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Gobierno de Puerto Rico

El gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico es una forma republicana de gobierno con separación de poderes , sujeto a la jurisdicción y soberanía de los Estados Unidos . [1] [2] El Artículo I de la Constitución de Puerto Rico define el gobierno y su poder y autoridad política. Los poderes del gobierno de Puerto Rico (incluida la existencia de la constitución puertorriqueña [3] ) son todos delegados por el Congreso de los Estados Unidos y carecen de protección total bajo la Constitución de los Estados Unidos . Por esto, el jefe de estado de Puerto Rico es el presidente de los Estados Unidos .

Estructuralmente, el gobierno está compuesto por tres poderes: el ejecutivo , el legislativo y el judicial . El poder ejecutivo está encabezado por el gobernador , actualmente Pedro Pierluisi , quien también es el jefe de gobierno . El poder legislativo consta de una legislatura bicameral , a saber, la Asamblea Legislativa , compuesta por el Senado como cámara alta y por la Cámara de Representantes como cámara baja . El gobernador y los legisladores son elegidos por voto popular cada cuatro años .

El poder judicial está encabezado por la Presidenta del Tribunal Supremo de Puerto Rico , actualmente Maite Oronoz Rodríguez . El sistema legal es una mezcla de los sistemas de derecho civil y derecho consuetudinario . Los miembros del poder judicial son nombrados por el gobernador con el asesoramiento y consentimiento del Senado.

Historia

Puerto Rico fue cedido a los Estados Unidos por España al final de la Guerra Hispanoamericana mediante el Tratado de París de 1898 . La Ley Foraker de 1900 preveía una organización del gobierno civil. La Ley Jones-Shafroth de 1917 reorganizó el gobierno.

El gobierno de los Estados Unidos autorizó a Puerto Rico a redactar su propia constitución mediante la Pub. l.Información sobre herramientas sobre derecho público (Estados Unidos) 81–600, 64  Estad.  319, promulgada el 3 de julio de 1950 . El 4 de junio de 1951, los puertorriqueños votaron a favor de celebrar una convención constitucional en un referéndum y eligieron delegados el 27 de agosto de 1951. [4] [5] La convención adoptó una constitución el 6 de febrero de 1952 y fue ratificada por el electorado de Puerto Rico. en referéndum el 3 de marzo de 1952 . [6]

El gobierno de los Estados Unidos aprobó una versión enmendada por Pub. l.Información sobre herramientas sobre derecho público (Estados Unidos) 82–447, 66  Estatuto.  327, promulgada el 3 de julio de 1952 , y el 10 de julio de 1952, la Convención Constitucional de Puerto Rico volvió a reunirse y aprobó las condiciones establecidas por la Pub. l.Información sobre herramientas sobre derecho público (Estados Unidos) 82–447. El 25 de julio de 1952, el gobernador Luis Muñoz Marín proclamó que la Constitución de Puerto Rico estaba en vigor.

Rama ejecutiva

El poder ejecutivo es responsable de administrar los recursos públicos, así como de brindar todos los servicios públicos necesarios al público puertorriqueño en general. Es, con diferencia, la rama más grande del gobierno y el mayor empleador de Puerto Rico con más de 150.000 trabajadores.

Gobernador

El jefe de gobierno es el Gobernador de Puerto Rico, quien es elegido cada cuatro años en elecciones generales. El puesto es similar en naturaleza, responsabilidad y poder a los de un gobernador de un estado de EE. UU . El cargo de Gobernador tiene la responsabilidad general del estado del Commonwealth, equivalente al estado de la unión en los EE.UU. La residencia oficial del gobernador es La Fortaleza , la mansión ejecutiva más antigua en uso continuo en el hemisferio occidental.

El Gobernador tiene autoridad para nominar jefes de agencias, jueces de primera instancia y de apelaciones , así como jueces de la Corte Suprema y directores de corporaciones públicas, aunque estos deben ser confirmados por el Senado y, en unos pocos casos, también por la Cámara. Al igual que en un estado de EE. UU., el Gobernador tiene autoridad sobre la Guardia Nacional de Puerto Rico.

