Tras escuchar a las partes adjudicó al obispo los diezmos de Huélamo, respecto a los otros lugares -Tormón, El Cuervo, Castielfabib, Ademuz, Vallanca y Santa Cruz de Moya-, y los que se adquiriesen con posterioridad, el cabildo solamente percibirá el tercio de los diezmos, y dos el obispo: ut canonici tertiam partem decimarum pontificalium percipiant integre, et aliae duae partes cedant in usus episcopi memorati....[3]-[4]-[5] A tenor del documento, Villanueva piensa que el arzobispo de Toledo, el obispo de Albarracín y los representantes del cabildo debieron encontrarse en Brihuega, «pues todos firman de su mano esta concordia, que quedó rubricada con los sellos» de cada uno, aunque en la actualidad sólo se conserva el del capítulo Segobricense, en «el qual está grabado en cera roxa, y representa una imagen de nuestra Señora sentada con el Niño en brazos, y alrededor estas palabras: S. Capituli Segorbic., et S Mariae de Albarrazino».
En aquella nueva acometida para la conquista de Valencia se partió de Teruel, donde se habían reunido el rey don Jaime y los magnates:
El mismo año de 1233, el rey de Aragón confirma a los vasallos del Temple todos sus «privilegios, exempciones, libertades y franquezas», estando presente -entre otros- «Don Domingo Obispo Segobricense».
[9] La fecha de la consulta de Albarracín a Toledo sirve para datar el final del pontificado del obispo Domingo, que falleció ese mismo año, toda vez que «en el siguiente ya era Obispo de esta Iglesia D.
[6] Villanueva explica el hecho de que en ausencia del obispo pudiera contestar el cabildo, merced a «la facultad que el Papa Celestino III había concedido el año 1192 al capítulo de Toledo, para que vacando su silla pudiese oír las apelaciones de los sufragáneos».