[3] Otro ejemplo fue el tratado de Tarento, el cual dio lugar al matrimonio entre Octavia la Menor y Marco Antonio.
[4][5] En principio, no era necesario un acto jurídico o religioso para que el matrimonio fuera reconocido como tal, bastando la convivencia entre un hombre y una mujer.
[5] La estructura jurídica del matrimonio se desarrolló en la época de la República, pero fue modificada durante el Imperio.
[5] En la época de Augusto, primer emperador romano, la legislación relativa al matrimonio sufrió cambios.
[5] La penalización consistía en impedir que recibiesen legados o herencias de personas ajenas a su familia.
Las medidas tuvieron poco efecto y el propio ius trium liberorum fue muchas veces atribuido como recompensa para los hombres que no querían tener hijos, como ocurrió en los casos de Marcial, Plinio el Viejo, Plinio el Joven o Suetonio.
[5] Para que un matrimonio fuera válido en la Antigua Roma (en latín, iustae nuptiae), era necesario que se respetaran los siguientes requisitos: edad mínima de catorce años para los hombres y doce años para las mujeres, capacidad jurídica y consentimiento de los respectivos pater familia.
Los extranjeros, los esclavos, los actores y los que se dedicaban a la prostitución tenían prohibido contraer matrimonio, aunque el connubium podía concederse en casos excepcionales.
[11] Casarse cuando aún no se había completado el proceso del desarrollo físico implicó para muchas jóvenes romanas la muerte prematura durante el parto así como otras complicaciones asociadas.
Las mujeres menos acomodadas se casaban a una edad más madura ya que para ellas no era tan fácil obtener la dote.
Los padres podían realizar una promesa matrimonial para sus hijos cuando estos ya tenían siete años de edad.
En una primera época, y como es lógico suponer, este consentimiento era secundario, ya que la autoridad paterna era absoluta; inclusive se podía obligar al hijo a contraer matrimonio.
Pero posteriormente y ya en la época imperial, este fue un requisito indispensable con independencia de la voluntad paterna.
La persona que se casa siendo sui juris, no tiene necesidad del consentimiento de nadie.
No ocurre así con los hijos bajo autoridad paternal, los cuales deben contar con el consentimiento del paterfamilias.
[9] La coemptio sí fue una restauración simbólica de los tiempos remotos en los que los hombres compraban a las mujeres para poder casarse.
Para disolver el matrimonio era necesario que la novia durmiera durante tres noches seguidas fuera de su casa, conocido como trinoctio.
Las viudas a menudo elegían casarse en estos días, ya que el acto de su matrimonio no llamaría tanto la atención.
[15] En la cintura se colocaba un cingulum, un cinturón atado con un nudo especial para esa ocasión, el nodus herculeus, en alusión a Hércules, que según la leyenda había tenido más de setenta niños,[15] el cual debía ser desatado por el esposo la noche de bodas.
La joven era acompañada por tres niños, que tenían a sus padres aún con vida (patrimi e matrimi).
Ese mismo día se celebraba un nuevo banquete (spotia) reservado para los familiares de los recién casados.
En caso de que ninguna persona denunciara algo durante ese período, la mujer no podría ser juzgada.
El marido podría ser arrestado durante veinte horas, con el objetivo de poder llamar a testigos.
En el caso del hombre, se le confiscaba la mitad de sus bienes y el exilio en alguna isla y, obviamente, no sería la misma isla hacia donde había sido enviada la mujer que había practicado el adulterio; también podía ser condenado a trabajos forzados en las minas.
Augusto aplicó las disposiciones de esta ley sobre su propia familia,[20][21] particularmente sobre su hija y su nieta, ambas llamadas Julia.
Inicialmente, solo el hombre podía solicitar el divorcio y únicamente en casos muy específicos como el adulterio o la infertilidad de su esposa.