Aunque Puerto Rico no tiene el cargo de Vicegobernador , las secciones 7 y 8 de la Constitución facultan al Secretario del Departamento de Estado de Puerto Rico para actuar como Gobernador Interino, en caso de que el gobernador esté ausente de Puerto Rico, quede temporalmente incapacitado o no pueda desempeñar su cargo. sus funciones, y como Gobernador por el resto del mandato en caso de producirse una vacante permanente.

teniente gobernador

Puerto Rico no tiene un cargo de vicegobernador pero sí un Secretario de Estado que desempeña un papel similar. El Secretario de Estado es el sucesor del Gobernador y está facultado para actuar como gobernador interino ; la Constitución de Puerto Rico y la ley puertorriqueña establecen una línea de sucesión gubernamental que comienza con el Secretario de Estado .

Gobernador interino

El Artículo IV de la Constitución de Puerto Rico establece que el Secretario de Estado deberá actuar como gobernador interino cuando el Gobernador no esté disponible. La Constitución y la ley puertorriqueña establecen una línea de sucesión gubernamental para casos especiales cuando ni el Gobernador ni el Secretario están disponibles.

Gabinete

El Artículo IV de la Constitución de Puerto Rico establece que el Gobernador será asistido por Secretarios quienes colectivamente constituirán el consejo asesor del Gobernador y serán designados como Consejo de Secretarios aunque mayoritariamente se le conoce como Gabinete .

El Gabinete está compuesto por el Gabinete Constitucional , compuesto por los Secretarios que establece la Constitución, y el Gabinete Operacional , compuesto por los Secretarios establecidos por la ley puertorriqueña extraconstitucional o designados por el Gobernador. Estos Gabinetes no existen como agencias, pero se mencionan como tales en transcripciones, registros, documentos oficiales y conversaciones para mayor brevedad y facilidad.

Todos los miembros del gabinete son nominados por el Gobernador y luego presentados al Senado para su asesoramiento y consentimiento por mayoría simple . Si son aprobados, toman juramento y luego inician sus funciones. Todos los miembros reciben el título de Secretario .

Los miembros del Gabinete sirven a discreción del Gobernador, quien puede destituirlos o volver a nombrarlos (para otros puestos) a voluntad.

Departamentos ejecutivos

Las oficinas principales del Departamento de Estado de Puerto Rico frente a la Plaza de Armas en el Viejo San Juan .

El Gobernador delega la aplicación y administración cotidianas de las leyes a 16 departamentos ejecutivos creados por la Constitución o por ley para ocuparse de áreas específicas del gobierno. Los jefes de departamento, elegidos por el gobernador y aprobados por el Senado (con excepción del Secretario de Estado, que requiere la confirmación del Senado y la Cámara), forman un consejo de asesores conocido generalmente como Gabinete del Gobernador.

La Constitución prevé la creación de al menos 8 departamentos: Departamentos de Estado , Justicia , Educación , Salud , Hacienda , Trabajo , Agricultura , Comercio y Obras Públicas . Sin embargo, debido al aumento de la población, la economía y las necesidades públicas a lo largo de los años, el gobierno de Puerto Rico ha ampliado el poder ejecutivo estableciendo departamentos ejecutivos adicionales no especificados en la Constitución. Estos departamentos adicionales se establecen por ley pública o los llamados "planes de reorganización", aprobados por la asamblea legislativa.

El título de Secretario se otorga a los jefes de los departamentos ejecutivos, cuyo cargo también se crea por ley. Miembro del gabinete es otro título otorgado principalmente por los medios y el público, aunque se considera no oficial. Todos los secretarios a nivel de gabinete son nombrados primero por el Gobernador y confirmados por la asamblea legislativa.

Cada departamento tiene diferentes divisiones , agencias , burós , oficinas y servicios , cada uno con funciones específicas, con el fin de brindar los servicios necesarios al público en general en toda la isla.

Corporaciones de propiedad gubernamental

Puerto Rico también ha establecido varias corporaciones de propiedad gubernamental para brindar servicios públicos básicos a sus ciudadanos, incluidos electricidad, agua, transporte y educación, entre otros. Se trata de entidades jurídicas independientes de la Commonwealth, pero el gobierno posee prácticamente todas las acciones de estas corporaciones . Cada corporación está dirigida por un director ejecutivo que es designado por la Junta Directiva de la corporación . Los directores son nominados por el Gobernador y confirmados por la asamblea legislativa estatal.

