[1] A veces son llamados "ritos" las Iglesias particulares sui iuris, incluso en el decreto del Concilio Vaticano II Orientalium Ecclesiarum.
[2] En otros contextos, la palabra rito puede designar a las Iglesias particulares, "tanto de Oriente como de Occidente, (que) aunque difieren algo entre sí por sus ritos, como suele decirse, a saber, por su liturgia, disciplina eclesiástica y patrimonio espiritual, sin embargo, están encomendadas por igual al gobierno pastoral del Romano Pontífice, que sucede por institución divina a San Pedro en el primado sobre la Iglesia universal".
Este rito litúrgico se originó en la ciudad de Roma, pero influenció y fue influenciado por otros.
[6] Por eso el "Misal Romano para las diócesis de Zaire" se llama a veces uso congoleño y el Divine Worship: The Missal in accordance with the Roman Rite, uso anglicano.
Son varias las Iglesias particulares que usan el único rito litúrgico bizantino.