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Confianza derrochadora

En el derecho fiduciario , un fideicomiso derrochador es un fideicomiso creado para el beneficio de una persona (que a menudo no puede controlar sus gastos ) que otorga a un fideicomisario independiente plena autoridad para tomar decisiones sobre cómo se pueden gastar los fondos del fideicomiso en beneficio del beneficiario . Los acreedores del beneficiario generalmente no pueden acceder a los fondos del fideicomiso, y los fondos no están realmente bajo el control del beneficiario. [1]

El creador de un fideicomiso suele denominarse "fideicomitente", "otorgante" o "fideicomitente" del fideicomiso. Por lo general, un fideicomiso no se considerará un fideicomiso despilfarrador a menos que el contrato de fideicomiso contenga un texto que demuestre que el creador pretendía que el fideicomiso fuera considerado un fideicomiso despilfarrador. Esto es lo que se conoce como cláusula de despilfarrador o disposición de despilfarrador .

Una cláusula de despilfarro crea un fideicomiso irrevocable que impide a los acreedores embargar el interés del beneficiario en el fideicomiso antes de que dicho interés (efectivo o propiedad) se le distribuya efectivamente. La mayoría de los fideicomisos irrevocables bien redactados contienen cláusulas de despilfarro, aunque no se sepa si los beneficiarios son despilfarradores. Esto se debe a que una cláusula de este tipo protege al fideicomiso y al beneficiario en caso de que un beneficiario sea demandado y un acreedor judicial intente embargar el interés del beneficiario en el fideicomiso.

La protección del fideicomiso contra el despilfarro se extiende únicamente a los bienes que se encuentran en el fideicomiso. Una vez que los bienes se han distribuido al beneficiario, los acreedores pueden acceder a ellos, excepto en la medida en que los bienes distribuidos se utilicen para ayudar al beneficiario. Si un fideicomiso exige una distribución al beneficiario, pero este rechaza dicha distribución y elige conservar los bienes en el fideicomiso, la protección contra el despilfarro del fideicomiso cesa con respecto a esa distribución y los acreedores del beneficiario pueden acceder a los activos del fideicomiso. [ cita requerida ]

Necesidades básicas, manutención de los hijos y pensión alimenticia

Algunos acreedores pueden obligar a que se realice un pago con fondos del fideicomiso, en particular aquellos que proporcionan al beneficiario los "artículos necesarios" (normalmente comida y alojamiento, pero a veces ropa y transporte, si no son extravagantes). La mayoría de las jurisdicciones también permiten la invasión de los activos del fideicomiso despilfarradores para satisfacer las sentencias de manutención de los hijos y pensión alimenticia .

Fideicomisos donde el beneficiario es también el creador

Un fideicomiso creado por una persona para su propio beneficio se denomina a veces "fideicomiso autoconstituido" y puede ser un tipo de fideicomiso de protección de activos . Si el creador de un fideicomiso autoconstituido es también un beneficiario del fideicomiso, surgen problemas particulares en relación con la protección de los activos frente a los acreedores y la prevención del fraude, es decir, la posibilidad de que el creador del fideicomiso intente defraudar a los acreedores.

La regla general: los fideicomisos autoconstituidos no protegen al creador del fideicomiso

Para evitar que las personas creen fideicomisos para derrotar a sus propios acreedores, las leyes de la mayoría de los estados establecen que una cláusula de derroche en un documento de fideicomiso no protege al beneficiario en la medida en que este sea también la persona que creó el fideicomiso . El fideicomitente no necesita ser ni el único fideicomitente ni el único beneficiario del fideicomiso. Siempre que el fideicomitente sea un beneficiario del fideicomiso en cualquier medida, en esa medida el fideicomiso se considerará autoestablecido. [ cita requerida ] Por ejemplo, la ley de Texas establece:

(d) Si el fideicomitente es también beneficiario del fideicomiso, una disposición que restrinja la transferencia voluntaria o involuntaria de su interés beneficioso no impide a sus acreedores satisfacer reclamaciones de su interés en el patrimonio del fideicomiso. [2]

Además, las leyes de algunos estados (como Texas) están redactadas de manera tan amplia que cualquiera que transfiera una propiedad al fideicomiso podría ser considerado un "creador" (es decir, fideicomitente, otorgante o fideicomitente), no simplemente la persona o personas que originalmente establecieron el fideicomiso.

La excepción: los estados DAPT

Sin embargo, varios estados han modificado sus leyes para permitir que una persona cree un fideicomiso de derrochadores autoconstituido (es decir, un fideicomiso de derrochadores para su propio beneficio). Dichos fideicomisos también se denominan fideicomisos de protección de activos domésticos ("DAPT") y, a veces, informalmente, "fideicomisos de Alaska", ya que Alaska fue pionera en permitir este tipo de fideicomiso de derrochadores. Sin embargo, debido al peligro de uso indebido de los fideicomisos de Alaska para defraudar a los acreedores, la legalidad de dichos fideicomisos (en la medida en que pretenden proteger la parte del fideicomiso de un beneficiario que también es el creador del fideicomiso) es incierta en los estados que no permiten los fideicomisos de derrochadores autoconstituidos.