Aunque las corporaciones de propiedad estatal están separadas del gobierno de la Commonwealth, que genera sus ingresos y gastos de forma independiente, varias de ellas han enfrentado problemas financieros y han dependido constantemente de los llamados "rescates" de la Commonwealth para compensar pérdidas y déficits recurrentes. y no han podido declararse legalmente en quiebra .

Poder Legislativo

Vista sur del Capitolio de Puerto Rico, sede de la Asamblea Legislativa.

El Artículo III de la Constitución de Puerto Rico otorga todos los poderes legislativos del gobierno estatal a la Asamblea Legislativa de Puerto Rico , la cual se divide en dos cámaras: un Senado de 27 miembros y una Cámara de Representantes de 51 miembros . Las cámaras están presididas por el Presidente del Senado y el Presidente de la Cámara , respectivamente. Ambos cargos son ocupados por un miembro activo de cada órgano, elegido por mayoría de ambas cámaras. Los actuales titulares son el senador Eduardo Bhatia y el diputado Jaime Perelló Borrás , respectivamente.

Los miembros de ambas cámaras son elegidos en elecciones generales que se celebran cada cuatro años, junto con las elecciones para Gobernador y los 78 alcaldes municipales . Cada miembro de la Asamblea Legislativa representa un distrito electoral , con excepción de un número de legisladores que se consideran en general y representan a la isla en su conjunto. Los miembros que representan distritos específicos son elegidos por los ciudadanos que residen dentro del distrito, mientras que los legisladores generales son elegidos por acumulación de todos los votos de la isla.

Cambios constitucionales

En los últimos años se han celebrado dos referendos para proponer cambios constitucionales para modificar sustancialmente la composición de la Asamblea Legislativa.

Varias organizaciones presionaron para cambiar la Asamblea Legislativa del actual sistema bicameral (Cámara y Senado), predominante en 49 de los 50 estados de la nación, a unicameralismo . Las razones de este cambio propuesto se basaron en la creciente opinión pública de que los miembros de la asamblea reciben salarios excesivos y que una asamblea más pequeña podría lograr los mismos resultados de trabajo que una bicameral con menos gasto público. Sin embargo, un informe oficial de 1995 indica que este argumento no debe considerarse el objetivo principal porque los ahorros no son significativos. El gasto legislativo en Puerto Rico, en comparación con el presupuesto gubernamental consolidado, es menos del 1% del gasto gubernamental total. [7]

Al carecer de la mayoría de dos tercios necesaria en ambas cámaras de la Legislatura para presentar enmiendas constitucionales al electorado, en 2004 la entonces mayoría del Partido Popular Democrático aprobó una legislación para celebrar un referéndum , no sobre una enmienda constitucional en particular como tal, sino sobre la general. concepto de cambio de un sistema bicameral a unicameral que se llevó a cabo el 10 de julio de 2005. Con la asistencia de menos del 25% del electorado de las islas, los votantes puertorriqueños aprobaron el cambio a una legislatura unicameral por 456,267 votos a favor, versus 88,720 en contra. . [8] ( La participación electoral fue del 22,6% del electorado.) [9] Casi cuatro años después, el gobernador entrante Luis Fortuño (del Partido Nuevo Progresista o Nuevo Partido del Progreso (PNP) ) descartó la alternativa del unicameralismo alegando que el La plataforma, en lugar de defender el unicameralismo, apoyó la presentación al pueblo de una enmienda constitucional que proponía una reducción sustancial de escaños en la legislatura bicameral existente. [10] [11]

En 2012, el Gobernador Fortuño propuso, y por una mayoría de dos tercios en ambas cámaras, la Legislatura aprobó presentar al pueblo una enmienda constitucional que reducía el tamaño de la Cámara de 51 a 39 escaños y el Senado de 27 a 17 escaños, esencialmente 30 escaños. % de reducción de tamaño. Sin embargo, en un referéndum del 18 de agosto de 2012, la propuesta constitucional fracasó por un margen de 54% a 46%.

