[a][4] Este tribunal estuvo en funcionamiento hasta 1836 cuando fue reemplazado por la Audiencia Territorial de Pamplona.
[5][6] Por su parte, la Corte Mayor existía como tribunal de justicia específico, por lo menos desde finales del siglo XIII en su composición definitiva, con cuatro alcaldes.
Para su cometido contaba con ocho escribanos de número que daban fe en los autos y diligencias procesales.
Al desempeño de ambos cargos podían aspirar tanto clérigos como caballeros o escuderos.
[5] Eran tribunales itinerantes por lo que al desplazarse por las localidades cargaban con los cofres de una cuantiosa documentación.
Estas localidades eran generalmente las cabeceras de merindad donde se convocaban las audiencias según la época del año.
También eran competentes para atender gentes foráneas del reino, «siempre que el querellante se quejase ante la justicia navarra y el acusado se hallase en este reino, aunque el delito fuera cometido fuera de él.» En la primera mitad del siglo XIV los gobernadores, que presidían la audiencia, debido a otros compromisos y asuntos que debían antender, causaban retrasos en la apertura de las temporadas judiciales del tribunal.
[10] Desde 1352 se lleva un compto[b] regularmente de los emolumentos realizándose un cómputo anual.