[2] y mediante el cual, la Generalidad de Cataluña era la institución que regulaba y registraba los símbolos, tales como la bandera o el escudo, de las entidades locales.
[1] Este decreto, mediante su título segundo disponen la capacidad de los entes locales a adoptar un escudo, una bandera y un emblema como símbolos locales y que estos se deben inscribir sus símbolos en el Registro de entidades locales de Cataluña.
La Generalidad de Cataluña, a partir del decreto, comprueba que las normas heráldicas sean respetadas, así como otros datos en los que se fundamentan los símbolos.
También regula el procedimiento aplicable para la adopción, la modificación, el cambio o la rehabilitación de los símbolos.
Entre otros puntos cabe destacar las siguientes regulaciones: El artículo 39 obliga que para adoptar, rehabilitar, modificar o cambiar la bandera, previamente se debe tener oficializado el escudo.
La bandera se podrá utilizar a partir de su oficialización según el artículo 23.
Los entes locales no pueden enarbolar como bandera propia otra bandera que no sea la suya oficial, debidamente inscrita y publicada.
La bandera no puede ser utilizada como fondo de símbolos o siglas de partidos, sindicatos, asociaciones u otras entidades privadas.
En la zona inferior hay 3 ondas horizontales, azul, blanca y verde.
[6] Bandera de proporciones 2:3, bicolor vertical blanca y roja.
Bandera de proporciones 2:3, blanca, con una faja roja, de grueso 1/6 de la altura del paño puesta a 1/4 del borde superior y otra igual verde oscuro a 1/4 del borde inferior.
[18] Bandera de proporciones 2:3, bicolor horizontal, azul y blanca, con el primer tercio vertical negro.
[34] Bandera de proporciones 2:3, tricolor horizontal, verde oscuro, amarillo y blanco.
[37] Bandera de proporciones 2:3, verde, con tres pajas amarillas dispuestas en banda con la cruz de Santa Tecla negra en el ángulo inferior del vuelo.
Bandera de proporciones 2:3, azul oscura, con la muralla con las torres abiertas blanca y las cruces amarillas del escudo, todo el conjunto dispuesto en faja, como en el mismo escudo, con la base de la muralla a 3/12 del borde inferior del paño, y los extremos superiores de las cruces a 1/12 del borde superior[41] Bandera de proporciones 2:3, azul claro, con el cordero pascual blanco reguardante, nimbado de amarillo, llevando una banderola dragante roja cargada de una cruz llena blanca y fijada en una asta amarilla rematada de una cruz también amarilla, todo el conjunto de altura 4/11 de la del paño y anchura 3/11 de la largura del mismo paño y puesto a 2/33 de la asta y a 1/11 del borde superior; y con el almez arrancado amarillo del escudo de altura 4/11 de la del paño y anchura 2/11 de la largura del mismo paño puesto a 2/33 del borde del vuelo y a 1/11 del borde inferior.
[42] Bandera de proporciones 2:3, blanca en la primera mitad horizontal y fajada de verde oscuro, amarillo y púrpura en la segunda.
[52] Bandera de proporciones 2:3, de color azul oscuro en los tercios verticales segundo y tercero, con el castillo abierto amarillo del escudo, de altura 1/3 de la del paño y anchura 2/5 de la largura del mismo paño, en el centro, y con el primer tercio vertical rojo con dos fajas blancas en la mitad superior y nueve escaques amarillos y negros en la inferior.
[56] Bandera de proporciones 2:3, bicolor en barra azul y blanca.
[cita requerida] Bandera de proporciones 2:3, bicolor horizontal roja y blanca.
[72] Bandera de proporciones 2:3, tricolor horizontal, blanca, roja y verde oscuro.
[73] Bandera de proporciones 2:3, tricolor horizontal amarilla, púrpura y blanca.