Rama Judicial

El poder judicial de Puerto Rico está formado por el Tribunal Supremo de Puerto Rico , el Tribunal de Apelaciones y el Tribunal de Primera Instancia formado por los Tribunales Superiores y los Tribunales Municipales. La Corte Suprema, el máximo tribunal del Estado Libre Asociado, celebra sus sesiones en el distrito Miramar de San Juan .

Gobierno local

Puerto Rico está dividido en 78 municipios, cada uno encabezado por un alcalde. Los municipios también tienen una legislatura municipal, que está a cargo de supervisar las operaciones del alcalde, celebrar reuniones públicas y promulgar resoluciones y ordenanzas municipales. Tanto el alcalde como los legisladores municipales son elegidos en general por los ciudadanos del municipio en elecciones generales que se celebran cada cuatro años. A diferencia de la mayoría de los pueblos, ciudades y estados de los Estados Unidos, Puerto Rico no tiene alguaciles locales o estatales; En cambio, las funciones del sheriff las realiza la Oficina del Mariscal del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Muchos municipios han establecido departamentos de policía municipal, aunque la mayor parte de la actividad policial la lleva a cabo la Policía de Puerto Rico (PPR).

Finanzas gubernamentales

El gobierno central de Puerto Rico, que incluye las tres ramas del gobierno pero excluye corporaciones públicas y municipios, tiene un presupuesto general anual que actualmente oscila entre $8.5 mil millones y $9 mil millones en ingresos y gastos. [12] El gobierno también recibe más de 4.200 millones de dólares anuales en subsidios y ayuda federal de Estados Unidos. [13] Una parte sustancial de esta cantidad está destinada al bienestar público , incluida la financiación de programas educativos (como Head Start ), programas de vivienda subsidiada (como la Sección 8 y proyectos de vivienda pública ) y un sistema de cupones de alimentos llamado Asistencia Nutricional para Programa de Puerto Rico .

Las corporaciones de propiedad gubernamental generan aproximadamente $6.3 mil millones en ingresos generales cobrando a los ciudadanos por los servicios que brindan. La corporación gubernamental más grande, la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico (AEE), genera casi la mitad de esos ingresos ($3 mil millones). Sin embargo, las corporaciones de propiedad estatal generan alrededor de 10.600 millones de dólares en gastos cuando se combinan, lo que requiere subsidios sustanciales por parte del gobierno central. En 2005, el gobierno central proporcionó más de 2.600 millones de dólares en subsidios, mientras que los gastos restantes se financiaron mediante intereses y ganancias de inversiones. [14]

Al considerar las tres ramas del gobierno, incluidas todas las corporaciones y municipios propiedad del gobierno, los gastos anuales del gobierno de Puerto Rico pueden llegar a más de $28 mil millones. [15]

Ingresos del gobierno central

La principal fuente de ingresos del gobierno central es el impuesto sobre la renta impuesto a ciudadanos individuales y empresas privadas, que puede ascender a aproximadamente 5.500 millones de dólares. [12] Otras fuentes importantes de ingresos incluyen impuestos especiales sobre las importaciones, cigarrillos, licores, habitaciones de hotel, cemento y vehículos (2 mil millones de dólares); [12] y loterías (870 millones de dólares). [dieciséis]

Impuesto sobre ventas y uso

El 15 de noviembre de 2006, el gobierno eliminó el impuesto especial del 6,6% sobre las importaciones (los impuestos sobre los cigarrillos, las bebidas alcohólicas y los automóviles todavía están vigentes) y lo sustituyó por un impuesto sobre las ventas y el uso del 5,5% en toda la isla , más un impuesto municipal sobre las ventas de 1.5%, para un total de 7%, en lo que se ha conocido como la Reforma Contributiva de Puerto Rico. [17] Este cambio se debió en parte a los crecientes gastos y déficits fiscales del gobierno que permanecieron sin control ni corrección durante varios años, hasta que varias agencias de crédito advirtieron a los funcionarios públicos que todos los bonos de obligación general emitidos por el gobierno serían degradados si el problema se solucionaba. no corregido. [18]

La situación alcanzó un punto de inflexión cuando la rama ejecutiva del gobierno fue parcialmente cerrada, lo que ahora se conoce como la crisis presupuestaria de Puerto Rico de 2006 . Se cerraron treinta y tres (33) agencias y 95,762 empleados fueron enviados a casa sin paga. Tras disputas públicas entre los dos principales partidos políticos, el 10 de mayo de 2006 se aprobó el nuevo impuesto sobre las ventas a favor del impuesto especial sobre las importaciones, poniendo fin a la crisis presupuestaria. [18]

