Tuvo sus orígenes en la Curia regis medieval, y apareció como tal a mediados del siglo XIII.
A partir del siglo XV, se crearon en diversas provincias otros parlamentos.
Sin embargo, el rey podía presidir ese tribunal, modificar sus sentencias, interrumpir un procedimiento o llevar un caso ante su Consejo.
El Parlamento juzgaba en primera instancia las causas relativas a los vasallos del rey.
Si el Parlamento opinaba que una ley era contraria a los intereses del Estado, tenía un derecho de objeción (remontrance), que le permitía negarse a registrarla y presentar observaciones al rey.
Había tres grados: la "remontrance" propiamente dicha, la "representación" y el más sencillo, la carta.
Progresivamente, estos últimos adquirirán un papel más relevante y serán quienes aseguren su funcionamiento.