Nevada ha promulgado una serie de estatutos, codificados en el Capítulo 166 de los Estatutos Revisados ​​de Nevada , que permiten específicamente la creación de fideicomisos de derrochadores autoconstituidos. Esta forma de fideicomiso se conoce comúnmente como "Fideicomiso de Protección de Activos de Nevada". Según el Capítulo 166, una persona puede actuar como fideicomitente, fiduciario y beneficiario del fideicomiso. Esta red de leyes está diseñada específicamente para proteger los activos del fideicomiso de las reclamaciones de cualquier acreedor. NRS 166.170 limita específicamente las circunstancias en las que un acreedor puede presentar una reclamación. Si un acreedor existía en el momento de la transferencia de la propiedad al fideicomiso, entonces el acreedor debe presentar su reclamación contra el fideicomiso dentro de los 2 años posteriores a la transferencia o dentro de los seis meses posteriores a que el acreedor razonablemente debería haber sabido de la transferencia, lo que sea más reciente. NRS 166.170(1). Si la reclamación del acreedor surge después de que se realiza la transferencia, el acreedor debe presentar su reclamación dentro de los dos años posteriores a la transferencia, independientemente de la notificación. NRS 166.170(1). Además, el acreedor sólo puede sustentar su reclamación si puede probar mediante pruebas claras y convincentes (un estándar probatorio estricto) que la transferencia se realizó como una transferencia fraudulenta . NRS 166.170(3).

No está claro hasta qué punto los estados hermanos reconocerán las protecciones de activos de estos DAPT, como los creados bajo las leyes de Nevada y Alaska, debido a un cuerpo algo escaso de jurisprudencia relevante. Si bien los estados generalmente están obligados a honrar y reconocer las leyes de los estados hermanos, de conformidad con la cláusula de plena fe y crédito de la Constitución de los Estados Unidos, algunas de estas leyes pueden estar en conflicto directo con las leyes de otros estados. Algunas de estas leyes DAPT pueden ser bastante expansivas. El alcance de la ley de Nevada está diseñado de manera bastante amplia para regular la aplicación por parte de Nevada de todos los fideicomisos creados dentro o fuera del estado, siempre que cumplan con ciertos criterios limitados. Consulte NRS 166.015(1). La ley continúa exigiendo que los estatutos se apliquen a la aplicación por parte de cualquier otro estado de cualquier fideicomiso derrochador creado dentro de Nevada, siempre que la ley no esté en conflicto directo con el otro estado adjudicador. NRS 166.015(3). De hecho, la ley de Nevada ni siquiera exige que los activos del fideicomiso estén ubicados en Nevada, siempre que uno de los fideicomisarios declare su domicilio en Nevada. NRS 166.015(1)(d).

Los siguientes estados tienen actualmente un estatuto DAPT: Delaware, Mississippi (a partir del 31 de julio de 2014, consulte el Código de Mississippi 91-9-701 y siguientes), Dakota del Sur, Wyoming, Tennessee, Utah, Oklahoma, Colorado, Missouri, Rhode Island y New Hampshire. [ cita requerida ]

En los Estados Unidos

Debido a que en los Estados Unidos los patrimonios y los fideicomisos se rigen en gran medida por la legislación estatal, cada estado individual puede tener sus propios tratamientos legales o de derecho consuetudinario de las cláusulas de derroche y los fideicomisos.

Por ejemplo, el Código de Propiedad de Nevada establece:

En Texas, el Código de Propiedad de Texas [4] establece:

(a) Un fideicomitente puede disponer en los términos del fideicomiso que el interés de un beneficiario en los ingresos o en el capital o en ambos no pueda transferirse voluntaria o involuntariamente antes del pago o la entrega del interés al beneficiario por parte del fideicomisario. [5]

Una cláusula en los términos de un acuerdo de fideicomiso que cumpla con el estatuto citado anteriormente es un ejemplo de lo que la ley llama una "disposición antialienación".

Para continuar con el ejemplo de la ley de Texas, el Código de Propiedad de Texas establece además:

(b) Una declaración en un instrumento de fideicomiso de que el interés de un beneficiario se mantendrá sujeto a un "fideicomiso derrochador" es suficiente para restringir la enajenación voluntaria o involuntaria del interés por parte de un beneficiario en la medida máxima permitida por este subtítulo.
(c) Un fideicomiso que contenga términos autorizados bajo la Subsección (a) o (b) de esta sección puede ser denominado fideicomiso derrochador. [6]

El lenguaje citado anteriormente significa esencialmente que un instrumento de fideicomiso no tiene que contener (al menos en Texas) una jerga legal compleja para calificar al fideicomiso como "derrochador"; simplemente usar la palabra "derrochador" en el documento del fideicomiso puede ser suficiente.

Notas

  1. ^ "Spendthrift Trust". Instituto de Información Legal. Facultad de Derecho de Cornell. Web. 6 de octubre de 2017. <https://www.law.cornell.edu/wex/spendthrift_trust>.
  2. ^ Código de Propiedad de Texas § 112.035(d).
  3. ^ "NRS: CAPÍTULO 166 - FIDEICOMISOS DESPILADORES". www.leg.state.nv.us .
  4. ^ "Código de propiedad de Texas 112.035".
  5. ^ Código de Propiedad de Texas § 112.035(a).
  6. ^ Código de Propiedad de Texas § 112.035(b) y (c).