Gastos del gobierno central

Los mayores tipos de gastos realizados por el gobierno son los relacionados con la educación. Sólo en 2005, el gobierno gastó más de $5 mil millones en educación pública y programas relacionados con la educación, lo que representa aprox. 28% del gasto gubernamental total (excluidas las corporaciones públicas). [19] Otros gastos importantes incluyen vivienda pública y bienestar social ($3.4 mil millones o 19%), seguridad pública ($2.5 mil millones o 14%) y salud pública ($2.3 mil millones o 13%). [19]

La deuda pública

En mayo de 2007, economistas locales expresaron serias preocupaciones cuando se reveló que la deuda pública de Puerto Rico equivalía al 76% de su producto nacional bruto (PNB), convirtiéndolo en uno de los países más endeudados porcentualmente del mundo, incluso más que el Estados Unidos. [20] [ necesita actualización ] Los economistas han criticado la política fiscal del gobierno, cuyo nivel de gastos y endeudamiento ha aumentado significativamente en la última década mientras la economía crecía a un ritmo mucho más lento. Sólo entre 2000 y 2006, el PNB de Puerto Rico aumentó un 5,37%, mientras que la relación de su deuda pública con el PNB aumentó un 18%. [20] En comparación, muchos otros países latinoamericanos han visto reducciones en sus porcentajes de PNB-deuda pública durante ese mismo período. [20]

A principios de 2017, la crisis de la deuda pública de Puerto Rico planteó serios problemas para el gobierno, que tenía una deuda pendiente de bonos que había ascendido a 70 mil millones de dólares o 12 000 dólares per cápita [21] en un momento con una tasa de pobreza del 45 por ciento y un desempleo del 12,4 por ciento. eso es más del doble del promedio de los Estados Unidos continentales. [22] [21] La deuda había ido aumentando durante una recesión de una década de duración. [23]

El Commonwealth había estado incumpliendo el pago de muchas deudas, incluidos bonos, desde 2015. Al vencer los pagos de la deuda, el Gobernador enfrentaba el riesgo de un cierre del gobierno y de no financiar el sistema de atención médica administrada. [24] [25] "Si no se toman medidas antes de abril, la capacidad de Puerto Rico para ejecutar contratos para el año fiscal 2018 con sus organizaciones de atención administrada se verá amenazada, poniendo así en riesgo a partir del 1 de julio de 2017 la atención médica de hasta 900,000 ciudadanos estadounidenses pobres. viviendo en Puerto Rico", según una carta enviada al Congreso por el Secretario de Hacienda y el Secretario de Salud y Servicios Humanos. También dijeron que "el Congreso debe promulgar medidas recomendadas tanto por republicanos como por demócratas que arreglen la inequitativa estructura de financiamiento de la atención médica de Puerto Rico y promuevan un crecimiento económico sostenido". [25]

Inicialmente, la junta de supervisión creada bajo PROMESA pidió al gobernador de Puerto Rico, Ricardo Rosselló , que entregara un plan de recuperación fiscal antes del 28 de enero. Justo antes de esa fecha límite, la junta de control le dio al gobierno del Estado Libre Asociado hasta el 28 de febrero para presentar un plan fiscal (incluidas negociaciones con los acreedores). para reestructurar la deuda) para resolver los problemas. Una moratoria sobre las demandas de los deudores se extendió hasta el 31 de mayo. [26] Es esencial que Puerto Rico llegue a acuerdos de reestructuración para evitar un proceso similar a una quiebra bajo PROMESA . [27]

La estadidad podría ser útil como medio para hacer frente a la crisis financiera, ya que permitiría la quiebra y la protección correspondiente. En el referéndum sobre el estatus de Puerto Rico de 2020 , la mayoría de los votantes aprobaron que Puerto Rico se convirtiera en estado. [28] Sin embargo, el referéndum no fue vinculante y ha habido poca acción federal desde el referéndum.

