicial" serían apropiados en algunas circunstancias.

Situación de determinados pasivos de planes de pensiones de prestaciones definidas en caso de quiebra

La Pension Benefit Guaranty Corporation (PBGC), una corporación del gobierno de los Estados Unidos que asegura ciertas obligaciones de planes de pensiones con beneficios definidos, puede hacer valer gravámenes en caso de quiebra en virtud de cualquiera de dos disposiciones legales independientes. La primera se encuentra en el Código de Rentas Internas, en el 26 USC  § 412(n), que dispone que los gravámenes que tenga la PBGC tienen la condición de gravamen fiscal. En virtud de esta disposición, las contribuciones obligatorias a las pensiones no pagadas deben superar el millón de dólares para que surja el gravamen. [46]

El segundo estatuto es el 29 USC  § 1368, según el cual un gravamen de PBGC tiene la condición de gravamen fiscal en caso de quiebra. Según esta disposición, el gravamen no puede superar el 30% del patrimonio neto de todas las personas responsables en virtud de una disposición separada, 29 USC  § 1362(a). [47]

En caso de quiebra, los gravámenes de la PBGC (al igual que los gravámenes fiscales federales) generalmente no son válidos contra ciertos gravámenes competitivos que se perfeccionaron antes de que se presentara un aviso del gravamen de la PBGC. [48]

Costos de quiebra

En 2013, el 91 por ciento de las personas estadounidenses que se declararon en quiebra contrataban a un abogado para presentar su petición del Capítulo 7. [49] El costo típico de un abogado era de $1,170. [49] Las alternativas a la presentación con un abogado son: presentar la petición pro se, es decir, sin un abogado, lo que requiere que una persona complete al menos dieciséis formularios separados, [50] contratar a un preparador de peticiones , [51] o usar un software en línea para generar la petición.

El Tribunal de Quiebras de los Estados Unidos también cobra honorarios. Los montos de estos honorarios varían según el Capítulo de quiebra que se presente. A partir de 2016, el honorario de presentación es de $335 para el Capítulo 7 y $310 para el Capítulo 13. [52] Es posible solicitar un plan de pago en cuotas en casos de dificultades financieras. Se cobran honorarios adicionales por agregar acreedores después de la presentación ($31), convertir el caso de un capítulo a otro ($10-$45) y reabrir el caso ($245 para el Capítulo 7 y $235 en el Capítulo 13). [53]

Delitos de quiebra

En los Estados Unidos, las disposiciones penales relacionadas con el fraude de quiebra y otros delitos de quiebra se encuentran en las secciones 151 a 158 del Título 18 del Código de los Estados Unidos .

El fraude concursal incluye la presentación de una petición de quiebra o cualquier otro documento en un caso de quiebra con el fin de intentar ejecutar u ocultar un plan o artificio para defraudar. El fraude concursal también incluye la realización de una declaración, afirmación o promesa falsa o fraudulenta en relación con un caso de quiebra, ya sea antes o después del inicio del caso, con el fin de intentar ejecutar u ocultar un plan o artificio para defraudar. El fraude concursal se castiga con una multa o con hasta cinco años de prisión, o con ambas. [54]

Ocultar a sabiendas y fraudulentamente bienes del patrimonio a un custodio, fideicomisario, alguacil u otro funcionario judicial es un delito independiente y también puede ser castigado con una multa o con hasta cinco años de prisión, o ambas. La misma pena puede imponerse por ocultar, destruir, mutilar, falsificar o hacer una entrada falsa a sabiendas y fraudulentamente en libros, documentos, registros, papeles u otra información registrada relacionada con los bienes o los asuntos financieros del deudor después de que se haya presentado un caso. [55]

Ciertos delitos relacionados con fraude en relación con un caso de quiebra también pueden clasificarse como "actividad de crimen organizado" a los efectos de la Ley de Organizaciones Corruptas e Influenciadas por el Crimen Organizado (RICO). [56] Cualquier persona que reciba ingresos derivados directa o indirectamente de un "patrón" de dicha actividad de crimen organizado (generalmente, dos o más actos ofensivos dentro de un período de diez años) y que utilice o invierta cualquier parte de esos ingresos en la adquisición, establecimiento u operación de cualquier empresa dedicada al comercio interestatal o exterior (o que afecte al mismo) puede ser castigada con hasta veinte años de prisión. [57]

Los delitos de quiebra son procesados ​​por el Fiscal de los Estados Unidos , generalmente después de una referencia del Síndico de los Estados Unidos , el síndico del caso o un juez de quiebras.

El fraude de bancarrota también puede a veces dar lugar a un procesamiento penal en tribunales estatales, bajo el cargo de robo de bienes o servicios obtenidos por el deudor cuyo pago, total o parcial, se evadió mediante la presentación fraudulenta de bancarrota.

