La codificación francesa tenía cuatro cimientos fundamentales: propiedad privada, libertad de contratación, no hay responsabilidad civil sin culpa y la indisolubilidad del vínculo matrimonial.
Los fundamentos del Derecho Civil se remiten a la persona, familia y patrimonio.
Actualmente rige el Código Civil emitido en 1963 con el Decreto-Ley 106 bajo el gobierno de facto del Coronel Enrique Peralta Azurdia.
En este código el principal avance consistió en la supresión del sistema de penas compuestas para dejarlas fijas a cada delito, sin diversos extremos para el caso de faltar circunstancias atenuantes o agravantes.
Decreto ley 107 (Diario Oficial: Tomo 169, Número 45, Página 401, Publicación 19/12/1936, Recopilación de Leyes: Libro 82, Página 256) La historia del Derecho Procesal Penal: En 1837, el llamado Código de Livingston introdujo el sistema acusatorio, oral y público, a la vez que planteó la existencia de tribunales independientes del poder político.
El gobierno nombró a Manuel Echeverría, Antonio Machado y J. Esteban Aparicio para redactar un código de comercio y en julio de dicho año, la comisión presentó su proyecto.
En 1934, al emitirse el Código de Enjuiciamiento Civil y Mercantil, Decreto 2009 (Diario Oficial: Tomo 11, Número 32, Página 173, Publicado 10/08/1934), queda derogado la ley anterior, separándose de la norma comercial.
Dicho cuerpo legal estuvo en vigencia hasta concluir el año de 1970.
Decreto 2-70 (Diario Oficial: Tomo 188, Número 33, Página 361, Publicado 22/04/1970, Recopilación de Leyes: Libro 89, Página 200), este proyecto fue elaborado por una comisión de la cual formaron parte Edmundo Vásquez, José Luis Paredes Moreira, Carlos Enrique Ponciano, Armando Diéguez, Jorge Skiner Klee, Ernesto Viteri Echeverría y Arturo Yaquián Otero.
Estos sindicatos, sufrían ataques durante presidencia del General Jorge Ubico, de 1,930 a 1944.