Según el Banco Gubernamental de Desarrollo, la estadidad podría ser la única solución a la crisis de la deuda. El Congreso tiene el poder de votar para permitir la protección del Capítulo 9 sin la necesidad de la estadidad, pero a finales de 2015 había muy poco apoyo en la Cámara para este concepto. Otros beneficios de la estadidad incluyen mayores beneficios por discapacidad y financiación de Medicaid, el derecho a votar en las elecciones presidenciales y un salario mínimo (federal) más alto. [29]

Ver también

Referencias

  1. ^ Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Artículo I, Sección 2 Archivado el 29 de diciembre de 2009 en la Wayback Machine.
  2. ^ "Dependencias y Zonas de Especial Soberanía".
  3. ^ Pub estadounidense . l.Información sobre herramientas sobre derecho público (Estados Unidos) 82–447
  4. ^ Lewis, Gordon K (febrero de 1953). "Puerto Rico: una nueva constitución en el gobierno americano". La Revista de Política . 15 (1): 42–66. doi :10.2307/2126192. JSTOR  2126192. S2CID  154340486.
  5. ^ Lewis 1953, pág. 43.
  6. ^ Lewis 1953, págs. 43–44.
  7. ^ "Informar" [Informe] (PDF) . Archivado desde el original (PDF) el 24 de enero de 2009 . Consultado el 20 de enero de 2010 .
  8. ^ María Vera. "Trabajan borrador unicameralidad". El Vocero . Archivado desde el original el 27 de septiembre de 2007 . Consultado el 2 de octubre de 2006 .
  9. ^ "La Participación Ciudadana en los Procesos Electorales en Puerto Rico" (PDF) . Oficina de Asuntos Legales . Comisión Estatal de Elecciones de Puerto Rico (CEEPUR) / Comisión Estatal Electoral. Archivado desde el original (PDF) el 4 de octubre de 2006 . Consultado el 2 de octubre de 2006 .(vía "Comisión Estatal de Elecciones". Archivado desde el original el 6 de diciembre de 2004. Consultado el 17 de marzo de 2007 .)
  10. ^ Derrotada otra vez la unicamara Archivado el 15 de abril de 2012 en Wayback Machine en WAPA-TV (22 de enero de 2009)
  11. ^ Dan vuelta a la página en Primera Hora ; Díaz Alcaide, Maritza (22 de enero de 2009)
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  13. ^ Informe Financiero Anual Integral 2005 del Estado Libre Asociado de Puerto Rico correspondiente al año fiscal finalizado el 30 de junio de 2005; pág. 24; Declaración de Actividades; Subvenciones y contribuciones operativas y de capital (columnas)
  14. ^ Informe Financiero Anual Integral 2005 del Estado Libre Asociado de Puerto Rico correspondiente al año fiscal finalizado el 30 de junio de 2005; pág. 38; Declaración de actividades combinada: unidades componentes principales
  15. ^ Informe Financiero Anual Integral 2005 del Estado Libre Asociado de Puerto Rico correspondiente al año fiscal finalizado el 30 de junio de 2005; pág. 24; Declaración de Actividades; Gastos del gobierno primario y de las unidades componentes (columna)
  16. ^ Informe Financiero Anual Integral 2005 del Estado Libre Asociado de Puerto Rico correspondiente al año fiscal finalizado el 30 de junio de 2005; pág. 32; Estado de Ingresos, Gastos y Variaciones del Activo Neto-Fondos Propios
  17. Miguel Díaz Román (15 de noviembre de 2006). "Incierto el impacto del nuevo tributo". El Nuevo Día (en español) . Consultado el 15 de noviembre de 2006 .
  18. ^ ab Rodríguez, Magdalys. "No hubo acuerdo y el gobierno amaneció cerrado". El Nuevo Día (en español) . Consultado el 1 de mayo de 2006 .[ enlace muerto ]
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  20. ^ abc Debe Puerto Rico 76 centavos de cada dólar por Joanisabel González, El Nuevo Día , 5 de mayo de 2007, consultado el 5 de mayo de 2007 (español)
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  28. ^ "Plebiscito Resulatados Isal" [Resultados del Plebiscito Insular]. Comisión Estatal de Elecciones [ Comisión Estatal de Elecciones de Puerto Rico ] (en español). Archivado desde el original el 2021-02-02 . Consultado el 31 de diciembre de 2020 .
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enlaces externos