A su lado aparecen los alcaldes, licenciados elegidos también por el rey que les apoyaban en los pleitos y suplían sus posibles carencias en materia de Derecho.
A finales del siglo XIV el puesto de adelantado se patrimonializa vinculándose a determinadas familias lo que le llevó a configurarse como un cargo honorífico y con beneficios económicos pero ya vacío de contenido mientras los alcaldes siguen manteniéndose en el ejercicio de su cargo de forma vitalicia.
Se proyecta el poder de los monarcas sobre el territorio en León y en Castilla a través del oficio del alcalde mayor del adelantamiento, el cual añade a sus funciones judiciales las de gobierno que habían pertenecido a los adelantados mayores en el pasado.
En tiempos de Felipe II los alcaldes mayores constituían «un freno para los señores».
Las sedes de su tribunal eran itinerantes a elección del alcalde mayor pero a raíz de la visita del licenciado Luján a finales del siglo XVI se establecieron los siguientes lugares de asiento de la audiencia del alcalde mayor del adelantamiento: primero en Arenzana de Abajo o Huércanos, segundo en Tardajos, Santibáñez o Celada del Camino, tercero en Ayllón, cuarto en Grañón o Belorado y quinto Fuentepinilla o Frexno.