Quiebra y federalismo

El 23 de enero de 2006, la Corte Suprema, en Central Virginia Community College v. Katz , rechazó aplicar la inmunidad soberana del estado en el caso Seminole Tribe v. Florida , [58] para derrotar la acción de un síndico en virtud del 11 USC  § 547 para recuperar transferencias preferenciales realizadas por un deudor a una agencia estatal. La Corte dictaminó que el Artículo I, Sección 8, Cláusula 4 de la Constitución de los Estados Unidos (que faculta al Congreso para establecer leyes uniformes sobre el tema de la quiebra) deroga la inmunidad soberana del estado en demandas para recuperar pagos preferenciales.

Factores sociales y económicos

En 2008, hubo 1.117.771 solicitudes de quiebra en los tribunales de los Estados Unidos. De ellas, 744.424 fueron quiebras del capítulo 7, mientras que 362.762 fueron del capítulo 13. [59] Además de factores sociales y económicos como la educación y los ingresos, a menudo también existe una correlación entre la raza y el resultado de la quiebra. [60] Por ejemplo, en el caso de las reclamaciones de quiebra personal, los deudores pertenecientes a minorías tenían una probabilidad aproximadamente un 40% menor de recibir una liquidación en la quiebra del capítulo 13. Estas disparidades raciales se ven agravadas por el hecho de que muchos deudores pertenecientes a minorías carecen de una representación legal adecuada. [61]

Quiebra personal

Las quiebras personales pueden tener su origen en diversos factores. En 2008, más del 96% de todas las solicitudes de quiebra no tenían relación con empresas y, de ellas, aproximadamente dos tercios eran casos del capítulo 7. [59]

Aunque las causas individuales de la quiebra son complejas y multifacéticas, la mayoría de las quiebras personales implican facturas médicas sustanciales. [62] [63] Las quiebras personales se suelen presentar bajo el Capítulo 7 o el Capítulo 13. Las quiebras personales del Capítulo 11 son relativamente raras. El American Journal of Medicine dice que más de 3 de cada 5 quiebras personales se deben a deudas médicas . [64]

En el primer trimestre de 2020, se presentaron 175.146 quiebras individuales en Estados Unidos. Alrededor del 66,5 por ciento estaban directamente relacionadas con problemas médicos. Informe de la Asociación de Seguros de Enfermedades Graves del 2 de junio de 2020

Quiebra corporativa

La quiebra corporativa puede surgir como resultado de dos grandes categorías: fracaso empresarial o dificultades financieras. El fracaso empresarial se debe a fallas en el modelo de negocios de la empresa que le impiden producir el nivel necesario de ganancias para justificar su inversión de capital. Por el contrario, las dificultades financieras se deben a fallas en la forma en que se financia la empresa o en su estructura de capital. La persistencia de las dificultades financieras conduce a la insolvencia técnica (los activos superan a los pasivos, pero la empresa no puede cumplir con las obligaciones actuales) o a la quiebra (los pasivos superan a los activos y la empresa tiene un patrimonio neto negativo). Una empresa que atraviesa un fracaso empresarial puede evitar la quiebra siempre que tenga acceso a financiación; por el contrario, una empresa que atraviesa un fracaso financiero se verá empujada a la quiebra independientemente de la solidez de su modelo de negocios. Las causas reales de las quiebras corporativas son difíciles de establecer, debido a los efectos acumulativos de factores externos (macroeconómicos, industriales) e internos (comerciales o financieros). Sin embargo, algunos estudios han indicado que el apalancamiento financiero y la mala gestión del capital de trabajo son probablemente dos de las principales causas del fracaso y la quiebra de empresas en los EE.UU. [65] .

Las mayores quiebras

La mayor quiebra en la historia de Estados Unidos ocurrió el 15 de septiembre de 2008, cuando Lehman Brothers Holdings Inc. solicitó protección del Capítulo 11 con más de 639 mil millones de dólares en activos. [66]

Alternativas a la quiebra

Una fusión divisional en Texas es un proceso permitido por la ley de Texas en el que una empresa puede crear una empresa separada para hacerse cargo de las responsabilidades, mientras que la empresa existente sigue funcionando normalmente. La nueva empresa, con un nombre diferente, puede ubicarse en un estado como Carolina del Norte , donde las leyes de bancarrota son diferentes, y luego declararse en quiebra, pagando menos de lo que hubiera pagado la empresa original. [68] El último caso de una fusión divisional en Texas fue el de la empresa Johnson & Johnson. Recientemente, J&J ha sido objeto de miles de demandas por parte de mujeres que afirman que el polvo para bebés de J&J, que contiene talco, les causó cáncer de ovario. Si bien la empresa ha sostenido que sus productos no causan cáncer de ovario, perdió muchos casos y mucho dinero. Esto es lo que los llevó a realizar una fusión divisional en Texas. Dividieron su empresa, poniendo todas las responsabilidades del talco en la nueva empresa y manteniendo todos los activos dentro de la original. Esto detuvo todos los casos de mujeres con cáncer de ovario y se ha considerado controvertido ya que impide que las mujeres reciban una compensación de Johnson & Johnson. [69]

Véase también

Referencias

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Lectura adicional

Enlaces externos