El Consejo de Cruzada fue un organismo de la administración española existente entre principios del siglo XVI d. C. y mediados del XVIII, en que pasó a denominarse Comisaría General de Cruzada hasta su desaparición en 1851.
[1] Ya desde el siglo XI d. C., distintos papas habían concedido bulas de cruzada a los reyes castellanos, aragoneses y navarros, contribuyendo así a la guerra de Reconquista en la que cristianos y musulmanes estaban enfrentados por el control territorial en la península ibérica,[2] pero el cobro y la administración de los ingresos obtenidos con esta bula había corrido por cuenta de distintos prelados, sin un organismo centralizado que los gestionase.
[3] A diferencia de otros consejos españoles, en el de cruzada su primera personalidad no se titulaba presidente, sino comisario general, «porque no conviene a los eclesiásticos y su perfección usar de nombres que denoten grandeza»,[4] y sus consejeros eran conocidos como asesores.
Análogamente, las Reales Audiencias no tenían jurisdicción sobre los pleitos surgidos en el proceso de su exacción, en los que el consejo conocía privativamente.
Fernando VI decretó la supresión del Consejo de Cruzada en 1750,[9] sustituyéndolo por la Dirección y Contaduría General de las tres Gracias de Cruzada, Subsidio y Excusado, que en 1754 pasó a denominarse Comisaría general de Cruzada.